Afinidad
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Definición de AFINIDAD en Derecho español
Parentesco que por matrimonio se contrae entre el varón y los parientes consanguíneos de la mujer, y entre ésta y los parientes consaguíneos de aquél.
Afinidad en relación a la Antropología
El diccionario de antropología define afinidad de la siguiente forma: El conjunto de relaciones que vinculan a dos grupos o rangos de parientes, a través del matrimonio y contribuyen a mantener las relaciones primarias y la solidaridad social en grupos más extensos que la familia nuclear. Así, un “afín” es cada una de aquellas personas que se denomina como “pariente político”, pues no presenta lazos de consanguinidad (el cónyuge y sus parientes, los cónyuges de los hermanos/ as de los padres, los parientes de los hijos).Entre las Líneas En todo sistema de parentesco los afines ocupan un lugar destacado.