Art. 54 de la Convención sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías
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Pasos para permitir el pago del precio
El pago del precio es claramente la principal obligación del comprador en virtud del contrato y también del Convenio. Es probable que el pago esté vinculado a los medios apropiados en un contexto internacional. El artículo 54 dispone:
“La obligación del comprador de pagar el precio incluye tomar las medidas y cumplir con las formalidades que puedan ser requeridas en virtud del contrato o cualquier ley y regulación para permitir el pago”.
Si, por ejemplo, el contrato exige el pago mediante una carta de crédito, la falta de medidas para abrir la carta (y, por lo tanto, garantizar el pago oportuno) constituirá claramente un incumplimiento. Y, como se explica más detalladamente a continuación, el hecho de que el comprador no cumpla con sus obligaciones en virtud del contrato o este Convenio dará derecho al vendedor a ejercer los derechos correctivos establecidos en la Sección III del Capítulo 3. Por un lado, el vendedor puede evitar el contrato si el incumplimiento es fundamental; alternativamente, ella puede emitir un aviso de Nachfrist, que establece un período de desempeño adicional y permite su posterior evitación por incumplimiento.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Autor: Black
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