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Agencias Europeas

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Agencias Europeas

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Agencias Especializadas Europeas

Nota: en general, véase más acerca de las Agencias Especializadas.

Los Estados europeos llevan mucho tiempo cooperando en cuestiones tan variadas como la investigación científica, las patentes, las telecomunicaciones, el deporte, la enseñanza superior, los servicios postales y la normalización, y han creado las correspondientes organizaciones internacionales. A ellas se ha añadido más recientemente una red de agencias especializadas de la UE: organismos financieros como el Banco Central Europeo, agencias descentralizadas como Europol y la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, agencias ejecutivas que gestionan programas específicos de la UE y organismos consultivos como el Comité de las Regiones.

No existe un modelo universal para estas agencias: algunas forman parte de la estructura de la UE, pero otras son independientes, y la mayoría se han creado desde la década de 1990, a medida que se ha ampliado el alcance político de la integración y ha crecido la necesidad de una mejor coordinación política. Su tamaño, alcance y papel político varían enormemente: mientras que el Banco Central Europeo (BCE) es responsable de ayudar a gestionar el euro, tiene una plantilla de 1.500 personas y toma decisiones que repercuten en las empresas y los consumidores de toda la zona del euro y gran parte del resto del mundo, la Fundación Europea de Formación promueve la formación profesional en los Estados vecinos de la UE y sólo emplea a 130 personas.

La creación de estas agencias se ha producido principalmente por debajo del radar público, pero su crecimiento ha sido importante porque han dado a la UE más de los adornos de un sistema de gobierno convencional. Su creación ha supuesto ajustes para las agencias gubernamentales nacionales de los Estados miembros, una mejor coordinación de las políticas en toda la UE y una puesta en común de la autoridad política entre los gobiernos nacionales y las instituciones de la UE.Si, Pero: Pero recientemente se han planteado preguntas sobre la falta de un gran plan para el desarrollo de las agencias, cómo deben relacionarse con las agencias nacionales equivalentes, cómo deben gestionarse y rendir cuentas, y cómo evolucionarán en el futuro.

Así, hay algunos aspectos destacables:

  • A medida que el alcance político y las responsabilidades de la UE han ido creciendo, también lo ha hecho una red de agencias especializadas, que incluye organismos financieros, órganos consultivos, agencias ejecutivas y una mezcla de organismos comunitarios e independientes cuyo trabajo está relacionado con el de las principales instituciones de la UE.
  • Entre las instituciones financieras están el Banco Europeo de Inversiones, el Banco Central Europeo y el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo, que es independiente. Se han creado nuevas instituciones reguladoras a raíz de la crisis financiera mundial (o global) y la crisis de la zona euro.
  • Otras agencias tienen diversas responsabilidades técnicas, de gestión y ejecutivas, y se ocupan de cuestiones como la formación profesional, la recopilación de información medioambiental, el control del uso de medicamentos, la evaluación de nuevos productos medicinales y la mejora de la seguridad aérea, marítima y alimentaria.
  • Las agencias ejecutivas se crean por un periodo de tiempo determinado con una tarea específica, como las redes transeuropeas de transporte, la educación y la formación, y la investigación.
  • La cooperación policial y judicial ha sido fomentada y promovida por Europol y Eurojust, que participan activamente en la lucha contra las formas graves de delincuencia transfronteriza.
  • Los dos principales órganos consultivos son el Comité Económico y Social Europeo, un foro político para los principales grupos económicos y sociales, y el Comité de las Regiones, que da voz a los intereses de los gobiernos locales.
  • El Tribunal de Cuentas Europeo es el organismo de control financiero de la UE, encargado de garantizar que las cuentas de la UE sean correctas. Suele constatar que no lo son.
  • El Eurocuerpo mantiene una fuerza militar multinacional europea que se utiliza principalmente en operaciones humanitarias y de mantenimiento de la paz, y la Agencia Espacial Europea realiza investigaciones espaciales y gestiona el programa europeo de astronautas.

Datos verificados por: Cox

Agencias Europeas

En el Diccionario Jurídico Espasa, Agencias Europeas se describe este tema de la siguiente forma:

La Unión Europea es un fenómeno en continúa evolución Correlativamente, la estructura administrativa que está a su servicio adopta nuevas formas para responder a las nuevas exigencias de la integración Así, junto a los servicios que configuran la administración comunitaria propiamente dicha surge una «administración paralela» (ALONSO GARCÍA) formada por comités y agencias Estas últimas, que es de lo que me voy a ocupar aquí, se caracterizan frente a los comités por tener personalidad jurídica propia y por permitir aplicar el Derecho Comunitario a través de un sistema de red en el que son parte esencial las correspondientes administraciones nacionales, a través de órganos creados en muchos casos exclusivamente para ser el interlocutor de las agencias europeas.

