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Tratado de Guadalupe Hidalgo

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Tratado de Guadalupe Hidalgo

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A continuación se examinará el significado.

¿Cómo se define? Concepto y Caracteres de Tratado de Guadalupe Hidalgo

Definición y descripción de Tratado de Guadalupe Hidalgo ofrecido por el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México: (escrito por Francisco Arturo Schroeder Cordero) Antecedentes históricos. El general Anastasio Bustamante gobernó el país de abril de 1837 a septiembre de 1841, salvo breves interinatos de Santa Anna y Bravo; durante su gestión ocurrió la llamada Guerra de los Pasteles, con Francia, que con una escuadra de diez buques en Veracruz, exigió absurda e injustamente y por ultimátum del 23 de marzo de 1838, exageradas cantidades de dinero, por supuestos daños sufridos por sus ciudadanos, con motivo de los acontecimientos armados que ocurrían en el país; una de las reclamaciones procedía de un panadero que dijo haber sido víctima de un robo de pasteles por $6,000.00, por lo cual en forma tragicómica se llamó así a tal agresión (véase qué es, su definición, o concepto jurídico), que terminó con la ocupación del Puerto de Veracruz y un tratado de fecha 9 de marzo de 1839, firmado por Manuel Eduardo Gorostiza, Guadalupe Victoria y Carlos Baudín, por el cual México se vio obligado a pagar $600,000.00 que no debía.

El príncipe de Joinville, hijo del rey Luis Felipe, atacó las defensas y penetró en el puerto jarocho, en tanto que en el muelle el general Santa Anna repelió a otros franceses y fue cuando le hirieron la pierna izquierda que perdió; posteriormente dicho miembro fue objeto de absurdo homenaje y luctuosa cuanto ridícula ceremonia en el Panteón de Santa Paula, ciudad de México el 27 de septiembre de 1842, pero después, el 6 de diciembre de 1844, el pueblo “derribó el monumento y arrastró por las calles la pata del héroe de Tampico”. El general Mariano Paredes Arrillaga se levantó en Guadalajara contra el presidente conservador Bustamante, el 8 de agosto de 1841, e inmediatamente fue secundado por los generales Valencia en Perote y Santa Anna en México, quien formuló el Plan o Bases de Tacubaya el 28 de septiembre siguiente, habiéndose firmado y ratificado en consecuencia los Convenios de la Presa de la Estanzuela el 6 de octubre, por lo cual Bustamante partió para La Habana y Santa Anna fue designado presidente por la junta de representantes, el 10 del mismo mes, en lugar de Javier Echeverría que por unos días sustituyó a Bustamante. Santa Anna alternando la primera magistratura del país con Nicolás Bravo y con Valentín Canalizo después de su teatral Plan de Huejotzingo (11 de diciembre de 1842) fraguó la Constitución política de corte centralista llamada “Las Bases Orgánicas”, expedida por una junta nacional legislativa el 12 de junio de 1843, que el propio dictador sancionó y promulgó el mismo día; pero más tarde, y como expresa Felipe Tena Ramírez, “El primero de enero de 1844 se instaló el Congreso General, de conformidad con las Bases Orgánicas, pero fue disuelto poco después por el Gobierno Santannista para quien todas las Constituciones resultaban estrechas”.

