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Consecuencias de la Difamación

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Consecuencias de la Difamación

Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] El derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen son derechos constitucionales. El honor se entiende, jurídicamente, como una manifestación de la dignidad de las personas.

Las injurias, calumnias y difamaciones (mentiras en distintos grados, en lenguaje coloquial) son delitos contra el honor recogidos en el código penal.

No es una materia simple, y tiene distintas interpretaciones y derivadas (honor interno o percepción interior de la dignidad, honor externo, percepción en los demás, daño y grado de daño provocado por las injurias, su contexto).

A través de redes sociales en Argentina

En el marco de los delitos contra el Honor nos encontramos ante escenarios que se presentan bajo formas totalmente diferentes a la que acostumbrábamos años atrás. En los delitos contra el honor de la personas producidos en el marco de estos escenarios modernos que de por si constituyen las redes sociales el daño que generan las manifestaciones ofensivas y agraviantes puede ser mayor a los acostumbrados ya que el medio es instantáneo, viral y mucho más potente que los medios tradicionales.

Hoy los hechos punibles contra el honor encontraron un marco diferente, a los clásicos escenarios de antaño. Las redes sociales se han convertido en un vehículo hábil para trasportar y propagar todo tipo de ofensas al honor y a la reputación de las personas y existe un desconocimiento profundo acerca de los alcances de las manifestaciones realizadas en las cuentas personales, incluso hay quienes creen que las redes sociales están hechas para escribir lo que uno quiere y cuando uno quiere y que de lo que se escribe en una computadora una tablet o un smartphone en una red social escapa de la responsabilidad penal propia de toda persona que se excede en los límites y entre en el campo de una afectación a lo que podemos denominar El catalogo de los delitos es decir el Código Penal. Tengo que decirles que no es así.

Cuando nos toca hablar sobre las consecuencias de manifestaciones contra el honor y reputación a las personas a través de redes sociales, encontramos que estas pueden tener mayor envergadura a modo de ejemplo citamos una difamación producida a través de medios tradicionales, esta haría que el autor, redactor y editor en un caso concreto fueran igualmente responsables a contrario de lo que ocurre con las redes sociales donde toda la responsabilidad recae en el autor, es decir el titular de la cuenta de la que proviene el agravio.

Las redes Sociales tradicionales como el facebook y el twitter ceden sus plataformas para que los usuarios se relacionen intercambien ideas, informaciones en otras palabras tengan una conversación interactiva, ahora bien cuando un comentario es hiriente, agraviante o falso da pie a que el afectado ejerza acciones penales contra el autor, quien no por el hecho de escribir tras una medio de almacenamiento, ya sea Smartphones o computadoras a través de una cuenta creada en una red social queda eximido de culpa.

Autor: Ab. Secundino Méndez D., Buenos Aires, A

Calumnias e Injurias en España: Prescripción

Dice la Sentencia 00185/2011 de la Audiencia Provincial de Cáceres lo siguiente:

“Los delitos de calumnias y de injurias prescriben al año, algo taxativo en la normativa, que es lo alega la parte apelante, algo en lo que no lleva razón. Y no lleva razón porque el procedimiento no ha estado paralizado un año entero, de fecha a fecha, tal y como se ha puesto de manifiesto a través del recorrido cronológico que hemos hecho en el fundamento anterior. No nos dejemos engañar por el hecho de que el juicio señalado para septiembre del año 2007 no se haya celebrado hasta ahora. Es ello algo llamativo, por supuesto, pero no incurre en causa de prescripción tal y como insta la parte. Una cosa es que el trámite se haya dilatado en el tiempo, que no se haya estado encima del asunto, o que se hayan producido eventos de todo punto imprevisibles que hayan obligado a suspender el juicio, tales como que no comparecían los testigos, que la Magistrada se indispusiera cuándo se estaba celebrando la vista, que la Titular del Juzgado se abstuviera del conocimiento del asunto, o que hubiera que localizar a un testigo incomparecido.

