Derecho procesal
Este elemento es un complemento a las guías y cursos de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y un análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] Derecho procesal, esfera del ordenamiento jurídico constituida por el conjunto de las normas reguladoras de una serie o cadena de actos sucesivos, relacionados entre sí y desarrollados de un modo ordenado —el conjunto de los cuales se llama proceso— y tendentes a la obtención de un pronunciamiento judicial, en particular de una sentencia, y al subsiguiente cumplimiento de dicho fallo.
El proceso varía según que lo discutido ante los tribunales sea un derecho subjetivo privado (proceso civil), una relación laboral (proceso laboral), un acto en el que intervenga la Administración en cuanto tal (proceso contencioso-administrativo) o el esclarecimiento de un delito o falta (proceso penal).
La facultad de los órganos jurisdiccionales del Estado de pedir la aplicación de normas jurídicas a casos concretos, para entender sobre las causas antes descritas y mediante cualquiera de los procedimientos que resulten pertinentes se llama acción. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). El vínculo que se establece entre los órganos jurisdiccionales y quien hace valer su derecho de acción o defensa recibe el nombre de relación jurídica procesal.
El Derecho procesal solo tiene sentido y nace cuando se prescinde de la autodefensa para la solución de posibles controversias, cuando prohibe que cada uno tome la justicia por su mano, asumiendo el Estado la misión de tutelar los derechos de los ciudadanos en todos sus aspectos y el de declararlos en el supuesto de que se discutan o resulten dudosos o inciertos.
El Derecho procesal, cuyo rango puede considerarse subsidiario o accesorio, constituye un medio para lograr el fin de tutelar los derechos, pero no deja de ser una rama del Derecho público. Regula la actividad de los órganos públicos, los órganos jurisdiccionales, sus pronunciamientos, la eficacia de los mismos y el poder inherente a las medidas de ejecución y aseguramiento que implican causa, de un modo directo, y atañen a la potestad soberana del Estado. (1)
Legislación Procesal
La ley procesal es la que establece las normas de procedimientos judiciales en cualquiera de sus ramos o del procedimiento administrativo para resolver los conflictos entre partes o para el juzgamiento de asuntos de cualquier índole.
Características de la ley procesal
- Norma que rige el procedimiento judicial.
- Para resolver conflictos entre partes. Encargados de resolver conflictos jueces o tribunales de justicia.
- Pública. Porque interviene el Estado a través de los juzgados, según el procedimiento de ley.
- Instrumental. Sirve para seguir todos los lineamientos que establece la ley para poder aplicar correctamente la misma.
- Formal. Porque el Estado establece a través de la ley una serie de actividades que el juez no puede retirarse para garantizar el goce de las garantías constitucionales (el juez no puede variar las formas del proceso).
- Irretroactiva
- No se puede aplicar una ley derogada.Entre las Líneas En muchos países, los términos y plazos que hubiesen empezado a correr y las diligencias que ya estuvieren iniciadas, se regirán por la ley vigente al tiempo de su iniciación
Aplicación de la ley procesal
En función de las jurisdicciones:
- Que exista respecto de ella una disposición expresa en la ley, caso concreto.
- Que la aplicación de la norma (generalmente por los organismos y autoridades públicas, incluido las fuerzas y cuerpos de seguridad y orden público) al caso sea dudoso (hay dos normas a aplicar) se refiere a la interpretación.
- Que no existe disposición legal que resuelva la cuestión (“se hace una integración de la ley”).
- Aplicación de la ley procesal en el tiempo. Toda ley tiene vigencia ya sea temporal o hasta que se reforme.Entre las Líneas En general, la ley empieza a regir ciertos días (en unos países 8, en otros 20, etc) después de su publicación integra en el diario oficial, a menos que la misma amplíe o restrinja dicho plazo.Entre las Líneas En el cómputo de ese plazo (véase más en esta plataforma general) se suelen tomara en cuenta todos los días.
