Ut Res Magis Valeat Quam Pereat
Este texto se ocupa del aforismo latino de orden hermenéutico “Ut res magis valeat quam pereat” según el cual una escritura nunca será nula cuando las palabras puedan ser aplicadas en cualquier medida para hacerla buena, pero también, en otras palabras, que es mejor que una cosa surta efecto que anularse. Esta máxima, sin embargo, no significa que el tribunal deba hacer un contrato por las partes, o salirse de las palabras que éstas han utilizado, excepto en lo que son implicaciones apropiadas de la ley. En relación con ut res magis valeat quam pereat, se debe tener cuidado de no añadir nada que no pueda inferirse de forma justa de las palabras del acuerdo de mayo pero, al mismo tiempo, el juez puede o debe intentar dar validez comercial a un acuerdo comercial si es justo y razonable hacerlo en aplicación de las normas relativas a la construcción de acuerdos.