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Declinatoria

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Declinatoria

Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] Nota: puede interesar también la información relativa a la Declinatoria de Jurisdicción.

Declinatoria en el Derecho Español

Según el Diccionario Jurídico Espasa, Declinatoria significa y se describe de la siguiente manera:

Cuestión de competencia que se plantea para que juez o Tribunal que está conociendo de un proceso se declare incompetente.

En los arts. 63 a 65 de la L.E.C.2000 se dice:

Mediante la declinatoria, el demandado y los que puedan ser parte legítima en el juicio promovido podrán denunciar la falta de jurisdicción del tribunal ante el que se ha interpuesto la demanda, por corresponder el conocimiento de ésta a tribunales extranjeros, a órganos de otro orden jurisdiccional o a árbitros.

También se propondrá declinatoria para denunciar la falta de competencia de todo tipo. Si la declinatoria se fundare en la falta de competencia territorial, habrá de indicar el tribunal al que, por considerarse territorialmente competente, habrían de remitirse las actuaciones.

La declinatoria se propondrá ante el mismo tribunal que esté conociendo del pleito y al que se considere carente de jurisdicción o de competencia.

Aviso

No obstante, la declinatoria podrá presentarse también ante el tribunal del domicilio del demandado, que la hará llegar por el medio de comunicación más rápido posible al tribunal ante el que se hubiera presentado la demanda, sin perjuicio de remitírsela por oficio al día siguiente de su presentación.

La declinatoria se habrá de proponer dentro de los diez primeros días del plazo (véase más en esta plataforma general) para contestar a la demanda, o en los cinco primeros días posteriores a la citación para vista, y surtirá el efecto de suspender, hasta que sea resuelta, el plazo (véase más en esta plataforma general) para contestar, o el cómputo para el día de la vista, y el curso del procedimiento principal.

Suspensión del Procedimiento

La suspensión del procedimiento principal producida por la alegación previa de declinatoria no obstará a que el tribunal ante el que penda el asunto pueda practicar, a instancia de parte legítima, cualesquiera actuaciones de aseguramiento de prueba, así como las medidas cautelares de cuya dilación pudieran seguirse perjuicios irreparables para el actor, salvo que el demandado prestase caución bastante para responder de los daños y perjuicios que derivaran de la tramitación de una declinatoria desprovista de fundamento.

La caución podrá otorgarse en dinero efectivo, mediante aval solidario de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento emitido por entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o por cualquier otro medio que, a juicio del tribunal, garantice la inmediata disponibilidad, en su caso, de la cantidad de que se trate.

Al escrito de declinatoria habrán de acompañarse los documentos o principios de prueba en que se funde, con copias en número igual al de los restantes litigantes, que dispondrán de un plazo (véase más en esta plataforma general) de cinco días, contados desde la notificación de la declinatoria, para alegar y aportar lo que consideren conveniente para sostener la jurisdicción o la competencia del tribunal, que decidirá la cuestión dentro del quinto día siguiente.

Razones por la Declinatoria

Si la declinatoria fuese relativa a la falta de competencia territorial, el actor, al impugnarla, podrá también alegar la falta de competencia territorial del tribunal en favor del cual se pretendiese declinar el conocimiento del asunto.

Si el tribunal entendiese que carece de jurisdicción por corresponder el conocimiento del asunto a los tribunales de otro Estado, lo declarará así mediante auto, absteniéndose de conocer y sobreseyendo el proceso.

Del mismo modo procederá el tribunal si estimase la declinatoria fundada en haberse sometido el asunto a arbitraje.

Si el tribunal considera que carece de jurisdicción por corresponder el asunto de que se trate a los tribunales de otro orden jurisdiccional, en el auto en el que se abstenga de conocer señalará a las partes ante qué órganos han de usar de su derecho. Igual resolución se dictará cuando el tribunal entienda que carece de competencia objetiva.

Si se hubiere interpuesto declinatoria relativa a la competencia territorial y ésta no viniere determinada por reglas imperativas, el tribunal, para estimarla, habrá de considerar competente al órgano señalado por el promotor de la declinatoria.