- Aplicación de la ley procesal en el espacio. La ley procesal está destinada a regir en un espacio territorial circunscrito por los limites en cada estado. La jurisdicción civil y mercantil, salvo disposiciones especiales de la ley, suele ser ejercida por los jueces ordinarios (aunque esto está variando en algunos países con respecto a la la jurisdicción mercantil). El proceso y la competencia jurisdiccional de los tribunales nacionales con respecto a personas extranjeras sin domicilio en el país se suelen regir, en general, de acuerdo con la ley del lugar en que se ejercite la acción o, en importantes casos, de acuerdo con la ley del lugar del demandado. El ámbito de aplicación de la norma (generalmente por los organismos y autoridades públicas, incluido las fuerzas y cuerpos de seguridad y orden público) se extiende a todo el territorio del país, el cual, en general, comprende el suelo, el subsuelo, la zona marítima terrestre, la plataforma continental, la zona de influencia económica y el espacio aéreo, tales como los definen las leyes y el derecho internacional
- Derogación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Las leyes se derogan por leyes posteriores. La forma en que esto tiene lugar puede variar. Lo usual es por declaración expresa de las nuevas leyes, por incompatibilidad de disposiciones contenidas en las leyes nuevas con las precedentes (aquí la derogación podría ser solo parcial), porque la nueva ley regule, por completo, la materia considerada por la ley anterior y por declaración de inconstitucionalidad, dictada en sentencia firme (esta derogación podría ser parcial o total). Por el hecho de la derogación de una ley no recobran vigencia, en general, las que esta hubiere derogado.
- La exegesis de la ley (la interpretación de la ley) es desentrañar el verdadero sentido de la ley se da desde el momento que el juzgado se encuentra en la situación de tener que resolver y que la ley es aplicable al caso.
Más Información
Los ordenamientos latinoamericanos suelen exigir que las normas se interpretaran conforme a su texto, según el sentido propio de sus palabras, a su contexto y de acuerdo con las disposiciones de la Constitución. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Cuando una ley es clara, no se desatenderá su tenor literal con el pretexto de consultar su espíritu.
Otros Elementos
Además, las disposiciones especiales de las leyes prevalecen, en términos generales, sobre las disposiciones generales de la misma o de otras leyes.
Legislación Procesal Española
La legislación procesal comprende las normas y leyes procesales del Ordenamiento Jurídico.
Las principales normas procesales españolas son las siguientes:
- Constitución Española (en cuanto contiene diversas disposiciones superiores de aplicación directa en el derecho procesal)
- Ley Orgánica del Poder Judicial
- Ley Orgánica del Tribunal Constitucional
- Ley reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia
- Legislación procesal civil (Ley de Enjuiciamiento Civil, condiciones generales de la contratación, propiedad horizontal, arrendamientos urbanos, patentes, marcas, competencia desleal, propiedad intelectual, venta a plazos y arbitraje)
- Legislación procesal penal (Ley de Enjuiciamiento Criminal, jurado y menores)
- Legislación procesal contencioso-administrativa (Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa)
- Legislación procesal laboral (Ley reguladora de la Jurisdicción Social).
Referencias
- Enciclopedia Microsoft® Encarta® 2009. Microsoft Corporation, 2008.