Debemos insistir en este último punto porque es importante Una de las principales tendencias de los últimos años en la Unión Europea es el papel cada vez más intenso que va adquiriendo la administración comunitaria en la ejecución del Derecho comunitario, en detrimento del que venían desempeñando las administraciones nacionales en aplicación del principio de administración indirecta Pues bien, las agencias, posibilitando un modelo de administración integrada, están siendo un modo de compaginar la expansión de la intervención comunitaria con el interés de los Estados Miembros de que no quede arrinconado el criterio de administración indirecta. Debe concluirse, por tanto, que las agencias constituyen el instrumento ideal para poner en práctica los principios de lealtad institucional y cooperación entre la UE y los Estados Miembros ex art 10 (a art 5) TCE en el ámbito de la aplicación administrativa de las normas comunitarias

Virtudes de las Agencias Europeas

Las agencias, como modelo de administración, presentan también otras virtudes, que son las que han disparado su uso, primero en Estados Unidos y más recientemente en Europa (estas virtudes, por tanto, ya no son específicas de su uso en el marco de la UE) De un lado, en tanto administraciones expertas e independientes del poder político son idóneas para la regulación de sectores donde el elemento técnico es preponderante. Precisamente por ello una de las constantes es dotarlas de facultades para obtener datos e informaciones completas e imparciales. De otro, y también pensando en que su función fundamental, será la regulación de determinados sectores, la posibilidad que ofrecen de participación de los intereses privados presentes en el sector regulado a través de la integración en su estructura decisional de representantes de dichos intereses.

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Las agencias europeas hoy en funcionamiento son las siguientes once: el Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional -Reglamento (CEE) núm 337/75 del Consejo, de 10 de febrero de l975 (DO núm L 39, de l3 de febrero de l975, pág l)- la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo -Reglamento (CEE) núm l365/75 del Consejo, de 26 de mayo de l975 (DO núm L l39, de 30 de mayo de l975, pág l)- la Agencia Europea de Medio Ambiente -Reglamento (CEE) núm l210/90 del Consejo, de 7 de mayo de l990 (DO núm L l20, de 11 de mayo de l990)- la Fundación Europea de Formación -Reglamento (CEE) núm l360/90, de 7 de mayo de l990 (DO núm L l3l, de 25 de mayo de l990)- la Agencia Europea para la Evaluación de Medicamentos -Reglamento (CEE) núm 2309/93 del Consejo, de 22 de julio de l993 (DO núm L2O8, 214, de l4 de agosto de l993)- el Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías -Reglamento (CEE) núm 302/93 del Consejo, de 8 de febrero de l993 (DO núm L 208, de 24 de julio de l993)- la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el trabajo -Reglamento (CE) núm 2062/94 del Consejo, de l8 de julio de l994 (DO núm L 216,de 20 de agosto de l994)- el Centro de Traducción de los órganos de la Unión Europea -Reglamento (CE) núm 2965/94 del Consejo, de 28 de noviembre de l994 (DO núm L 314, de 7 de diciembre de l994)- la Oficina de Armonización del Mercado Interior -Reglamento (CE) núm 40/94 del Consejo, de 20 de diciembre de l993, sobre la marca comunitaria (DO núm L 11, de 14 de enero de l994)- la Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales -Reglamento (CE) núm 2100/94 del Consejo, de 27 de julio de l994, relativo a la protección comunitaria de las obtenciones vegetales (DO núm L 227, de 1 de septiembre de l994)- y el Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia -Reglamento (CE) núm 1035/97 del Consejo, 2 de junio de 1997-

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Régimen Jurídico

Veamos ahora, de un modo breve, algunas cuestiones sobre su régimen jurídico.Entre las Líneas En primer lugar, desde algunos ángulos (SSTJCE 13/6/58, C- 9 y 10 /56; 14/5/81, C 98/80) se ha sostenido que no es compatible con un sistema de atribución competencial («Cada institución actuará dentro de los límites de las competencias atribuidas por el presente Tratado» afirma el art 7 (a art 4) TCE) el ejercicio de funciones por organismos creados por normas de Derecho derivado sin apoyo explícito en los tratados.

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Puntualización

Sin embargo, hoy es preferida una interpretación que, teniendo presente el carácter in fieri de la U E, entiende descartable una visión rígida de los Tratados como es la que da origen a esa objeción. Se acepta, en consecuencia, como base jurídica suficiente para la constitución de agencias, aun cuando no se encuentre ningún precepto concreto de cobertura, el art 308 (a art 235) TCE, siempre que se considere que es una decisión organizativa que va a contribuir a la mejor consecución de los objetivos de la UE.

Por lo demás, recordar que tienen presupuesto propio y normas específicas en materia de personal (si bien no en pocas ocasiones éstas remiten a las normas aplicables con carácter general al personal comunitario) y que, aun cuando no se diga en ningún sitio, parece que responden de igual modo que las Instituciones comunitarias. [JAHC]

También en el Diccionario Jurídico

Bibliografía

ALONSO GARCÍA, R: Derecho Comunitario, Ceura Madrid, 1994, págs 88 y ss.

FRANCHINI, C: «Le relazioni tra le agenzie europee ele autoritá amministrative nazionali», RIDPC 1997.

MAJONE, S: «The New European Agencies: Regulation by Information», JEPP 1997

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1 comentario en «Agencias Europeas»

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