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Ceremonial

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Ceremonial

Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs]

Ceremonial en el Derecho Legislativo y Político

Examen de la materia ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados de México:

Origen de la Expresión

Deriva la palabra del latín ceremonialis. Entre sus diversas acepciones interesa destacar por su relación con el derecho parlamentario las siguientes: a) Es un conjunto de formalidades que han de cumplirse para llevar a cabo cualquier acto público o solemne; b) se refiere al libro en que están escritas las ceremonias y descritos los procedimientos correspondientes a ciertos actos. La traducción de la palabra ceremonia en otros idiomas es: en inglés, ceremony, en francés, cérémonie; en portugués, cerémonia; en alemán, feierlichkeit, Zeremonie, e italiano, cerimonia. Dentro del campo del Derecho Parlamentario existe una rama denominada del ceremonial, que se integra por un conjunto de disposiciones relativas a la observancia y ejecución de ciertos actos, formales y/o solemnes, necesarios para legitimar su propia función; o, indispensables, por ser de aplicación requerida en los procesos internos o externos que compete cumplir al órgano o conjunto de órganos encargados de realizar y articular los procedimientos inherentes a la forma, creación, expedición, sanción, promulgación y publicación de las normas.

Desarrollo de Ceremonial en este Contexto

La evolución de las relaciones parlamentarias al interior de cada país y entre los estados modernos, tal como sucede en Europa Occidental, sugiere y exige la necesidad de una caracterización de las normas que constituyen el ceremonial.Entre las Líneas En razón de lo mismo, se pueden agrupar de la siguiente manera: a) Respecto al sistema de pertenencia, las normas del ceremonial parlamentario pueden ser nacionales o supranacionales; b) en cuanto a su ámbito espacial y temporal de validez son prescripciones, transitorias o permanentes, de derecho parlamentario internacional por oposición a estatal, local o municipal; c) por su ámbito personal de validez, obliga a los parlamentarios que se rijan por el estatuto que las contenga; d) en cuanto a su jerarquía, son normas revestidas de carácter autónomo nacional y subordinadas a la constitución que rija, según el caso, los estados asociados en una comunidad internacional o a los estados que conforman una federación, en el ámbito local.Entre las Líneas En sentido general, el ceremonial parlamentario o legislativo, establece la forma de cómo realizarse todos los actos jurídicos, políticos o protocolarios propios de la actividad que desempeñan las asambleas, así como también determina las solemnidades que deben observarse durante la ejecución de los mismos. El contenido particular que subyace en cada acto legislativo exige una forma singular y propia. Dependiendo del tipo de acto que se realice -sean de orden interno o de relación externa- existe una correspondencia de observancia entre la forma cómo deben ejecutarse diversos actos y actuaciones, la norma reguladora contenida en los ordenamientos legales y las consecuencias que produce su inobservancia.

Más Detalles

Por la variedad de los actos que realizan los cuerpos parlamentarios, el ceremonial se convierte en el ordenamiento casuístico de hipótesis formales, definidas y obligatorias que se particularizan en casos y situaciones concretas. Por la fuerza legal que revisten los actos de una asamblea o congreso, las reglas del ceremonial están informadas de un carácter público por estar destinadas a regular la actividad de un órgano del poder público y, por tal razón, devienen de orden público, por su observancia obligatoria; al caso se citan dos ejemplos: el juramento constitucional que debe prestar el titular del Poder Ejecutivo al ocupar el cargo o, la manera en que debe redactarse el documento que contiene la promulgación de leyes y las firmas que deben autentificarlo. Por ello, el ceremonial se entiende referido a la realización de actos, eventos especiales o celebración de ceremonias; el protocolo, al orden de su secuencia y al trato, rango y dignidad que debe otorgarse a quienes en ellas participan: la solemnidad son las fórmulas sacramentales que deben revestir las declaraciones o resoluciones de la asamblea durante los actos ceremoniales. Todo ello se rige por un conjunto de normas o fórmulas preceptuadas en los ordenamientos originariamente emitidos por la asamblea constituyente (el caso de la constitución) o por las asambleas ordinarias (el caso de las leyes orgánicas, reglamentarias, constitucionales o de cualquier otro tipo y rango). Hay que advertir como la forma -que comprende los elementos de carácter exterior, sensibles, que rodean o cubren a los actos de voluntad, o a los hechos de la vida social- aparece consustancial a todos los ámbitos culturales en que se plasma la voluntad humana. Así como en la perspectiva del derecho y de las ramas que se corresponden, el continente formal viene explicado por el conjunto de los elementos sensibles que revisten exteriormente los fenómenos, cuando tienden a la creación, modificación, transmisión o extinción de los derechos subjetivos y cuyos efectos dependen de cierta medida de la observancia de esos elementos sensibles según exigencias de la organización jurídica del momento.Entre las Líneas En suma, el ceremonial protege la expresión de la voluntad legislativa y previene el comportamiento de los miembros de una Asamblea para observar ciertas normas de orden y prelación a fin de asegurar el desarrollo regular de las actividades: para facilitar la mecánica interna que debe cumplir la conducción de cualquier evento; para seguir la secuela procedimental o de trámite de un asunto o negocio público: o, incluso, para revestir de la solemnidad apropiada a los actos jurídicos, necesarios para la creación, expedición, promulgación y publicación de las leyes, acuerdos y decretos provenientes de los órganos del Poder Legislativo.