Véase También
- Absolución
- Juez
- Procurador
- Abogado
- Tribunal Supremo
- Tribunal Constitucional
- Sala del Tribunal
- Cosa Juzgada
- Recurso de Casación
- Apelación
- Recurso de Apelación
- Magistrado
- Demandante
- Demandado
- Demanda
- Proceso
- Jurisdicción
- Sentencia
- Juzgados
Bibliografía
Algunas Voces relacionadas con Derecho procesal en esta Plataforma Online
- Derecho Concursal, Sumario (en esta referencia legal)
- Derecho (en esta referencia legal)
- Derecho administrativo (en esta referencia legal)
- Derecho Aeronáutico (en esta referencia legal)
- Derecho al Olvido (en esta referencia legal)
- Derecho ambiental (en esta referencia legal)
- Derecho Civil (en esta referencia legal)
- Derecho Comercial Interno (en esta referencia legal)
- Derecho como Facultad (en esta referencia legal)
- Derecho consuetudinario (en esta referencia legal)
- Derecho de Autor (en esta referencia legal)
- Derecho de Familia (en esta referencia legal)
- Derecho de Humanidad (en esta referencia legal)
- Derecho de Internet (en esta referencia legal)
- Derecho de la Comunicación (en esta referencia legal)
- Derecho de Marcas, Sumario (en esta referencia legal)
- Derecho de Obligaciones (en esta referencia legal)
- Derecho de Obligaciones en India (en esta referencia legal)
- Derecho de Propiedad (en esta referencia legal)
- Derecho del Consumo (en esta referencia legal)
- Derecho del Espacio (en esta referencia legal)
- Derecho del Medio Ambiente (en esta referencia legal)
- Derecho Financiero Internacional (en esta referencia legal)
- Derecho Internacional (en esta referencia legal)
- Derecho internacional público (en esta referencia legal)
- Derecho matrimonial (en esta referencia legal)
- Derecho Matrimonial en India (en esta referencia legal)
- Derecho Mercantil (en esta referencia legal)
- Derecho Mercantil Internacional (en esta referencia legal)
- Derecho Penal (en esta referencia legal)
- Derecho Persa (en esta referencia legal)
- Derecho Político (en esta referencia legal)
- Derecho Privado (en esta referencia legal)
- Derecho procesal (en esta referencia legal)
- Derecho Público (en esta referencia legal)
- Derecho Social, Sumario (en esta referencia legal)
- Derecho Socialista (en esta referencia legal)
- Derecho Sucesorio en India (en esta referencia legal)
- Derecho Tecnológico (en esta referencia legal)
Definición de DERECHO PROCESAL en Derecho español
Conjunto de preceptos que regulan los actos, medios y formas a través de los cuales los particulares ejercitan su derecho de acudir a los Tribunales interesando la determinación del Derecho para el caso concreto.
Derecho Procesal en otras Referencias Legales
Derecho Procesal en la Plataforma
Derecho Procesal en el Diccionario Legal
Derecho Procesal en la Enciclopedia española del Derecho
Derecho Procesal en la Normativa española
A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto y Caracteres de Derecho Procesal
Definición y descripción de Derecho Procesal ofrecido por el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México: (escrito por Héctor Fix-Zamudio) Desde el punto de vista histórico, las disposiciones procesales que han tenido trascendencia en nuestro ordenamiento jurídico son las que tuvieron vigencia durante la época colonial, en virtud de que las de origen precortesiano poco influyeron con posterioridad a la conquista, y se aplicaron en forma muy restringida a través de su reconocimiento por las leyes españolas. De acuerdo con lo señalado por el destacado procesalista español Niceto Alcalá- Zamora y Castillo, profundo conocedor de nuestro derecho procesal, dicha materia como las restantes, estuvo regida por la legislación castellana, ya sea como fuente directa en un principio y posteriormente como supletoria para llenar vacíos del derecho indiano. El mismo tratadista considera que el derecho procesal de la Nueva España estuvo integrado por tres sectores: a) las leyes castellanas vigentes en el virreinato; las dictadas con carácter general para los diferentes territorios americanos, y las específicas para la Nueva España; b) junto a este conjunto legislativo subsistió en parte el derecho autóctono, ya que la Recopilación de 1680 confirmó las leyes y las buenas costumbres de los indígenas anteriores a la conquista, con tal que no fuesen contrarias a la religión católica y a las Leyes de Indias, y c) finalmente, la citada Recopilación de Leyes de los Reinos de las Indias, promulgadas por Carlos II el 18 de mayo de 1680, contiene algunas reglas sobre procedimiento, organización judicial, recursos y ejecución, pero tan incompletas que era necesario seguir aplicando a cada paso el derecho castellano, según el orden establecido por las Leyes de Toro es decir: Ordenanzas Reales, Fuero Real, Fueros Municipales, y en materia procesal, la partida I. De acuerdo con el mismo tratadista, proclamada la independencia siguieron aplicándose en el país azteca los cuerpos legales castellanos, y tras algunos intentos de reforma de alcance limitado, entre ellos el proyecto de ley de 1838 para el arreglo de la administración de justicia, se promulgó el 4 de mayo de 1857, la ley de procedimientos, también de inspiración española y que era a un tiempo orgánica, procesal civil y solo en un sector, regulaba la materia procesal penal. (…)
Derecho Procesal: Consideraciones Generales
Derecho Procesal
Derecho Procesal
Derecho Procesal
Definición de Derecho Procesal en Ciencias Sociales
[rtbs name=”home-ciencias-sociales”]Las normas jurídicas que rigen la práctica y el procedimiento de los tribunales, los procesos de examen, las pruebas, la investigación y la conducta de los funcionarios públicos. El derecho procesal tiene su origen en el derecho común (expresión que hace referencia en los países anglosajones normalmente al sistema de “common law”) (el derecho civil en Quebec) y en las sentencias judiciales basadas en la equidad, la justicia natural y el estatuto. (En general, aplicable a Canadá)Revisor: Lawrence
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Traducción al Inglés
Traducción al inglés de Derecho Procesal: Procedural Law
Véase También
Bibliografía
- Información acerca de “Derecho Procesal” en el Diccionario de Ciencias Sociales, de Jean-Francois Dortier, Editorial Popular S.A.
