Catálogo de Operaciones de Riesgo (COR)
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Catálogo de Operaciones de Riesgo que deben ser objeto de Especial Análisis
Se trata de los indicadores de alertas de riesgo para profesionales del Derecho, traducidos por la Comisión Especial para la Prevención del Blanqueo de Capitales del Consejo General de la Abogacía Española de las Recomendaciones del GAFI de 2013.
El texto es el siguiente:
Los métodos y técnicas utilizadas por los delincuentes para lavar dinero también pueden ser utilizados por los clientes legales para fines legítimos.
Debido a esto, los indicadores de alerta deben ser considerados siempre en el contexto general y la mera presencia de un indicador de alerta no es necesariamente base para una sospecha de BC o FT, cuando el cliente puede proporcionar una explicación razonable.
Estos indicadores de alerta deben ayudar a los profesionales del derecho en la aplicación de un enfoque basado en el riesgo para cumplir con sus obligaciones de diligencia debida en el conocimiento de quién es su cliente y quiénes los beneficiarios, comprender la naturaleza y el propósito de la relación comercial y determinar el origen de los fondos que se utilizan para el encargo. Cuando aparezca de manifiesto una serie de indicadores de alerta, es más probable que un profesional del derecho debe tener la sospecha de que hay BC o FT.
Los órganos autorreguladores y los encargados del cumplimiento de la ley también pueden encontrar útiles estos indicadores de alerta para el seguimiento de la conducta profesional o la investigación de los profesionales del derecho o de sus clientes. Si un profesional del derecho tiene información sobre un indicador de alerta y no ha hecho las pertinentes preguntas al cliente puede ser una circunstancia relevante para evaluar si su conducta ha sido cómplice o involuntaria.
1.- Señales de alerta respecto del cliente:
El cliente es demasiado secretista o evasivo sobre:
- Quién es el cliente.
- Quién es el beneficiario efectivo.
- De dónde procede el dinero.
- La razón por la que se realiza la operación de ese modo.
- Cuál es el panorama general.
El cliente:
- Está utilizando un agente o un intermediario sin una buena razón.
- Está evitando activamente el contacto personal sin una buena razón.
- Se resiste a dar o se niega a proporcionar la información, datos y documentos normalmente requeridos para permitir la realización de la operación.
- Desempeña o haya desempeñado previamente un cargo público (político o de alto nivel profesional) o tiene vínculos profesionales o familiares con una persona así o se dedica a negocios privados inusuales dada la frecuencia o sus características.
- Proporciona documentación falsa o falsificada.
- Es una entidad de negocios que no se puede encontrar en Internet y/o utiliza una dirección de correo electrónico con un dominio inusual en un empresario como Hotmail, Gmail, Yahoo, etc, especialmente si el cliente es además secretista o evita el contacto directo.
- Se sabe que ha sido condenado por delitos con fin de lucro, que está siendo actualmente objeto de investigación por tales delitos o tiene conexiones conocidas con criminales.
- Muestra un conocimiento inusual con respecto a las normas previstas por la ley en materia de identificación del cliente, entradas de datos y reportes de operaciones sospechosas, hace repetidas preguntas sobre los procedimientos de aplicación de las normas.
Las partes:
- Las partes o sus representantes (y, en su caso, los propietarios reales o las compañías intermediarias en la cadena de propiedad de las personas jurídicas) son naturales, residentes o están constituidas en un país de alto riesgo.
- Las partes de la operación están conectadas sin una razón comercial aparente.
- Las relaciones entre las partes, de familia, de empleo, de empresa o de cualquier otro tipo generan dudas en cuanto a la verdadera naturaleza o el motivo de la operación.
- Hay múltiples comparecencias de las mismas partes en operaciones en un período corto de tiempo.
- Las partes otorgantes son menores de edad, mayores de 70 años o incapacitados, y no hay una explicación lógica para su participación.
- Hay intentos de disfrazar el verdadero propietario o las partes en la operación.
- La persona que realmente dirige la operación no es una de las partes formales en la operación o su representante.
- La persona física que actúa como director o representante no parece un representante adecuado.
2.- Señales de alerta sobre la procedencia de los fondos:
La fuente de fondos es inusual:
- Financiación por parte de un tercero de la operación o de los honorarios/impuestos relacionados sin relación aparente ni explicación legítima.
- Fondos enviados o recibidos de o a una jurisdicción extranjera cuando no hay relación aparente entre la esa jurisdicción y el cliente.
- Fondos enviados o recibidos de una jurisdicción de alto riesgo.
Otras señales:
- La operación implica una cantidad desproporcionada de financiación (o financiamiento) privada, cheques al portador o efectivo, sobre todo si es incompatible con el perfil socio-económico de la persona o de la compañía.
- El cliente o un tercero están contribuyendo con una suma importante de dinero en efectivo como garantía proporcionada por el prestatario/deudor en lugar de simplemente utilizar esos fondos directamente, sin explicación lógica.
- El cliente usa varias cuentas bancarias o cuentas extranjeras sin una buena razón.
- El gasto privado está financiado por una empresa, negocio o gobierno.
- El pago se aplaza a una fecha muy cercana al momento de elevación a escritura (su redacción) pública, en particular, si no se establece una garantía de aseguramiento, sin una explicación lógica.
- Se establece un período de reembolso inusualmente corto sin ninguna explicación lógica.
Las hipotecas se pagan repetidamente de manera significativa antes de la fecha de vencimiento inicialmente pactado, sin ninguna explicación lógica. - El bien se compra con dinero en efectivo y luego se usa inmediatamente como garantía de un préstamo o crédito.
