Codificación del Derecho Civil
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La Codificación en General
La codificación, en sentido amplio y en el campo del derecho internacional, es el proceso por el cual las reglas del derecho se plasman, organizan y comprometen en forma escrita.
La Codificación Moderna en General
Hechos y Causas
En determinados momentos, los pueblos tienden a ordenar y agrupar todas sus normativas jurídicas vigentes. Ello obedece entre otros, a las siguientes causas:
- La necesidad de facilitar el conocimiento del Derecho, cuando este se encuentra en una multitud de normas dispersas.
- La conveniencia de sustituir normas casuísticas, por otras que establezcan principios generales.
- El deseo de unificar las Legislaciones, imperantes en un estado.
- Introducción de cambios radicales derivados de una Revolución Social.
Formas de Codificación:
Las agrupaciones y ordenación de normas que caracterizan a la Codificación pueden ser de dos maneras:
- Recopilación: Es la recolección en forma de yuxtaposición cronológica de las normas.
- La Codificación propiamente dicha: Consiste en reunir todas las Leyes de un sistema jurídico, o por lo menos de una rama del Derecho en una sola Ley General.
Inconvenientes y Ventajas de la Codificación:
- Inconvenientes: Kart Von Savigny, propugnaba que la Codificación favorecía la creencia de que el Legislador es “Omnipotente”, lo que lleva a olvidar las demás “Fuentes del Derecho”; y como la sociedad es cambiante, al poco tiempo de entrar en vigencia un Código, este viene a ser inadecuado frente a las crecientes exigencias de la sociedad.
- Ventajas: Según Thibaud la Codificación facilitaba el conocimiento y la aplicación del Derecho, la elaboración de normas generales para sustituir normas casuísticas; daba además, ventajas políticas como la Unificación y la Revolución Social. Para evitar los inconvenientes señalados por Savigny, era necesario hacer una revisiónperiódica del Código y promulgar nuevas leyes escritas.
Derecho Civil y Código Civil en el Derecho Moderno:
El Derecho Civil, actualmente se caracteriza por la Codificación de las normas de esta rama del Derecho, aunque en algunos momentos, se llegara a creer de forma exagerada que el Derecho Civil está contenida en el Código Civil. Hoy día se reconoce, que todas las Leyes presentan lagunas, y que además existen, otras Leyes Civiles (Leyes de Venta con Reserva de Dominio y la Ley de Propiedad Horizontal).Si, Pero: Pero conviene estudiar la Codificación Moderna, porque es fenómeno más importante de la actual etapa de evolución de nuestro Código Civil.
Autor: Livia Hernández
Principales Etapas de la Codificación Moderna
Código Napoleónico de 1804 (Código de los Franceses):
El Código Napoleónico o de Napoleón es el primer Código Moderno de la Edad Contemporánea aunque no es el primero en orden cronológico, ya que antes se promulgó el Landrecht Prusiano de1743 y 1794. el Código Napoleónico, tiene su origen, durante la Asamblea Constituyente de 1790, en donde se acordó dictar el Código de Leyes Civiles Comunes al Reino. El Código de 1804 obedeció a la necesidad de unificar, los dos sistemas jurídicos vigentes en Francia (el Sistema Romano del Sur y el Sistema Germánico del Norte), así como también, el deseo de introducir reformas inspiradas por la Revolución Francesa.
Códigos Americanos del siglo XIX:
La necesidad de lograr la unificación política y de introducir reformas, unidas a veces a una reacción en contra las antiguas potencias colonizadoras, hizo que en la América del siglo XIX se desarrollaran diferentes movimientos de Codificación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).Entre las Líneas En algunos países se adoptó el Código Napoleónico (Haití y Santo Domingo), en otros se lo limitó a través del Código Italiano de 1865 (Venezuela), mientras que las corrientes del Código Español prevaleció en Cuba y Panamá; pero hubo tres manifestaciones bastante originales:
- Código Civil Chileno: Promulgado en 1857, es una obra individual de Andrés Bello, destacándose por su claridad, esmero y originalidad, aunque a veces posee recargos casuísticos y doctrinarios.
- Código Civil Brasileño (Proyecto de Freitas): No llegó a ser aprobado en su país, pero tuvo una gran influencia fuera del Brasil.
- Código Civil Argentino: Basado en el proyecto de Velez Sarsfield, Freitas y García Goyena, el Código Napoleónico y Chileno; es criticado por su excesiva extensión, casuismos, redundancias y contradicciones individualistas.
Código Civil Alemán (B.G.B.):
La Codificación Alemana, tropezó con la oposición de Savigny y la creación del Imperio Alemán (1871-1918), exceptuando este la constitución de un “Órgano Legislativo”.Entre las Líneas En 1874 se designó una comisión que formuló un proyecto en 1888. Rechazado este proyecto, se escogió una nueva comisión integrada por juristas y representantes de los sectores políticos y económicos, que presentó un segundo proyecto en 1895, entrando en vigencia en 1900 junto con una Ley de Introducción.
Codificación Civil de Suiza:
En 1881, se aprobó un Código de Obligaciones, que posteriormente fue reformado; permitiendo dictar un Código Civil, entrando este en vigencia el 1º de Enero de 1912. La Codificación Suiza, reúne la sistematización y carácter científico alemán con la claridad y sencillez del Código Francés, dejando un amplio margen de criterio al juez.
Código Brasilero de 1916:
Compendia muchas corrientes, la Tradición Portuguesa, Proyectos Brasileros Anteriores, el Código Francés, Alemán, los Códigos Civiles de España, Argentina, Italia y de otros países. Su autor fue Clovis Bevaliqua, cuyo proyecto fue aprobado en 1916, rigiendo desde el 1º de Enero de 1917; en 1942 se le agregó una Ley Introductoria, parecida a la Alemana y en 1976 fue objeto de una extensa reforma.