Más sobre el Significado de Tratado de Guadalupe Hidalgo

Mientras tanto, el 15 de diciembre de 1843, y gracias a los buenos oficios de Andrés Quintana Roo y al convenio celebrado por el general Pedro Ampudia, el estado de Yucatán, que por serias razones había declarado su independencia de México, el 1° de octubre de 1841 volvió a reincorporarse a la República, pero se declaró neutral durante la guerra con los Estados Unidos en marzo de 1846; recuérdese que dicha península fue teatro de la cruenta Guerra de Castas a partir de 1847.Entre las Líneas En junio de 1844, Santa Anna vuelve a tomar posesión como presidente constitucional, cargo que según acostumbraba lo alterna esta vez con los generales José Joaquín Herrera y Valentín Canalizo; Herrera, después del pronunciamiento del general Mariano Paredes Arrillaga en Guadalajara el 1° de noviembre de 1844, y de que las cámaras desconocen al Ejecutivo, quedó designado por éstas como presidente interino y después constitucional, por el voto de las asambleas departamentales, en agosto de 1845, cesando en su cargo a fines de diciembre por el cuartelazo de la guarnición, al que se unió Paredes Arrillaga que ya se había insurreccionado en San Luis Potosí el día 14 del mismo mes, con las tropas que tan difícilmente le había reunido y confiado Herrera para ir a combatir al enemigo extranjero en el norte.

Paredes Arrillaga protestó como presidente interino el 4 de enero de 1846 y fue después reelegido el 12 de junio siguiente por el congreso extraordinario, hasta el 28 de julio que obtuvo licencia para tomar el mando del ejército contra Gómez Farías y Yáñez sublevados en Guadalajara, entrando como sustituto el vicepresidente general Nicolás Bravo, hasta el 4 de agosto en que fue derrocado por la Rebelión de la Ciudadela, que encabezó el general Mariano Salas, quien autoritariamente gobernó el 5 del propio mes de agosto al 23 de diciembre, en que el Congreso designó otra vez presidente interino a Santa Anna y como vicepresidente a Gómez Farías, el cual tomó posesión en ausencia del primero y gobernó hasta el 21 de marzo de 1847, en que juró la presidencia López de Santa Anna, quien salió con licencia el 2 de abril siguiente, quedando como sustituto el general Pedro María Anaya, hasta el 20 de mayo en que vuelve otra vez Santa Anna a tomarla y quien después del desastre y completa derrota sufrida ante los norteamericanos, renunció a la primera magistratura el 16 de septiembre siguiente, por lo que con este motivo se encargó de ella Manuel de la Peña y Peña, ya que era presidente de la Suprema Corte de Justicia y por la presencia del invasor trasladó el poder a la ciudad de Querétaro; rigió hasta el 13 de noviembre en que fue designado interino el general Anaya quien gobernó hasta el 8 de enero de 1848, fecha en que nuevamente se hizo cargo de la presidencia, por ministerio de la ley, Manuel de la Peña y Peña, el cual ejerció su alta investidura hasta el 3 de junio del mismo año, día en que tomó posesión el general José Joaquín Herrera, que fue declarado presidente constitucional por el Congreso y cumplió su mandato hasta el 15 de enero de 1851, en que protestó el general Mariano Arista, por haber resultado electo. El presidente Herrera volvió a trasladar los poderes de la Unión al D.F., primero a Mixcoac, el 8 de junio, y cuatro días después al no haber ya fuerzas enemigas, al centro de la capital.

▷ En este Día de 15 Mayo (1961): Golpe Militar en Corea del Sur
En un día como hoy de 1961, los militares toman el poder en Corea del Sur y derrocan la Segunda República. El general Park Chung-Hee se hace cargo de la maquinaria gubernamental, disuelve la Asamblea Nacional e impone una estricta prohibición de la actividad política. También en un día como hoy, en 1770, María Antonieta se casa con el futuro rey Luis XVI de Francia. Sería la última reina de Francia antes de la Revolución Francesa. (Imagen de wikimedia)

Desarrollo

Expresa Luis Pérez Verdía que: “como lo llegó a prever el Conde de Aranda, los Estados Unidos habían tratado de extender sus dominios, a cuyo efecto adquirieron poco a poco por diversos títulos La Luisiana (1803), Las Floridas (1812 y 1819), y El Oregón (1846) y aún no satisfechos trataron de ocupar Tejas (sic). Ofreció el Ministro Poinsset comprar al Gobierno aquel Estado en 1825 y en 1827; y aunque volvió a ofrecerse un nuevo arreglo, lo rechazó México, de suerte que entonces aquella Gran Nación adoptó otra vía, que siendo menos directa era sin embargo mucho más infame”. La República de Texas se proclamó como tal el 2 de marzo de 1836, con Sam Houston como presidente y Lorenzo de Zavala como vicepresidente. siendo reconocida por los Estados Unidos y posteriormente, habiendo hecho solicitud de anexión a este país en abril de 1844, fue admitida en la Unión Americana el 1° de marzo de 1845, bajo la presidencia de John Tyler.

