Unidades Sanitarias
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Unidades Sanitarias
Unidades Sanitarias en Derecho Militar
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La expresión designa los establecimientos y demás formaciones, militares o civiles, organizados con fines sanitarios, a saber: la búsqueda, la recogida, el transporte, el diagnóstico o tratamiento (incluidos los primeros auxilios) de los heridos, enfermos o náufragos, así como la prevención de las enfermedades.
Más Información
Las unidades sanitarias comprenden, entre otros, los hospitales y otras unidades similares, los centros de transfusión de sangre, los centros e institutos de medicina preventiva y los depósitos de material sanitario, así como los almacenes de material sanitario y de productos farmacéuticos de esas unidades.
Más Información
Las unidades sanitarias pueden ser fijas o móviles, permanentes o temporales. (Cf. G I, arts. 19-23, 33, 35, 42; GP I, arts. 8, 12-14) Véase también: Servicio sanitario.
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Notas
- Información sobre Unidades Sanitarias procedente del Diccionario de Derecho Internacional de los Conflictos Armados.
Bibliografía
- Información sobre Unidades Sanitarias en el Diccionario Terminológico Básico de la Intervención Militar (Intervención General de la Defensa, España)
- Manual de Derecho Militar: Doctrina, Legislación, Jurisprudencia (Carlos Manuel Silva Ruiz; “Los Amigos del Libro,” Bolivia)
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