Código Soviético de 1922:
Entró en vigencia el 1º de Enero de 1923. Su proyecto fue elaborado por el profesor Hoichbach en tres meses, lo que explica algunos de sus defectos, tales como sus frecuentes antinomias. La parte mas importante, es el “Derecho de las Obligaciones”, donde se refunden, el Derecho Zarista, Suizo y Alemán. Se caracteriza por eludir las expresiones técnicas, dejar amplio margen al juez, dar gran importancia a la aplicación administrativa del Derecho y eliminar el principio de autonomía de la voluntad.
Código Civil Mexicano de 1928:
Es un código largo, que se caracteriza por constituir la más fuerte reacción contra el individualismo dentro de los códigos occidentales.
Código Civil Italiano de 1942:
Su preparación comenzó en bajo la dirección de Scialoja. Su propósito original fue el de poner al día el Código de 1865 e introducir nuevas concepciones Fascistas en el Derecho; aunque los proyectistas, prácticamente no atendieron este último designio. El Código de 1942, introduce en el mundo Latino grandes innovaciones que en buena parte tienen origen Alemán, y se caracteriza por la unificación del Derecho Privado (Externo e Interno).
Código Civil Portugués de 1967
Entró en vigencia el 1º de Junio de 1967, bajo el gobierno de Antonio Oliveira Salazar; fue un admirable texto legal que se destacó por su alto nivel científico, la resolución de numerosas controversias de los “Derechos del Sistema Francés” y el hecho de mantener dentro de este sistema una “Fisonomía Propia”.
Autor: Livia Hernández
Codificación en el Siglo XIX
Serán los Códigos fruto de la burguesía liberal triunfadora de la Revolución francesa. Esta nueva clase social emergente se erigirá en soporte de la codificación civil, tras el fracaso del orden feudal del Antiguo Régimen. Será, pues, esta nueva clase (la burguesía) con su creencia ilimitada en la razón, su afán de lucro y su propósito de dominar la economía, el impulso para llegar a cabo la codificación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Ello no empece para que dicha clase social plasme en la codificación sus propios designios: propiedad ilimitada, libertad absoluta de contratación, jerarquización familiar, discriminación filial, servidumbre doméstica, amplia autonomía testamentaria, individualismo frente a corporativismo, preeminencia de los negocios jurídicos de cambio, entre otros. Se incorporan a los códigos los principios de la moral burguesa como la equidad contractual, buena fe, buenas costumbres, orden público, ilicitud de la causa o del objeto del negocio jurídico, entre otros.
La importancia del Derecho civil
El inicio de este periodo comienza en 1808 en que se abre una etapa de hundimiento de la monarquía absoluta y del Antiguo Régimen, que conduce a una transformación a través de la revolución liberal.
Durante este período el Código tiene un significado mucho más preciso: es un ideal a alcanzar por parte de las naciones europeas y no una simple recopilación, muchas de las veces realizada anárquicamente. Es de destacar el Código alemán, Bürgerliches Gesetzbuch, y el Código civil francés, Code civil.
La Codificación que se lleva a cabo durante el siglo XIX está caracterizada por las exigencias de claridad y sistematización derivadas del iusracionalismo, y se ve reforzada por los ideales sociopolíticos de la concepción liberal-burguesa de finales del siglo XVIII.
Esta Codificación decimonónica requería las siguientes premisas para que se pudiera producir:
1.Introducción de criterios económicos cuando se formulaban reglas jurídicas.
2.La derogación del Derecho anterior para evitar situaciones conflictivas en el caso de coexistencia de normas incompatibles.
3.La simplificación del Derecho.
Desde este punto de partida de la Codificación destacando su carácter “unificador” y “simplificador” constituye el punto de partida para hacer referencia a dicha situación en nuestro país. Es de imprescindible cita en este momento hacer referencia la dicotomía que existe en la historia moderna del Derecho civil: la coexistencia de diversos regímenes jurídico-privados que impiden la ansiada unificación y provocan problemas relacionados con el Derecho común. Durante el siglo XIX se intenta acometer una obra codificadora siguiendo la estela marcada por los países europeos.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
La codificación es el resultado final del largo proceso indicado, con la transformación de la propiedad y habiéndose alcanzado el conjunto de los derechos individuales. Gira en torno al sistema económico que rige las relaciones personales de los individuos. El sistema feudal, existente a principios del siglo XIX, no resulta adecuado para la satisfacción de las necesidades que imperan en la sociedad, por lo que impera la necesidad de ser transformado. Se produce una relación intensa entre constitucionalismo y codificación, ya que irán unidas y representarán el cambio del sistema social, económico y político. La Codificación será sinónimo de transformación de la propiedad, y la Constitución la plasmación eficaz que consolida el cambio. (…)
Esta transformación del sistema económico y social no es instantánea, sino que se produce paulatinamente, con la transformación de la propiedad de la tierra. Este proceso se produce a lo largo del siglo XIX, como ya hemos indicado, y la legislación se orienta al logro de las indicadas transformaciones. (…)
Los Códigos tienen como finalidad asegurar la libertad civil del individuo en su vida privada contra las ingerencias indebidas del poder político, del mismo modo que la Constitución tiene como fin garantizar la libertad política de los ciudadanos en las relaciones con el Estado.
Fuente: Francisca Ramón Fernández, Prospectiva del Derecho Civil Foral Valenciano, 2011
La codificación del Derecho civil en el Derecho Civil español
El sentido histórico de la codificación civil
Los Códigos civiles
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
Bibliografía
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