Por cuanto a su extensión territorial, Texas había señalado como su límite por el sur Río Grande, cuando lo fue siempre el Río Nueces, y fuerzas norteamericanas al mando del general Gaines, habían ya ocupado, en tiempo de paz, la población de Nacogdoches al oriente del Río Sabinas, frontera con el actual estado de Lousiana, y como México se negó justamente a reconocer la independencia de Texas, el acto de su anexión a los Estados Unidos provocó la obligada ruptura de relaciones el 28 de marzo de 1845. Al año siguiente comenzó las hostilidades el general Zacarías Taylor, el 4 de marzo de 1846, “arrojando a los mexicanos de la ribera oriental del Bravo y bloqueando la ciudad de Matamoros”, por lo que el general Mariano Arista contestó la agresión mediante las acciones de Palo Alto y Resaca de Guerrero (8 y 9 de mayo siguientes); perdiendo ambas y replegándose a Matamoros que también abandonó el día 16, dejando municiones, artillería y 400 heridos, Retirándose a Monterrey, donde fue sustituido por el general Ampudia. El presidente de los Estados Unidos James Knox Polk declaró formalmente la guerra a México, el 13 de dicho mes de mayo, en tanto que como indican Wigberto Jiménez Moreno y José Miranda, “nosotros deseábamos tan poco la guerra que hicimos la declaración dos meses más tarde, el 7 de julio (1846)”.

Más Detalles

Al tiempo que los norteamericanos bloqueaban Veracruz, ocuparon el puerto de Tampico, ya que Santa Anna “ordenó al Gral. Parrodi que lo abandonara para replegarse a Tula”; por su parte, el ejército de Taylor avanzó de Monterrey, donde Ampudia había capitulado honerosamente (25 de septiembre), a Saltillo que también ocupó y de ahí ligeramente hacia el sur, en un lomerío de la Hacienda de Agua Nueva, llamado la Angostura, donde Taylor se parapetó, con fuerzas inferiores en número a las mexicanas (aproximadamente un tercio de éstas), que desde su llegada comenzaron a combatir con buen éxito y así continuaron (22 y 23 de febrero de 1847), batiendo sucesivamente al enemigo, a pesar de la fatiga extrema, el hambre y la sed con que peleaban, pero inexplicablemente Santa Anna, que tenía la victoria por delante, en vez de atacar nuevamente dio la orden de retirada, perdiéndose así dicha acción de armas.

Otros Elementos

Por otro lado, el 27 de diciembre de 1846 el coronel Domiphan llegó a Paso del Norte y cayó sobra el estado de Chihuahua, ocupando su capital el 1° de marzo de 1847; Kearnay hizo lo propio en Santa Fe, Nuevo México (agosto de 1846), y el coronel John C. Fremont se internó en California, declarándola ya como parte de la Unión y ocupó San Francisco el 9 de julio de 1846, auxiliado por la escuadra al mando del comodoro Sloat, según dice Luis Pérez Verdía.

