Cuestiones De Competencia Negativa
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Cuestiones De Competencia Negativa en el Derecho Español
Cuestiones De Competencia Negativa a finales del Siglo XX
En el Diccionario Jurídico Espasa, Cuestiones De Competencia Negativa se define como:
En virtud del principio de tasación de competencia, tanto las autoridades administrativas, como las judiciales, pueden y deben declararse incompetentes, previo el oportuno asesoramiento (informe del fiscal o asesor), cuando se someta a su decisión algún negocio cuyo conocimiento no se corresponda.
La declaración de incompetencia se notificará al interesado, que, previo los correspondientes recursos, podrá acudir a la jurisdicción que resulte competente Si ésta se declara incompetente, una vez que sea firme la resolución, el interesado podrá instar la cuestión de competencia negativa.
Para acabar vamos a referirnos brevísimamente al conflicto de atribuciones.
La existencia de una multiplicidad de órganos administrativos y la profusión de normas de este carácter en ocasiones de difícil interpretación, puede dar lugar a que dos órganos se crean competentes para conocer del mismo asunto o, inversamente, estimen que carecen de atribuciones para pronunciarse sobre él La cuestión tiene escasa importancia cuando se suscita entre dos órganos ligados entre sí por una relación de dependencia jerárquica, pues entonces el propio contenido de la jerarquía administrativa impedirá que se produzca un conflicto, toda vez que el inferior habrá de someterse al criterio del superior (V art 84º y 5º LPA)
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Más complejo es el problema cuando se suscita entre dos órganos independientes entre sí jerárquicamente, pues en tal caso se producirá una situación de conflicto cuya resolución ha de prever el ordenamiento jurídico para evitar que se paralice la actuación administrativa A este conflicto se le denomina conflicto de atribuciones y, de acuerdo con lo expuesto, podemos definirlo como aquella situación que se da cuando dos órganos entre los que no existe una relación de subordinación pretenden tener o carecer de competencia para conocer de un asunto sometido a su consideración [JT-F]
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