Allegans Contraria Non Est Audiendus
Este elemento es una profundización de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] El Allegans Contraria Non Est Audiendus es una máxima legal y una regla de la lógica.
Allegans Contraria Non Est Audiendus: No debe ser escuchado quien alega cosas contradictorias entre sí
Esta regla elemental de lógica, que se aplica con frecuencia en nuestros tribunales de justicia, recibirá una ilustración ocasional en el curso de este trabajo. Por el momento, podemos observar lo que expresa, en otro idioma, el trillado dicho de Lord Kenyon, de que a un hombre no se le debe permitir “soplar frío y calor” con referencia a la misma transacción, o insistir, en diferentes momentos, en la verdad de cada una de las dos acusaciones en conflicto, de acuerdo con los impulsos de su interés privado.
En cueva v. Molinos q, se aplicó la máxima de preaviso. El demandante fue inspector a los fideicomisarios de carreteras de peaje; como tal topógrafo, era su deber hacer todos los contratos y pagar las sumas debidas para la reparación de las carreteras, y estaba autorizado a recurrir al tesorero hasta una cierta cantidad.
Puntualización
Sin embargo, sus gastos no se limitaron estrictamente a esa cantidad, y en las cuentas anuales que presentó a los fideicomisarios, generalmente se reclamó un saldo (véase una definición en el diccionario y más detalles, en esta plataforma, sobre saldo) que se le debía y se trasladó a la cuenta del año siguiente. Las cuentas fueron rendidas por él durante tres años consecutivos, mostrando ciertos saldos adeudados a sí mismo. Estas cuentas fueron permitidas por los fideicomisarios en su reunión anual, y se publicó una declaración basada en ellos de los ingresos y gastos del fideicomiso según lo requiere la estatua, 3. Geo. 4, c. 126, s. 78. Los fideicomisarios, además, creyendo que las cuentas eran correctas, pagaron con dinero en mano una parte de su deuda hipotecaria.
Secuencia
Posteriormente, el pliantiff reclamó una suma mayor con respecto a los pagos que, de hecho, había hecho él, y que debería haber ingresado en las cuentas de los años anteriores, pero que había omitido a sabiendas. Se sostuvo que se le impidió recuperar las sumas así omitidas, ya que “a un hombre no se le debe permitir calentarse y tener frio” – afirmar en un momento y negar en otro – reclamar a aquellos a quienes él ha engañado en su desventaja y fundar ese reclamo en los asuntos del engaño. Este principio tiene su base en el sentido común y en la justicia común, y ya sea que se le llame ‘estoppel’, o por cualquier otro nombre, es uno de los tribunales de justicia que en los tiempos modernos ha adoptado más útilmente”.
El principio de prohibición de conductas inconsistentes en el derecho comercial transaccioal establece que:
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
- Una parte no puede ponerse en contradicción con su conducta anterior con respecto a otra parte si esta última parte ha actuado con una confianza razonable en dicha conducta (‘venire contra factum proprium’; ‘Interdiction de se contredire au détriment d’autrui ‘).
- La violación de este Principio puede resultar en la pérdida, suspensión o modificación de los derechos disponibles para la parte que viola este Principio o en la creación de derechos que de otra manera no están disponibles para la parte agraviada.
Los casos en los que opera un impedimento impiden que una persona contradiga lo que ha sido aceptado y actuado como verdad y hecho por otros, bajo circunstancias que constituyen un engaño voluntario y culpable, son igualmente referibles a la máxima nulus commodum capere potest de injura sua propria” [Post, pp. 191, 197].
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