Diccionario de la Administración española
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Bibliografía española contemporánea del Derecho y la Política
Según la obra “Bibliografía española contemporánea del derecho y la política: 1800-1880, con tres apéndices relativos a la bibliografía extranjera sobre el derecho español, a la hispano-americana y a la portuguesa-brasileña: obra que sirve de complemento a los Estudios de bibliografía española y extranjera del derecho y del notariado: guía de los juristas y políticos.” Ordenada por Manuel Torres Campos (Ex-Bibliotecario de la Academia de Jurisprudencia y Legislación y del Ateneo de Madrid), ésta es la selección de bibliografía del siglo XIX en España:
“Martinet Alcubilla (D. Marcelo).-Diccionario de la Administracion española. Compilacion de la novísima legislación de España Peninsular y Ultramarina en todos los ramos de la Administración pública. Tercera edicion. Madrid, 1877-80. 8 tomos 400 rs.
La primera edicion es de 1858 y la segunda de 1868. Publica un Apéndice anual desde 1863. Hasta 1867 los Apéndices son para la primera edicion, desde 1868 hasta 1876 para la primera y la segunda, y desde 1877 para las tres.
Llevan el siguiente título:
- Boletín jurídico administrativo. Diccionario de la Administracion española. Apéndice correspondiente al año de 1877 (primero de la tercera edición). 1877. 1 tomo 28 rs.
- Apéndice correspondiente al año de 1878 (segundo de id.) 1878. 1 tomo 40 rs.
- Apéndice correspondiente al año de 1879 (tercero de id.) 1819. 1 tomo 40 rs.
- Apéndice correspondiente al año de 1880 (cuarto de id.) 1880. 1 tomo.. 40 rs. (En publicacion.)”
Otros detalles del Diccionario de la Administracion española
Editorial: Madrid, Administración: Arco de Santa María, 41 triplicado.
Son complemento de esta obra los Códigos Antiguos de España desde el Fuero Juzgo á la Novísima Recopilación inclusive, con un gran Repertorio alfabético, edición hecha al efecto en 1885 por el autor del Diccionario.
Sobre el Autor
D. MARCELO MARTÍNEZ ALCUBILLA fue Abogado de los Ilustres Colegios de Madrid. Burgos y Valladolid, Jefe superior honorario de Administración civil, Caballero Gran Cruz de la Real Orden de Isabel la Católica, fundador de EX Consiiltov de Ayuntamientos y director de esta publicación durante trece años (fundador y director también de la Revista de los Tribunales y de la Adiuinisti’acióri.
Repertorio alfabético del Diccionario
- Abandono
- Abastos; 593.
- Abogados: abusos, etc.; 371, 872 y 379.
- Abono de prisión sufrida V. Prisión.
- Aborto (delito de;: 425 á 428.
- Abuelos.— V. Infanticidio: Parentesco: Parricidio.
- Abuso de superioridad; 10, núm. 9.°— De confianza; Ídem núm. 10.
- Abusos de eclesiásticos; 144, 279, 314, 314, 373, 375 y 392.
- Abusos deshonestos; 394, 395 y 454.
- Acción penal: No la extingue el perdón de la parte en los delitos que se persiguen de oficio; 21 Sobre su preserijición; 132.
- Acciones y omisiones voluntarias; 1.° y siguientes.
- Actos públicos: Turbar gravemente el orden en ellos;
- Acusación ó denuncia: Pena de la calumniosa, etc.; 338 a 342.
- Adioinaciones y otros abusos de credulidad; 606.
- Adopción: Impedimento para el matrimonio; 491.
- Adulterio; 138, 448 á 4.52.ç
- Aguas; 618.
- Alcoholes impuros; 3 Noviembre 1887.
- Alevosía;)ü, niim. 2.” y 418 y 431, núm. 4.”
- Alimentos á hijos ilegítimos; 464.
- Alumbrado público; 598.
