Endoso en Propiedad
Transmisión del título de crédito y de todos los derechos a él inherentes; no obliga solidariamente al endosante, sino en los casos en que la ley establece la solidaridad. Si se establece ésta, el endosante puede librarse de ella mediante la cláusula sin mi responsabilidad o alguna otra equivalente. Endoso es el medio por el cual el titular de un crédito materializado por un pagaré transfiere la provisión a su propio acreedor. La palabra proviene del hecho de que la transferencia del crédito se efectúa mediante la mera estampación de la firma del cedente en el reverso del instrumento.