Ausencia del Territorio Nacional
Este elemento es una profundización de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs]
Ausencia del Territorio Nacional en el Artículo 129 de la Constitución de Portugal
Este artículo trata sobre Ausencia del territorio nacional, y está ubicado en la Parte III, sobre la Organización del Poder Político, Título II, acerca del Presidente de la República, Capítulo I [Estatuto y elección], de la Constitución portuguesa vigente. Dicho artículo dispone lo siguiente: 1. El Presidente de la República no puede ausentarse de territorio nacional sin el consentimiento de la Asamblea de la República o de su Comisión Permanente si aquella no estuviera en funcionamiento. 2. El consentimiento será dispensado en casos de viaje en tránsito o de viaje sin carácter oficial de duración no superior a cinco días, debiendo en tales casos el Presidente notificarlo a la Asamblea. 3. La inobservancia de los dispuesto en el apartado 1 supone de pleno derecho la pérdida del cargo.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
📬Si este tipo de historias es justo lo que buscas, y quieres recibir actualizaciones y mucho contenido que no creemos encuentres en otro lugar, suscríbete a este substack. Es gratis, y puedes cancelar tu suscripción cuando quieras: Qué piensas de este contenido? Estamos muy interesados en conocer tu opinión sobre este texto, para mejorar nuestras publicaciones. Por favor, comparte tus sugerencias en los comentarios. Revisaremos cada uno, y los tendremos en cuenta para ofrecer una mejor experiencia.
▷ Esperamos que haya sido de utilidad. Si conoces a alguien que pueda estar interesado en este tema, por favor comparte con él/ella este contenido. Es la mejor forma de ayudar al Proyecto Lawi.