Ceremonial en el Derecho Parlamentario

[rtbs name=”parlamentarismo”]Nota: Un análisis sobre este tema, referido a México, está contenido en la plataforma digital mexicana.

Ceremonial en el Derecho Parlamentario

[rtbs name=”parlamentarismo”]Nota: Un análisis sobre este tema, referido a México, está contenido en la plataforma digital mexicana.

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Ceremonial en el Derecho Parlamentario

[rtbs name=”parlamentarismo”]En esta sección se ofrece un examen y referencias cruzadas de ceremonial en el ámbito del derecho comparado e internacional, en este contexto.

Consideraciones Generales

Hace referencia la expresión “ceremonial”, en esta plataforma global, fundamentalmente a la designación de cualquier actividad oficial con significado político, histórico, diplomático, ritual o tradicional, y el cumplimiento de la etiqueta en esas formalidades.Entre las Líneas En esta plataforma, los conceptos y temas relacionados con ceremonial incluyen los siguientes: Cementerios nacionales

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

, Historia, Tiempo, Servicio diplomático y consular, Aniversarios históricos, Feriados. Para más información sobre ceremonial en un contexto más anglosajón, puede verse, en inglés, Ceremonies

(ceremonial).

Recursos

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Véase También

Bibliografía

CAMPOSECO CADENA, Miguel çngel, Manual de temas legislativos, edición del autor, México, 1983.

HERNçNDEZ VALLES, Rubén, Derecho Parlamentario Costarricense, Investigaciones Jurídicas, San José, Costa Rica, 1991.

ROBERT, Henrry M., Reglas de orden revisión de Robert, Carlos Palomar (trad.), Unión Tipográfica Editorial.

Hispanoamericana, México, 1964.

TEUTLI OTERO, Jesús, El ceremonial en derecho legislativo mexicano, Cámara de Diputados, XLVIII Legislatura del.

Congreso de la Unión, México, 1973.

Recursos

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Véase También

Bibliografía

CAMPOSECO CADENA, Miguel Ángel, Manual de temas legislativos, edición del autor, México, 1983.

HERNÁNDEZ VALLES, Rubén, Derecho Parlamentario Costarricense, Investigaciones Jurídicas, San José, Costa Rica, 1991.

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ROBERT, Henrry M., Reglas de orden revisión de Robert, Carlos Palomar (trad.), Unión Tipográfica Editorial Hispanoamericana, México, 1964.

TEUTLI OTERO, Jesús, El ceremonial en derecho legislativo mexicano, Cámara de Diputados, XLVIII Legislatura del Congreso de la Unión, México, 1973.

Recursos

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Véase También

Bibliografía

CAMPOSECO CADENA, Miguel Ángel, Manual de temas legislativos, edición del autor, México, 1983.

HERNÁNDEZ VALLES, Rubén, Derecho Parlamentario Costarricense, Investigaciones Jurídicas, San José, Costa Rica, 1991.

ROBERT, Henrry M., Reglas de orden revisión de Robert, Carlos Palomar (trad.), Unión Tipográfica Editorial Hispanoamericana, México, 1964.

TEUTLI OTERO, Jesús, El ceremonial en derecho legislativo mexicano, Cámara de Diputados, XLVIII Legislatura del Congreso de la Unión, México, 1973.

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