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
- Fundamentos democráticos Del derecho procesal
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
- Democracia del derecho procesal
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
Otras entradas sobre Instrumentos Legislativos en esta Enciclopedia Legal
- Derecho Laboral y de la Seguridad Social
- Convenios
- Reales Decretos
- Leyes Básicas de Derecho Procesal
- Derecho Mercantil
- Convenios Internacionales
- Reales Decretos Legislativos
- Derecho penal internacional
- Derecho medioambiental internacional
- Derecho Constitucional
- Derecho de los medios de comunicación
- Derecho Internacional de los Derechos Humanos
- Derecho y Política de Familia
- Derecho y ética médica
- Derecho del Espacio
- Derecho, teoría y política de la migración
- Derecho Islámico
- Derecho de Sociedades
- Derecho de la Aviación Pública
- Derecho Procesal
- Derecho de la discapacidad y derechos humanos
- Derecho Penal Internacional
- Teoría jurídica feminista
- Traducción jurídica
- Derecho de los conflictos armados
- Contrato de Seguro
- Elementos del Contrato de Seguro
- Derechos del Asegurador
- Póliza de Seguro
- Ley de Contrato de Seguro
.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Derecho Procesal en el Derecho
También de interés para Derecho Procesal:¿Cómo se define? Concepto y Caracteres de Derecho Procesal
Definición y descripción de Derecho Procesal ofrecido por el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México: (escrito por Héctor Fix-Zamudio) Desde el punto de vista histórico, las disposiciones procesales que han tenido trascendencia en nuestro ordenamiento jurídico son las que tuvieron vigencia durante la época colonial, en virtud de que las de origen precortesiano poco influyeron con posterioridad a la conquista, y se aplicaron en forma muy restringida a través de su reconocimiento por las leyes españolas. De acuerdo con lo señalado por el destacado procesalista español Niceto Alcalá- Zamora y Castillo, profundo conocedor de nuestro derecho procesal, dicha materia como las restantes, estuvo regida por la legislación castellana, ya sea como fuente directa en un principio y posteriormente como supletoria para llenar vacíos del derecho indiano. El mismo tratadista considera que el derecho procesal de la Nueva España estuvo integrado por tres sectores: a) las leyes castellanas vigentes en el virreinato; las dictadas con carácter general para los diferentes territorios americanos, y las específicas para la Nueva España; b) junto a este conjunto legislativo subsistió en parte el derecho autóctono, ya que la Recopilación de 1680 confirmó las leyes y las buenas costumbres de los indígenas anteriores a la conquista, con tal que no fuesen contrarias a la religión católica y a las Leyes de Indias, y c) finalmente, la citada Recopilación de Leyes de los Reinos de las Indias, promulgadas por Carlos II el 18 de mayo de 1680, contiene algunas reglas sobre procedimiento, organización judicial, recursos y ejecución, pero tan incompletas que era necesario seguir aplicando a cada paso el derecho castellano, según el orden establecido por las Leyes de Toro es decir: Ordenanzas Reales, Fuero Real, Fueros Municipales, y en materia procesal, la partida I. De acuerdo con el mismo tratadista, proclamada la independencia siguieron aplicándose en el país azteca los cuerpos legales castellanos, y tras algunos intentos de reforma de alcance limitado, entre ellos el proyecto de ley de 1838 para el arreglo de la administración de justicia, se promulgó el 4 de mayo de 1857, la ley de procedimientos, también de inspiración española y que era a un tiempo orgánica, procesal civil y solo en un sector, regulaba la materia procesal penal. (…)
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
.