Mientras esto acontecía, en la capital de la República y después del Golpe de la Ciudadela, el general José Mariano Salas, por decreto del 22 de agosto de 1846, restableció la Constitución Federalista de 1824, en tanto se promulgaba una nueva Constitución y como vía de salida al problema suscitado por el monarquista Paredes Arrillaga, que incluso en días trágicos para el país andaba en conciliábulos con elementos españoles para imponer al infante don Enrique en México. Algunos meses después, en la misma capital mexicana, Gómez Farías pretendió incautarse los bienes del clero, so pretexto de exigir su contribución a la causa de la defensa nacional, por lo cual el 17 de febrero de 1847, se sublevaron contra él los batallones de guardia nacional integrados mayoritariamente por jóvenes que recibían el mote de “polkos”, pues bailaban la Polka, danza de moda entonces, y en vez de salir rumbo a Veracruz para combatir al enemigo que al mando del general Winfield Scott había desembarcado en el puerto y avanzaba para México, se lanzaron a gritar contra el vicepresidente y su partido, los liberales radicales o puros como les decían; fueron estos mismos batallones que después se cubrieron de gloria en las acciones de Churubusco y Molino del Rey.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2024 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Más Detalles

Los días 17 y 18 de abril los generales Scott y Twiggs atacaron el cerro del Telégrafo o Cerro Gordo, cerca de Jalapa, Veracruz, defendido por el general Ciriaco Vázquez, que valientemente murió en combate, pero se perdió la batalla, pues Santa Anna, desoyendo las advertencias de sus ingenieros escogió mal el lugar y además no fortificó las posiciones que le indicaban. La ciudad de Puebla cayó fácilmente ocupándola el general William J. Worth el 15 de mayo y ahí se concentraron y aprestaron los norteamericanos para preparar su ataque a la capital mexicana. Encontrándose el enemigo a 135 kms. de la capital, en ésta sesionaba el Congreso Extraordinario Constituyente, para expedir el Acta Constitutiva de Reformas del 18 de mayo de 1847, promulgada por Santa Anna el día 21 siguiente. Dicha Acta de Reformas con algunas modificaciones fue obra de Mariano Otero.Entre las Líneas En agosto llegó a México Nicolás Trist, como enviado especial del Departamento de Estado norteamericano, para gestionar la paz, y siendo primero antagónico al general Scott encontraron pronto la manera de dirimir sus diferencias personales en bien de su mutuo cometido. José María Roa Bárcena refiere los posibles arreglos que, según el historiador estadounidense Ripley, tuvieron los citados personajes norteamericanos con agentes privados de Santa Anna, vergonzosos desde cualquier punto para ambas partes, pero que solo quedan en conjetura.

En el mismo mes de agosto llega el ejército invasor al Valle de México y se planea bien su defensa, pero ya en los combates de las lomas de Padierna, punto clave, defendidas por el general Gabriel Valencia, al principio con buenas perspectivas (día 19), Santa Anna que presenciaba las operaciones no auxilió con sus fuerzas a las que peleaban y por la noche mandó decir a Valencia que abandonara sus posiciones, desobedeciéndole éste, por lo que al día siguiente, ya reforzado el enemigo acometió a Valencia, sufriendo éste la derrota. Esa misma fecha el 20 de agosto, exalta la página de la defensa del Puente y Convento de Churubusco, donde el general Pedro María Anaya, prisionero de Twiggs, al preguntarle éste dónde estaban las municiones, le contestó: “si hubiera parque no estaría usted aquí”. Después de estas acciones se celebró un corto armisticio, en el cual los norteamericanos insistieron en la cesión de los codiciados estados de la Alta California, Nuevo México, Texas, etcétera, y al negarse el gobierno mexicano se reanudaron las hostilidades el 6 de septiembre, sucediendo las batallas de Casa Mata y Molino del Rey, Chapultepec (el día 8), lugares defendidos por el general Antonio León y los coroneles Lucas Balderas y Gregorio Vicente Gelati, quienes murieron durante los combates, mientras el general Juan Alvarez fuerte con la caballería y a la vista de lo que acontecía no movió un jinete en su auxilio, triunfando así las fuerzas de Worth.