- Alzamiento, quiebra, bancarrota, o insolvencia, en derecho (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “insolvency” o su significado como “bankruptcy”, en inglés) é insolvencia, o bancarrota, en derecho (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “insolvency” o su significado como “bankruptcy”, en inglés) punibles; 536 á 546.
- Allanamiento de morada;2lo y 504 A 506.— De la del Rey; 161.— De las Cortes; 167.— Del Consejo de Ministros; 178.
- Amancebamiento: 452.
- Amenazas y coacciones: 507 á 511 y 604, núms. 3.” y 4.» ídem que constitiiyen desacatos a diputados, senadores, autoridades, etc.; 174, 175, 179, 180, 266, á 270. Al Rey; 161 y 162.— V. Autoridad.
- Amos: Eesponsabilidad subsidiaria; 21.
- Amnistía; 132.
- Animales dañinos; 599 y 610.
- Anticipación de funciones públicas; 384 y 386.
- Apoderamiento, con violencia, de cosa del deudor, etcétera; 511.
- Aprendices: 21.
- Apuestas;
- Arbitrio para el castigo de las faltas; 620.
- Arboles: Cortarlos en heredad.ajena, haciendo daño; 6:7. — V. Daños.
- Archiveros: Infidelidad en la custodia de documentos; 375 á 377.
- Argolla (Pena de): suprimida; p. 649 del t. I.
- Armas: Su uso sin Ucencia; 591 y 604.-Dispararlas, según los casos; 123 y 587.— Llevarlas en el robo; 521 y siguientes, etc.— En las manifestaciones ó reuniones; i96.
- Armisticio.— V. Tregua.
- Arrebato y obcecación; 9.°, núm. 7.°
- Arresto maiior: 26, 29, 62, 89, 97, 118 y 134.
- Arresto menor: 26, 29; 97, 118 y 134.
- Asesinato: 16, 418 y 424.
- Asociaciones ilícitas: Sociedades secretas; 198 á 203.— V (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades). Reuniones.
- Astucia, fraude y disfraz; 10, núm. 8.°
- Atentados contra la autoridad, desacatos, y otros desórdenes públicos; 263 y siguientes.
- Autores de delito. Su responsabilidad, etc.; 13 14, 64. 67, 127 y 465.
- Autoridad pública: atentados, resistencia, desobediencia, desacatos, insultos y amenazas; 263 A 279.
- Falta de respeto y obediencia; 5S8 y 5S9— Sus deberes en caso de alteración del orden público; 260. —
- Delinquir ante la autoridad; 10, núm. 19. — Estupro; 468.
- Auxilio de gente armada; 10, núm. 14.
- Bandos: Penalidad que en ellos puiede establecerse; 625.
- Banqueros y dueños de casas de juego; 358.
- Baños: Quebrantar las reglas de decencidad; 596.
- Bienes: Ocultación punible; 381 y siguientes.
- Bigamia; 455 y 186.
- Billetes de Banco: falsificación; 803 y siguientes.
- Balas: Ejecutar ilegalmente bulas, breves, rescriptos, etc.; 144 á 146.
- Cadáveres (Delitos de exhumación ó violación de sepulcros, etc.); 350, 355 y 596, núms. 5.” y 6.” Cadena 2>erpetua; 26, 29, 51, 89, 94, 96, 106 á 109 y 134.
- Cadena temporal; 26, 29, 57, 89, 97, 106 k 109 y 131.
- Calumnia: Lo que es, penas, etc.; 167 á 170 v 133.-I418 4 452. -ídem.
- Calles y plazas: Faltas de policía; 596, núm. 7.°; 599, núms. 5.° á 8.°
- Cargos públicos: Anticipación, prolongación y abandono; 384 á, 387. — De elección popular, rehusar su aceptación; 383.
- Carruajes públicos; 599 y 610.
- Casa habitada: Cuál es; 523 y E. O. 18 Enero 1861.
- Casas de préstamos; 559 á 560. J
- Castigos arbitrarios: Impuestos por funcionarios y autoridades; 204 y siguientes.