El tribunal, al estimar la declinatoria relativa a la competencia territorial, se inhibirá en favor del órgano al que corresponda la competencia y acordará remitirle los autos con emplazamiento de las partes para que comparezcan ante él en el plazo (véase más en esta plataforma general) de diez días. [P.S.R.].

Declinatoria en Derecho Procesal

La declinatoria es una excepción procesal que sirve para que el demandado denuncie la falta de jurisdicción o de competencia (véase competencia judicial ) del tribunal ante el que se ha interpuesto la demanda.

La declinatoria es una excepción procesal: consiste en la alegación por parte de quien ha sido demandado en un proceso civil de la falta de un presupuesto procesal del órgano jurisdiccional.Entre las Líneas En concreto, a través de la declinatoria, en el derecho procesal español, se puede denunciar:

  • La falta de jurisdicción del Tribunal ante el que se ha interpuesto la demanda, por corresponder el conocimiento de la misma a tribunales extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) (falta de competencia judicial internacional), a órganos de otro orden jurisdiccional o por haberse sometido a arbitraje o mediación la controversia.
  • La falta de competencia objetiva
  • La falta de competencia territorial.

Esta excepción la puede proponer el demandado -y los que puedan ser parte legítima de un proceso-, y lo ha de hacer ante el mismo tribunal que está conociendo de dicho proceso, que es el competente para resolver este incidente, o ante el tribunal de su domicilio -que la remitirá al competente-.Entre las Líneas En el juicio ordinario, la declinatoria se ha de plantear por el demandado dentro de los diez primeros días del plazo de veinte que tiene para contestar; en el juicio verbal, en los cinco primeros días posteriores a la citación para la vista. La forma de proponerla será por medio de escrito, al que hay que acompañar los documentos o principios de prueba en que se funde.Entre las Líneas En el caso concreto de que se denuncie la falta de competencia territorial, es necesario que en dicho escrito se indique cuál es el tribunal que el demandado considera competente, puesto que, en este último caso, el tribunal que conoce de este incidente sólo estimará la declinatoria si considera competente al órgano señalado por el promotor de la declinatoria.

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Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Una vez planteada la declinatoria, se suspende el procedimiento principal hasta que sea resuelta y se concede al actor un plazo de cinco días para que conteste. A continuación, el Tribunal resolverá por medio de auto.

En el proceso penal, la declinatoria también es una excepción procesal a través de la cual las partes y el Ministerio Fiscal pueden denunciar la falta de jurisdicción (jurisdicción española, jurisdicción ordinaria-jurisdicción militar) y la falta de competencia (objetiva, funcional o territorial) del órgano jurisdiccional. Tal excepción se ha de promover ante el órgano jurisdiccional que se repute incompetente, y se ha de sustanciar como artículo de previo pronunciamiento.

Autor: Cambó

Declinatoria

En relación a este acto procesal, a través del cual el proceso civil se realiza, esta sección sobre declinatoria examina, o redirecciona a otras partes de la presente plataforma donde se lleva a cabo su análisis, los apartados siguientes:

Concepto de Declinatoria

Para una definición alternativa y conceptos relacionados de declinatoria, véase en el diccionario de conceptos jurídicos.

Modalidades

Se recogen aquí los tipos o clases de este acto procesal.

Presupuestos

Aquí se analizan los presupuestos procesales de declinatoria.

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Requisitos de Declinatoria

Efectos de Declinatoria

Se analizan aquí los efectos legales que tiene declinatoria.

Tratamiento Procesal de Declinatoria

Junto a declinatoria, buena parte de las entradas sobre Derecho Procesal Civil pueden examinarse aquí.

Recursos

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Véase También

Bibliografía

  • Voz “Declinatoria” en el Diccionario de Derecho Procesal Civil, de Vicente Gimeno Sendra

Alcalá-Zamora y Castillo, Niceto. La teoría general del proceso y la enseñanza del derecho procesal, México, UNAM, 1974; Couture, Eduardo J. Fundamentos del derecho procesal civil, Buenos Aires, 1958; Gómez Lara, Cipriano, Teoría general del proceso: 2a. edición, México, UNAM, 1979; Ovalle Favela, José, Derecho procesal civil, México, Harla, 1980; Pina, Rafael de, Principios del derecho procesal civil, México, Ediciones Jurídicas Hispanoamericanas, 1940.

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