Alta Autoridad
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Alta Autoridad en el Derecho Español
Alta Autoridad a finales del Siglo XX
En el Diccionario Jurídico Espasa, Alta Autoridad se define como:
Denominación que recibe la Comisión dentro del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero.
A raíz del Tratado de Fusión de 8 de abril de 1965 se fusiona con la Comisión CEE y la Comisión CEEA, existiendo a partir de eses momento una única Comisión común a las tres Comunidades.
Las competencias de la alta autoridad son de mayor importancia que las atribuidas a la Comisión por los Tratados CEE y CEEA, pero en la práctica esta diferencia se ha atenuado al no utilizar la alta autoridad todas las competencias que le han sido atribuidas.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
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Viene regulada por los arts 8 a 19 del Tratado CECA (V comisión) [ASZ]
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