A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto y Caracteres de Derecho Procesal
Definición y descripción de Derecho Procesal ofrecido por el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México: (escrito por Héctor Fix-Zamudio) Desde el punto de vista histórico, las disposiciones procesales que han tenido trascendencia en nuestro ordenamiento jurídico son las que tuvieron vigencia durante la época colonial, en virtud de que las de origen precortesiano poco influyeron con posterioridad a la conquista, y se aplicaron en forma muy restringida a través de su reconocimiento por las leyes españolas. De acuerdo con lo señalado por el destacado procesalista español Niceto Alcalá- Zamora y Castillo, profundo conocedor de nuestro derecho procesal, dicha materia como las restantes, estuvo regida por la legislación castellana, ya sea como fuente directa en un principio y posteriormente como supletoria para llenar vacíos del derecho indiano. El mismo tratadista considera que el derecho procesal de la Nueva España estuvo integrado por tres sectores: a) las leyes castellanas vigentes en el virreinato; las dictadas con carácter general para los diferentes territorios americanos, y las específicas para la Nueva España; b) junto a este conjunto legislativo subsistió en parte el derecho autóctono, ya que la Recopilación de 1680 confirmó las leyes y las buenas costumbres de los indígenas anteriores a la conquista, con tal que no fuesen contrarias a la religión católica y a las Leyes de Indias, y c) finalmente, la citada Recopilación de Leyes de los Reinos de las Indias, promulgadas por Carlos II el 18 de mayo de 1680, contiene algunas reglas sobre procedimiento, organización judicial, recursos y ejecución, pero tan incompletas que era necesario seguir aplicando a cada paso el derecho castellano, según el orden establecido por las Leyes de Toro es decir: Ordenanzas Reales, Fuero Real, Fueros Municipales, y en materia procesal, la partida I. De acuerdo con el mismo tratadista, proclamada la independencia siguieron aplicándose en el país azteca los cuerpos legales castellanos, y tras algunos intentos de reforma de alcance limitado, entre ellos el proyecto de ley de 1838 para el arreglo de la administración de justicia, se promulgó el 4 de mayo de 1857, la ley de procedimientos, también de inspiración española y que era a un tiempo orgánica, procesal civil y solo en un sector, regulaba la materia procesal penal. (…)
📬Si este tipo de historias es justo lo que buscas, y quieres recibir actualizaciones y mucho contenido que no creemos encuentres en otro lugar, suscríbete a este substack. Es gratis, y puedes cancelar tu suscripción cuando quieras: Qué piensas de este contenido? Estamos muy interesados en conocer tu opinión sobre este texto, para mejorar nuestras publicaciones. Por favor, comparte tus sugerencias en los comentarios. Revisaremos cada uno, y los tendremos en cuenta para ofrecer una mejor experiencia.Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
Bibliografía
Alcalá-Zamora y Castillo, Niceto, “Síntesis del derecho procesal (civil, mercantil y penal)”, Derecho procesal mexicano, México, Porrúa, 1977, tomo II; Alcalá-Zamora y Castillo Proceso, autocomposición y autodefensa; 2a. edición, México, UNAM, 1970; Alcalá-Zamora y Castillo, Niceto, Estudios de teoría general e historia del proceso (1945-1972), México, UNAM, 1974, 2 volúmenes.; Briseño Sierra, Humberto, Derecho procesal, México, Cárdenas, 1969-1970. 4 volúmenes.; Fix Zamudio, Héctor y Ovalle Favela, José, “Derecho procesal”, Introducción al derecho mexicano, México, UNAM, 1982, tomo II; Gómez Lara, Cipriano, Teoría general del proceso; 3a. edición México, D. F., UNAM, 1981.
▷ Esperamos que haya sido de utilidad. Si conoces a alguien que pueda estar interesado en este tema, por favor comparte con él/ella este contenido. Es la mejor forma de ayudar al Proyecto Lawi.
13 comentarios en «Derecho Procesal»