- Se solicita cambiar la forma de pago previamente acordada sin explicación lógica, sobre todo cuando se proponen instrumentos de pago que no sean apropiados en la práctica común utilizada para la operación.
- La financiación (o financiamiento) se provee por un prestamista, ya sea persona física o jurídica, distinta de una entidad de crédito, sin ninguna explicación lógica o justificación económica.
- La garantía prevista para la operación se encuentra actualmente en una jurisdicción de alto riesgo.
- Se produce un aumento significativo en el capital de una sociedad recientemente constituida o contribuciones sucesivas en un corto período de tiempo a la misma compañía, sin explicación lógica.
- Se produce un aumento de capital desde una jurisdicción extranjera que, o bien no tiene relación con la empresa o es de alto riesgo.
- La empresa recibe una inyección de capital o bienes en especie especialmente elevado en comparación con el valor del negocio, tamaño o mercado de la compañía sin explicación lógica.
- Precio excesivamente alto o bajo de los valores transferidos en relación a cualquier circunstancia que indique el exceso (por ejemplo, volumen de ingresos, comercio o negocio, los locales, el tamaño o conocimiento de la declaración de las pérdidas o ganancias sistemáticas) o con respecto a la suma declarada en otra operación.
- Operaciones financieras importantes, especialmente si se realizan por sociedades de reciente creación, cuando no se justifican estas operaciones por el objeto social, la actividad del cliente o dentro del posible grupo de empresas al que pertenece o por otros motivos razonables.
3.- Alertas en la elección de Abogado:
- Designación de un profesional del Derecho distante del cliente o de la operación sin motivo legítimo o económico.
- Designación de un profesional del Derecho sin experiencia en una especialidad concreta o sin experiencia en la prestación de servicios en operaciones complejas o especialmente grandes.
- Disposición del cliente a pagar honorarios sustancialmente más altos de lo habitual, sin causa justificada.
- Cambio de asesoría varias veces por el cliente en un corto espacio de tiempo y sin motivos legítimos.
- Rechazo por otro profesional del encargo o de la relación.
4.- Alertas en la naturaleza del encargo.
La operación es inusual, por ejemplo:
- El tipo de operación que se formaliza notarialmente es claramente incompatible con el tamaño, la edad o la actividad de la persona física o jurídica que actúa.
- Las operaciones son inusuales debido a su tamaño, naturaleza, frecuencia, o modo de ejecución.
- Existen notables y muy significativas diferencias entre el precio declarado y los valores reales aproximados de acuerdo con cualquier referencia que podría dar una idea aproximada de este valor o a juicio del profesional del derecho.
- Una organización sin fines de lucro solicita servicios con fines u operaciones que no sean compatibles con los declarados o no sean típicos de esa entidad.
El cliente:
- Está involucrado en operaciones que no corresponden a sus actividades profesionales o empresariales normales.
- Demuestra que no tiene conocimientos adecuados de la naturaleza, el objeto o la finalidad de la actuación solicitada del profesional.
- Desea establecer o hacerse cargo de una persona jurídica o entidad con una descripción dudosa de la finalidad o una descripción de la finalidad, que no esté relacionada con sus actividades profesionales o comerciales normales o sus otras actividades, o con una descripción de la finalidad para la que se requiere una licencia, sin que el cliente tenga la intención de obtener dicha licencia.
- Cambia frecuentemente las estructuras legales y/o los administradores de las personas jurídicas.
- Requiere que se empleen fórmulas atajos o una velocidad sin explicación en la realización de una operación.
- Parece muy desinteresado (en muchos casos, significa neutral, objetivo; en cuyo caso no debe confundirse con “falta de interés”; otras veces el significado es diferente) en el resultado del encargo.
- Requiere que se le presente a las instituciones financieras para ayudar a conseguir servicios bancarios.
Otras alertas:
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
- Creación de estructuras de propiedad complejas cuando no hay razón legítima o económica.
Participación de estructuras con múltiples jurisdicciones cuando no hay relación aparente con el cliente o con la operación o existe otra razón legítima o económica. - Constitución de sociedades y/o adquisición de acciones o valores de varias sociedades, empresas o entidades legales dentro de un corto período de tiempo con elementos en común (uno o varios socios o accionistas, director, domicilio social de la empresa, objeto social, etc.) sin explicación lógica.
- Falta de documentación que respalde al cliente y su historial, operaciones previas o actividades de la empresa.
- Existencia de varios elementos en común entre un número de operaciones en un corto período de tiempo sin explicaciones lógicas.
- Operaciones de propiedades con créditos relacionados (back to back), con un rápido aumento de valor o precio de compra.
- Abandono de operaciones sin ninguna preocupación por el nivel de honorarios o después de la recepción de los fondos.
- Cambios sin explicación de las instrucciones, especialmente en el último minuto.
- El encargo se refiere exclusivamente a la custodia de documentos u otros bienes, el mantenimiento de grandes sumas de dinero o de manera similar utilizar la cuenta de clientes sin prestación de servicios.
- Falta de razón comercial, financiera, fiscal o legal sensata en la operación.
- Aumento de la complejidad en la estructura de la operación que produce aumento de impuestos y honorarios sin necesidad aparente.
- Otorgamiento de poderes para la administración o disposición de bienes bajo condiciones inusuales sin explicación lógica.
- Inversión en propiedades inmobiliarias en ausencia de cualquier relación con el sitio donde está ubicada sin ninguna ventaja financiera en la inversión.
- Solución de pleitos con demasiada facilidad o rapidez con poca o ninguna intervención del profesional encargado.
- Solicitudes de pago a terceros sin razones substanciales u operaciones que se correspondan
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