Además

Por fin, el 13 de septiembre siguiente Scott atacó el Castillo de Chapultepec, donde se encontraba el Colegio Militar, mandando la fortaleza, si así pudiera llamársele, Nicolás Bravo, quien con muy escasas tropas y los alumnos aún adolescentes defendió el sitio, habiendo sido heroica la conducta de éstos, sucumbiendo el teniente Juan de la Barrera y los cadetes Francisco Márquez, Fernando Montes de Oca, Agustín Melgar, Juan Escutia y Vicente Suárez, entre los heridos estaba Miguel Miramón, alumno del plantel. Epica fue también la acción del batallón activo de San Blas, que con su jefe, el coronel Santiago Xicontecatl, se sacrificó en la ladera del cerro, tratando de detener la gruesa columna de Pillow. Allanado este bastión, las fuerzas invasoras liquidaron las defensas de las garitas de Belén, San Cosme, la Tlaxpana, etcétera, penetrando en la ciudad de México el día 14, en que ondeó en Palacio Nacional la bandera de las barras y estrellas. Santa Anna abandonó la capital a su suerte dirigiéndose hacia Tlaxcala, con suficientes fuerzas efectivas aún, las cuales nunca empleó para auxiliar (secundario, subordinado)
los puntos atacados. Renunció a la presidencia el día 16 y salió del país; al encontrarse acéfala la primera magistratura en tales circunstancias y conforme al artículo 97 de la Constitución de 1824, asumió ésta el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Manuel de la Peña y Peña. De esta suerte, en medio de bastardas ambiciones, no pocas traiciones, inmensas penurias y desconcierto, por un lado e innumerables actos de verdadera abnegación, fidelidad a la Patria y heroísmo por otro, se llegó a la penosa necesidad de celebrar los tratos de paz con el invasor.

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Desarrollo y explicación del concepto

1) Tratado de paz, amistad, límites y arreglo definitivo, celebrado entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América, en la ciudad de Guadalupe Hidalgo, el día 2 de febrero de 1848; firmado por los Plenipotenciarios Bernardo Couto, Miguel Atristain y Luis G. Cuevas por México, y Nicolás P. Trist por los Estados Unidos.Entre las Líneas En la misma fecha y por los mismos plenipotenciarios se firmó un artículo adicional y secreto. Fue sancionado por el Senado Norteamericano, previas algunas modificaciones y supresiones, así como ratificado por el presidente Polk, en Washington, el 16 de marzo de 1848. El Congreso General mexicano aprobó dicho Tratado y modificaciones, por lo cual el presidente Manuel de la Peña y Peña lo ratificó el 30 de mayo de 1848, en la ciudad de Querétaro, conforme al artículo 110, fracción XIV, de la Constitución de 1824. El protocolo de las conferencias previas a la ratificación y canje del tratado, se celebró en Querétaro, el 26 de mayo de 1848, entre Luis de la Rosa, secretario de Relaciones mexicano y los comisionados plenipotenciarios norteamericanos, señores Nathan Clifford y Ambrosio H. Sevier.

2) Dicho tratado consta de 23 artículos, entre los puntos sobresalientes del mismo se advierten: artículo V: establece la línea divisoria entre las dos repúblicas, comenzando en el Golfo de México, tres leguas fuera de tierras frente a la desembocadura del Río Grande o Río Bravo del Norte y corriendo por mitad de dicho río, hasta el punto que corta el lindero meridional de Nuevo México y demás señalamientos que demarcaban los límites antes del Tratado de la Mesilla y que en dicho artículo se especifican. El artículo VI establece que los buques y ciudadanos de los Estados Unidos “tendrán en todo tiempo un libre y no interrumpido tránsito por el Golfo de California y por el Río Colorado, desde su confluencia con el Gila, para sus posesiones sitas al norte de la línea divisoria” etcétera; los artículos VIII, IX y X, se refieren a los derechos ciudadanos, propiedades y concesiones de tierras de los mexicanos que residían en territorios que por el tratado pasaron a ser ya parte de los Estados Unidos; el artículo XI se refiere a la protección que el gobierno de los Estados Unidos quedó obligado a dar, para impedir las incursiones de tribus salvos a territorio mexicano, y otras importantes consideraciones al respecto.

