Asambleas Coiciales
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TRIBUS, CURIAS Y LA REFORMA SERVIANA O POR CENTURIAS EN EL DERECHO ROMANO
El orden político que rigió al Estado Romano en la antigüedad después de los reyes, tuvo un férreo control social, político, comercial y también en las actividades bélicas propias del Estado romano, pues el derecho aplicado a los ciudadanos le permitió al Estado la entrega y el compromiso de los mismos hacia sus gobernantes, veamos a continuación esta parte histórica del Derecho Romano que se establecía en la propia constitución monárquica y hagamos nuestra conclusión.
El tercer elemento de la constitución romana monárquica era el conjunto organizado de ciudadanos romanos (populus romanus quirites), distribuidos según la tradición en las tres tribus de los Ramnes, Tities y Luceres, que algunos historiadores pretenden identificar con las estirpes fundadoras de las civitas: latinos, sabinos y etruscos.
Cada una de las tres tribus se divide en diez curias (co-viria, reunión de varones). Las treinta curias dan cuerpo a la asamblea comicial que, en cualquier caso, estaba formada por familias patricias, cuya función primordial era la de conocer las decisiones del monarca y senadores, así como para dar publicidad a: testamentos, admisión en la comunidad de una nueva gens, arrogación,… y el acto solemne y meramente formal de investidura de poderes a los magistrados, ya elegidos por las otras asambleas (lex curiata de imperio).
Otra de las asambleas era los comitia calata, o asamblea convocada por el Pontifex maximus, en la que se celebraban diferentes actos de carácter eminentemente religioso: la inauguratio del rex sacrorum, la ceremonia solemne de la adrogatio y la del testamentum calatis comitiis. Una evolución importante en estas asambleas se adoptó con el penúltimo rey romano, Servio Tulio, al introducir un nuevo tipo de asamblea por centurias que se caracterizaba, no por la etnia o linaje, sino por la organización de la población en función de su poder económico (ya fueran patricios o plebeyos) y con una distribución de carácter militar.
shutterstock_127140557Si bien en época monárquica no tuvo tanta transcendencia ya que, conforme a ese orden, los patricios seguían ocupando las clases dominantes, sin embargo con el tiempo (durante la República) alcanzaría mayor protagonismo ya que, en la misma, los plebeyos conseguirían situarse entre las clases más importantes debido al enriquecimiento logrado al destacar en el campo de batalla y ser beneficiados con importantes lotes de tierra en el reparto del botín (véase qué es, su concepto; y también su definición como “booty” en el derecho anglosajón, en inglés) de guerra; provocando todo ello que, poco a poco, se fueran superando las diferencias entre patricios y plebeyos.Entre las Líneas En consecuencia, la reforma serviana que introdujo la asamblea por centurias preparó al pueblo romano hacia su expansión territorial. Los romanos se van a distribuir en 193 centurias divididas en 18 de caballería y el resto en infantería que, a su vez, se repartían en cinco clases sociales.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Es sin lugar a dudas que el Derecho Romano ha sido trascendental a lo largo de su historia, primero por su marcado orden político y social que le permitió consolidar y organizar los actos de sus habitantes, quienes tenían fuerza política a través de sus asambleas, ya como lo menciona el autor, estos estaban divididos en tres tribus según la tradición, estas tribus tenían un cuerpo comicial que en principios estaban principalmente dominado o controlado por los patricios, pero los plebeyos en base a logros obtenido a través de la guerra, como lo era el reparto de tierras, hicieron que aumentaran sus riquezas logrando equilibrar el poder político y económico con los propios plebeyo, pero el punto mas importante de esto es, la influencia o la flexibilidad del Derecho Romano para adecuar esta transición y mantener un control centralizado que permitió el fortalecimiento del Estado Romano, a través de la implantación del derecho y las obligaciones de sus gobernados hacia los intereses del Estado.
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