Glosario de la Convención sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías

La Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG) se ocupa de los contratos de compraventa de mercaderías cuando los establecimientos de las partes contratantes se encuentran en diferentes Estados miembros, y si se cumplen determinadas condiciones (Art. 1, 2 y 6 CISG).

Ajuste de Precio en la Compraventa de Acciones

Ajuste de Precio En las compraventas de acciones, el Precio de Compra se suele ajustar en menos, en virtud de un nuevo due diligence contable, impositivo, previsional y legal que realiza la firma de auditores que las partes de común acuerdo designen a partir de la fecha de firma del […]

Art. 34 de la Convención sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías

Art. 34 de la Convención sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías Este elemento es una profundización de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre el artículo 34 de la Convención sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías. Historia de la prestación Los Borradores de 1939 y 1956 … Leer más

Compra de Armamento para el Ejército

Adquisición de Armamento para el Ejército Este elemento es una expansión del contenido de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. Adquisición de Armamento para el Ejército Las armas modernas son sistemas complejos, cuya compra está rodeada de dificultades. Su adquisición y compra implican que los departamentos de … Leer más

Sistema de Venta

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Mercados de Reventa

Mercados de reventa en economía En inglés: Resale Markets in economics. Véase también acerca de un concepto similar a Mercados de reventa en economía. Introducción a: Mercados de reventaen este contexto Los mercados de reventa son necesarios para corregir las asignaciones erróneas de activos, […]

Comprador

En el caso de que una cosa haya sido objeto de ventas sucesivas, el “subcomprador” es la persona que recibió la cosa de un comprador anterior que se la vendió: en cierto modo, es el comprador de un comprador. La obligación de garantía se transfiere al subcomprador en numerosos países, especialmente los que siguen el sistema de derecho civil. Así, cuando la cosa está afectada por un vicio redhibitorio, el subcomprador tiene derecho a interponer una acción directamente contra el vendedor original. También puede actuar contra todos los subcompradores anteriores: puede pedir que sean condenados in solidum. Del mismo modo, dado que el subcomprador tiene la opción de interponer su acción contra uno solo de sus predecesores, tiene derecho a interponer una acción contra su propio vendedor pero también contra uno u otro de sus predecesores o contra todos ellos. El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas ha declarado (TJCE, 4 de junio de 2009, asunto C-285/08, apartado 28) que la indemnización de los daños causados a un objeto destinado a un uso profesional y utilizado para ello no está comprendida en el ámbito de aplicación de la Directiva 85/374/CEE del Consejo, de 25 de julio de 1985, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de responsabilidad por los daños causados por productos defectuosos.

Venta

La “venta” es un acuerdo por el que una persona conocida como “vendedor” transfiere a otra conocida como “comprador” sus derechos de propiedad sobre una cosa o un valor que le pertenece. Acción mediante la cual uno de los contratantes se obliga a transferir la propiedad de una cosa o de un derecho a otro que a su vez se obliga a pagar por ello un precio determinado en dinero. La forma del contrato no afecta a su clasificación, y puede ser por escrito o simplemente un acuerdo verbal. La cesión puede referirse a bienes o derechos materiales. La “cesión de un crédito” o “transferencia de un crédito”, la cesión de la mera propiedad o del usufructo de un bien o de un conjunto de bienes y derechos, como la cesión de un negocio, de una cartera de clientes o de una patente, constituyen ventas. Algunos tipos de venta están sujetos a una normativa especial. En derecho internacional, la Convención de Viena de 11 de abril de 1980, que establece un derecho uniforme de la compraventa internacional de mercancías, constituye el derecho sustantivo nacional; como tal, obliga al juez nacional, que debe aplicarla sin perjuicio de su exclusión, incluso tácita, según el artículo 6 de esta última convención, cuando las partes se hayan sometido al imperio de una ley determinada.

Pacto de Recompra

Este texto se ocupa del pacto de recompra, como operación financiera por el que se compra o se vende un activo financiero (habitualmente un título de deuda pública) a un precio dado y a la vez se pacta la futura venta o compra del mismo activo a un precio fijado. Este tipo de venta se pacta con la opción de que el vendedor la cancele unilateralmente a cambio de la restitución del precio pagado por el comprador, pero también de los gastos y justiprecios de la venta, de las reparaciones necesarias y de las que hayan incrementado el valor del terreno, hasta el importe de dicho incremento. No podrá tomar posesión hasta que haya cumplido con todas estas obligaciones. Si la escritura estipula que la ejecución de la retrocesión requerirá la celebración de una segunda venta, el contrato que incluye un pacto de preferencia, pero que no instituye una opción de recompra, no puede calificarse de venta con derecho de reembolso. La cláusula de recompra se utiliza generalmente en la práctica comercial, en el contexto de una operación de crédito, para constituir una garantía en beneficio de un acreedor que adquiere bienes muebles o inmuebles pertenecientes a su deudor. Una vez pagada la deuda, el vendedor anula la venta y recupera la propiedad del inmueble.

