Categorías de Tribunales
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Categorías de Tribunales en el Artículo 209 de la Constitución de Portugal
Este artículo trata sobre Categorías de Tribunales, y está ubicado en la Parte III, sobre la Organización del Poder Político, Título V, acerca de los Tribunales, Capítulo II [Organización de los Tribunales], de la Constitución portuguesa vigente. Dicho artículo dispone lo siguiente: 1. Además del Tribunal Constitucional, existen las siguientes categorías de tribunales: a. El Tribunal Supremo de Justicia y los tribunales judiciales de primera y segunda instancia; b. El Tribunal Supremo Administrativo y otros tribunales administrativos (véase qué es, su concepto jurídico) y fiscales; c. El Tribunal de Cuentas 2. Pueden existir tribunales marítimos, tribunales de arbitraje y juzgados de paz. 3. La ley determinará los casos y las formas en que los tribunales previstos en los números anteriores se pueden constituir, separada o conjuntamente en tribunales de conflictos. 4. Sin perjuicio de lo dispuesto en cuanto a los tribunales militares se prohíbe la existencia de tribunales con competencia exclusiva para el enjuiciamiento de ciertas categorías de delitos.
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