Más Detalles

El artículo XII estipula la compensación de quince millones de pesos por los territorios mexicanos que adquirieron con dicho tratado los Estados Unidos, y las dos maneras de pagarlos, a elección del gobierno mexicano; el artículo XIII indica que el gobierno norteamericano tomaba la responsabilidad de satisfacer a los reclamantes de la República Mexicana, adeudos ya sentenciados conforme a los convenios ajustados entre ambas naciones con fechas 11 de abril de 1839 y 30 de enero de 1843, y el artículo XIV señalaba que los Estados Unidos exoneraban a la República Mexicana de toda reclamación de sus ciudadanos no decidida aún contra el gobierno de México y que pudo originarse antes de la fecha del tratado.

Detalles

Los artículos XXI y XXII se refieren a que en caso de una nueva guerra entre los dos países, se deberán cumplir ciertas estipulaciones que en ellos se detallen. El artículo XXIII precisa que las ratificaciones se debían canjear en la ciudad de Washington, dentro de los cuatro meses de la firma del tratado.

Por último, el artículo adicional y secreto dice que si las ratificaciones se demorasen más del tiempo convenido en el artículo XXIII del tratado, ello no afectaría la fuerza del mismo ni lo invalidaría, caso de que no excediera de ocho meses desde la fecha de su firma. Las modificaciones hechas por el Senado norteamericano se refirieron: a una mera adición en el artículo III; más importante la del artículo IX que lo suprimió y sustituyó por otro, para dejar constancia en el sentido de que los mexicanos que “no conserven el carácter de ciudadanos de la República Mexicana, según lo estipulado en el artículo precedente, serán incorporados en la Unión de los Estados Unidos….”; se suprimió el artículo X del Tratado; también fue suprimida una frase del artículo XI de consecuencias en relación a las actividades belicosas de los indios asentados en la región colindante; se suprimió del artículo XII la primera manera de pago propuesta, así como la obligación de extender pagarés del gobierno norteamericano, en favor del de México por el saldo (véase una definición en el diccionario y más detalles, en esta plataforma, sobre saldo) insoluto, después del pago de tres millones de pesos a la ratificación del tratado; la última es una ligera adición que se refiere al artículo XXIII. De esta manera la República Mexicana perdió los inmensos y muy ricos territorios de la Alta California y de Santa Fe de Nuevo México, la mayor extensión del entonces estado de Sonora y Sinaloa, y Texas, o sea una extensión aproximada de casi dos millones 264 mil kilómetros cuadrados, a lo que hubo que agregar cinco años después otros cien mil kilómetros cuadrados, por la operación conocida como Venta de la Mesilla

Recursos

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Véase También

  • Relaciones Estados Unidos-México
  • Guardia Nacional
  • Tratado Mon-Almonte
  • Tratado de la Mesilla
  • Tratados Internacionales
  • Tratados
  • Tratados de Paz
  • México
  • Estados Unidos
  • Revisión de los Tratados
  • Firma de Tratados Internacionales
  • Ratificación de Tratados Internacionales
  • Publicidad de los Tratados
  • Historia de los Tratados Internacionales
  • Categorías de Tratados
  • Denuncia de Tratados
  • Interpretación de Tratados
  • Efectos de los Tratados Internacionales
  • Gobierno Presidencialista
  • Gobierno Federal

Bibliografía

Miranda, José y otros, Historia de México; 4a edición, México, E.C.L.A.L.S.A. Porrúa Hermanos, l969; Pérez Verdía, Luis, Compendio de la historia de México; 7ª edición, Guadalajara, Jalisco, Librería y Casa Editorial Font, 1935; Roa Bárcena, José María, Recuerdos de la invasión norteamericana, 1846-1848, México, Porrúa, 1947, tomo II y III; Tena Ramírez, Felipe, Leyes fundamentales de México, 1808- 1975; 6ª edición, México, Porrúa, 1975; Tena Ramírez, Felipe, Derecho constitucional mexicano, México, Porrúa, 1944.

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