- Castración (Delito); 429.
- Caución (Pena); 26, 29, 44, 50 y 509.
- Caza y pesca: Infracciones; 582, 608 y 615; nota al articulo 7.°, pág. 908.
- Cédulas personales (Falsificación); 320 á 325.
- Cencerradas: Tomar parte en ellas; 589.
- Certificados: Falsificación; 320 y siguientes.
- Circunstanciasen los delitos; eximentes; 8.” -Atenuantes y agravantes: 9.°, 10, 78 á 98 y 580.
- Coacciones personales; 507 á 511 y 604.
- Código civil: Aplicación del penal cuando se refiere a disposiciones del civil; art. 3.° del E. D. 22 Septiembre 1818, p. 903.
- Cohecho; Abuso ü omisión de empleado por dádiva o promesa; 396 á 101.
- Comiso: En casos de delito; 26 y 63.— En las faltas; 622 y 623.
- Cómplices: Quiénes lo son, etc.; 11, 15, 68, 70, 72, 76, 77, 127, 465 y 541.— De faltas; 62i.
- Concursados:512, 543, 514, 545, 546 y 621.
- Confesión: Cuando hay dos reos de muerte y uno es confeso, debe igualárseles la pena; D. 11 Diciembre 1870.
- Confinamiento (Pena); 26, 29, 61, 89, 90, 97, 116 y 129.
- Conspiración para el delito; 4.°, 139, 15s. 163, 249 y 254.
- Constitución (delitos contra la); 157 y siguientes.
- Contrabando: Nota al art. 7.°, p. 908.
- Contratos simulados en perjuicio de tercero; 651.
- Correspondencia (Interceptación ó apertura de); 218 á 220.
- Corrupción de menores; 459 y 468 á 466.
Cortes (Delitos contra las); 165 y siguientes.
Costas y gastos del juicio; 26 y 47 á 52.
Costumbres: Ofensas graves al pudor y alas costum-
bres; 156, 1.57, 581, núm. 4.” y 586, núm. 2.»
Criados,- 21, 458 y 600.
cuadrilla; 10, circunst. 15, 517, 518, 522 y 576.
Ciiiíos; Delitos relativos á su libre ejercicio; 236 á 212. —
Faltas; 586.
Da¡os: Delitos; 5.30,.575 á 580.-Faltas;.585. 610, 611 y
619. — Irretponsabilidad; 8.**, núms. 7 y 8 y 85. — Re-
p.aración: 121, 123 y 125.
Deber (Cumiílimiento de); Como exención de respon-
sabilidad; 8.°, núm 11.
Defensa: Propia y de sus bienes j^ de parientes, etc.;
exención de responsabilidad; b.”
Defraudaciones y estafas; 336 á 646, 547, 649, 554, 580, 592:
593, 606 y 622.
Degradación; 26, 54 y 120.— De eclesiásticos y militar;
nota al art. 120.
Delito y falta. — Apreciación de los hechos que son
susceptibles de diferentes grados de culpabilidad;
E. D. 22 Septiembre 1848.— Su definición, etc.; 1.” á
7.**. — Consumado, frustrado y tentativa; 3.** y 5.*’,
66, 158, 163, 122 y 519.
Delitos cometidos de nuevo durante una condena;
131.
— Electores; 26 Junio y 5 Noviembre 1890.
— Militares; 7.** y su nota.
—Políticos: Se definen; 15 Febrero 1873.
— No sujetos á las disposiciones del Código; 7.” y su.
nota.
— Graves y menos graves; 6.°
—Privados; 21.
Demejicia después del delito y después de la senten-
cia; 101 y E. O. de 13 de Enero de 1861.— Dejar vagar
á un loco por las calles y sitios públicos sin vigi-
lancia; 599, núm. 2.°
Denegación de auxilio á la autoridad; 380 á 382.
Denuncia calumniosa; 438, 418 y 452.
Dependientes; 21.