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Todo ello está en las actuaciones y ha conducido a la situación actual, es verdad. [rtbs name=”verdad”] Pero ello tendrá (en su caso) repercusión en el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas, algo que ya se verá; pero no en la prescripción del delito de calumnia e injuria, ya que el proceso ha estado en todo este tiempo y durante todo este tiempo dirigido contra el acusado, que si ha visto que no se celebraba la vista a lo largo del tiempo ha sido a causa de todo lo expuesto. Que aparte de esos imponderables e imprevistos el asunto hubiera merecido más atención, es del todo cierto; pero ello, se reitera, incidirá en la temática de una posible dilación indebida y no en la prescripción del delito de calumnia e injuria que la apelante-condenada alega, ya que disentimos de ella en lo que ha ocurrido durante los tiempos habidos entra señalamiento y señalamiento; se han hechos cosas, se han acordado diligencias, se ha tramitado la abstención de la Magistrada titular del Juzgado, y nunca ha transcurrido un año entero sin que en el asunto se haya hecho o acordado algo; nunca ha estado el proceso “dormido” ni abandonado.”

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7 comentarios en «Consecuencias de la Difamación»

  1. Nancy

    Hola, estoy siendo víctima de difamación por Facebook. El responsable de la cuenta me ha insultado y caracterizado de corrupta entre otras cosas sin fundamentos, exponiendo en una publicación de su cuenta, mis nombres y apellido.

    Esto me está trayendo serios problemas sociales y laborales, ya que soy profesional y trabajo exponiendo mi identidad.

    Que puedo hacer?

    Responder
  2. Juan José

    hola, esto siendo víctima de calumnias por Facebook y por Twitter desde un perfil falso, el cual escribe a mis conocidos falsas acusaciones contra mí. Quisiera saber qué se puede hacer frente a este lamentable hecho

    Responder
  3. La difamación a través de internet es una de las mayores bajezas que comete el ser humano, y las personas deben comprender que no hay ninguna diferencia entre atentar a la dignidad de las personas en la calle, en un medio escrito, por email, por BBM o a través de la red. Es el mismo delito, usando distintos medios.

    Responder
  4. Un espacio en el cual se puede acusar alegremente a otra persona, injuriarla o difamarla, sin reparar en las consecuencias de esos actos. La sensación de impunidad al usar las redes sociales es un arma peligrosa en manos de quien no conoce sus límites.

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  5. La calumnia daña la salud de la sociedad, destruye la justicia social y muestra lo que es justo como injusto y al revés. La calumnia, muestra culpable a las personas inocentes y daña su crédito. Cuando la sociedad y el pueblo acepten y crean en las calumnias; lo justo se mostrara como injusto y lo incorrecto será aceptado como algo correcto.

    En una sociedad donde existe la acusación, la buena intensión se convierte en mala, se acaba la confianza general del pueblo y se propicia el terreno para el surgimiento del caos en la misma. Esto significa que cada persona se atreve a decir lo que quiere y pronunciar cualquier mentira y acusación. En una sociedad que existe mucha acusación, la amistad se convierte en la maldad y hostilidad, el pueblo se dispersa y la convivencia es más lejana; ya que la amabilidad ya no existe en sus corazones y cada persona está preocupada de que sean acusadas por los demás.

    La calumnia daña al honor de las personas que son victimas de la misma . El honor es un concepto con diversas variaciones.

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  6. Debo decir que me había equivocado radicalmente; si he murmurado, tengo que compensar mi difamación hablando cosas buenas del afectado; si he insultado, debo pedir disculpas, públicamente, si el insulto fue público; si he revelado un secreto, debo reparar lo mejor que pueda las consecuencias …

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  7. Las personas escriben ofensas que jamas dirían personalmente. Sucede en todos lados, el ámbito laboral no es la excepción y pasa mucho mas de lo que se cree, trayendo terribles consecuencias en la organización, el desempeño grupal e individual y la vida familiar y social de las personas.

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