Distribución de Ventas

Agrupación y vinculación en las ventas en economía En inglés: Bundling and Tying in economics. Véase también acerca de un concepto similar a Distribución de ventas en economía. Introducción a: Agrupación y vinculación en las ventasen este contexto La agrupación puede considerarse como un […]

Costes de Venta

Costes de venta en economía En inglés: Selling Costs in economics. Véase también acerca de un concepto similar a Costes de venta en economía. Introducción a: Costes de ventaen este contexto El intercambio de bienes y servicios a través de un mercado permite aumentar en gran medida la […]

Acción Redhibitoria

“Redhibitorio” es el adjetivo utilizado para describir un defecto de calidad que hace que la cosa no sea apta para su uso normal. La palabra se utiliza para describir la acción legal destinada a rescindir el contrato sobre la base de la garantía por vicios ocultos. El comprador tiene la opción de devolver la cosa y que se le devuelva el precio, o quedarse con la cosa y que se le devuelva parte del precio, como que el valor sea arbitrado por expertos. Esta elección entre la acción estimatoria y la acción redhibitoria corresponde al comprador y no al juez, que no está obligado a motivar su decisión sobre este punto, ni a investigar la posibilidad de reparar los defectos a bajo coste. Incluso en el caso de vehículos muy antiguos, el juez no puede detenerse en el hecho de que el comprador no podía ignorar la antigüedad del bien, su estado de desgaste y su grave falta de mantenimiento. Incluso le correspondía, en el caso particular de los antiguos vehículos militares ligeros reformados del ejército alemán, verificar si el defecto era suficiente para hacer que el objeto de la venta no fuera apto para el uso que el comprador podía esperar seriamente. El ejercicio de la acción redhibitoria plantea el problema del alcance de las consecuencias que conlleva la restitución de la cosa cuya venta ha sido anulada.

Historia del Contrato de Compraventa

Las primeras comunidades feudales no estaban unidas por un mero sentimiento ni reclutadas por una ficción. El lazo que los unía era el contrato, y obtenían nuevos asociados contratando con ellos. La relación del señor con los vasallos se había establecido originalmente mediante un compromiso expreso, y una persona que deseaba injertarse en la hermandad por encomienda o infeudación llegaba a un entendimiento claro en cuanto a las condiciones en que debía ser admitida. Es, por tanto, la esfera ocupada en ellos por el Contrato lo que distingue principalmente a las instituciones feudales de los usos no adulterados de las razas primitivas. El señor tenía muchas de las características de un cacique patriarcal, pero su prerrogativa estaba limitada por una variedad de costumbres asentadas que se remontan a las condiciones expresas que se habían acordado cuando tuvo lugar la infeudación. De ahí surgen las principales diferencias que nos impiden clasificar las sociedades feudales con las verdaderas comunidades arcaicas. Eran mucho más duraderas y mucho más variadas; más duraderas, porque las reglas expresas son menos destructibles que los hábitos instintivos, y más variadas, porque los contratos en los que se basaban se ajustaban a las circunstancias y deseos más mínimos de las personas que entregaban o cedían sus tierras. Esta última consideración puede servir para indicar hasta qué punto las opiniones vulgares que circulan entre nosotros sobre el origen de la sociedad moderna necesitan ser revisadas. A menudo se dice que el contorno irregular y variado de la civilización moderna se debe al genio exuberante y errático de las razas germánicas, y a menudo se contrasta con la aburrida rutina del Imperio Romano. Más recientemente, se ha modificado la definición de la UCTA para establecer que, cuando el contrato sea de venta o suministro de bienes y “el comprador no sea un particular”, los bienes deben ser de un tipo suministrado habitualmente para uso o consumo privado. El resultado es que, según la legislación de aplicación, una sociedad anónima puede calificarse como consumidor y reclamar la protección de los derechos derivados de la directiva, siempre que los bienes suministrados sean del tipo que se suministra normalmente para uso o consumo privado.

Política de Inventarios Bajo Certidumbre

Política de inventarios bajo certidumbre en economía En inglés: Inventory Policy Under Certainty in economics. Véase también acerca de un concepto similar a Política de inventarios bajo certidumbre en economía. Introducción a: Política de inventarios bajo certidumbreen este contexto Los […]

Aceptación de la Oferta en las Ventas a Distancia

Aceptación de la Oferta en las Ventas a Distancia Este elemento es una expansión del contenido de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. Aceptación de la Oferta en las Ventas a Distancia en el Derecho Contractual Está bien establecido que la regla general que rige la aceptación … Leer más

Arrendamiento con Opción de Compra

Arrendamiento con Opción de Compra en el Derecho Privado Definición de Arrendamiento Con Opción de Compra del Diccionario de Términos de Seguros, Reaseguros y Financieros: Es aquel en que el arrendatario (véase más sobre este término) tiene el derecho de adquirir la cosa arrendada, por precio […]

Proceso de Compra

Los minoristas ganadores deben ser expertos en cómo la digitalización afecta a su modelo de negocio. La experiencia móvil es el pegamento entre las experiencias en línea y en la tienda, lo que refuerza la necesidad de una estrategia omnichannel interconectada. Los clientes son guiados a lo largo de “viajes de compromiso” personalizados impulsados por la IA, pero es importante tener cuidado con la línea de “cool versus creepy”. ¿Cómo se personaliza adecuadamente la experiencia de cada cliente? Esa es la salsa secreta para los minoristas que realmente están ganando.

Compras

Introducción: Purchase Order Concepto de Purchase Order en el ámbito del comercio exterior y otros afines: Orden de Compra. Significado Alternativo Forma utilizada por el comprador cuando coloca una orden por mercancía o suministros. Introducción: Compras de Bienes y Servicios para Operaciones […]