Tráfico de Mano de Obra
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Noción de Tráfico de Mano de Obra
En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido [1], respecto de tráfico de mano de obra, la siguiente definición: Término utilizado para referirse a la práctica de suministrar o prestar trabajadores y, en general, actuar como intermediario en el contrato de trabajo fuera de los cauces legales o con fines fraudulentos; se da con alguna frecuencia en operaciones de emigración o en el empleo de trabajadores extranjeros, y es causa y origen en muchos casos de trabajo negro. Es práctica prohibida por la legislación laboral (art. 43 ET), sancionable por vía administrativa y penal.
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Notas y Referencias
- Concepto sobre tráfico de mano de obra originariamente publicado por la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas y S&M, Ltd,; adaptado luego por Antonio Martín V. et al. para FEMCVT, Irlanda
Véase También
- Cesión de trabajadores
- Delitos laborales
- Infracciones laborales
- Prestamismo
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