CÓDIGO PENAL. (Repertorio alfabético.)
1001
Deportación; 222.
Liepósito: 54H, iiúni. 5.°
Depósito necesario… Pena del quebrado que no le
restituye; 546,
Derecho de gentes: Atentados contra monarcas ex-
tranjeros ó sus representantes, piratería, etc.; 153
y 154.
Derechos individuales (Delitos contra); 189 y sigts.
Derechos: La jirivacióu establecida en forma penal
por las lei’es civiles no se reputa pena; 25.
Desacatos y desobediencia.— V. Autoridad.
Desobediencia; 380 y siguientes.
Desórdenes públicos; 271 á,276 y 588.
Despoblado; 10, nvim. 15, 517 y 522.
Destierro (Pena); 26, 29, 30, 89, 97, 116, 129 y 134.
Destrurciún ó alteración de mojones ó señales desti-
nadas A fijar los términos de los pueblos ó pre-
dios; 635.
Detenciones ilegales; 495 á 497. 503, 210 y si^ts.; 221 y
222. — Preventivas; 25. — De senadores y dix^utados;
177.
Dignidad (Desprecio); 10, nvim. 20.
Discípulos; 21.
Disfraz. — V. Astucia,
Disparo de armas; 423 y 587.
Divorcio: Kfectos de la ejecutoria para lo penal; 451.
Í>ofUíHe/i/os (Infidelidad en la custodia de); 375 á 377,
Falsificación.— V. Falsedades.
Dote de la estuprada, etc.; 464.— De la mujer que hu-
biera contraído de buena fe matrimonio ilegal; 494.
Duelo ó desafio; 439 á 447, 174, 180 y 268.
Duración de las penas; 29 á 31.— Tabla de la división
en grados y su duración; p. 990.
Eclesiásticos: Disposiciones especiales sobre delin-
cuencia y penalidad: 40, 144, 279, 314, 373, 375 y 392.
Edad: Su influencia en la atenuación ó gravación de
las penas; S, 9, 10, 19, 86, 109 y 131.
Edificios ruinosos; 601.
Efecto retroactivo; 2, 22 y 23; 17 Septiembre 1870,
Ejecución de las penas. — V. Penas.
Elecciones (Delitos); 250 y 271; 26 Junio 1890, 5 Noviem-
bre ídem.
Embriaguez: Circunstancia atenuante; 9.^*, núm. 6.° —
Caisando escándalo; 589, núm. 3.°
Emigración punible; 152
Empefío de cosa ajena fingiéndose dueño; 550.
Empleados públicos: Delitos en el ejercicio de sus
cargos, etc.; 204 á 235, 261 y 361 á 4l5. — Quiénes se re-
putan empleados para los efectos de la ley; 416.
Enmiendas en el Código; 1.° Enero 1871.
Encubridores de delito: Quiénes son, su pena, etc.; 16,
17, 69, 71, 73 A 77.
Ensañamiento; 10, núm. 6.”, 127, 418 y 431, núm. 4.**
Escalamiento; 10, niim. 21, 521 y 525.
Escalas graduales: Doctrina sobre su formación, res-
pecto de todas las penas simples, compuestas y
fraccionadas; 92 y p. 981. — Escalas 1.* á la 60; ps.984
¿988.
Escándalo piiblico (Delitos de); 455 á 457.
Estado (Delitos contra eli; 136 á 156.— Civil. — V. Supo-
sición.
Estafas y otros engaños; 547 á 554.
Estragos:561 y siguientes.
Estupro; 458 y 463.
£xnt”c;o»fiSÍlegales: Por empleados: 223 ¿227 y 411 á414.
Exequátur: Sobre ejecución de bulas, breves, etc., sin
los requisitos legales; 144 y su nota.
Exhumaciones de cadáveres humanos, etc.; 349 y 350.
Exposiciones de niños, qiiebrantando los reglamen-
tos; 603, núms. 9.^ y 10,
—De los Tribunales al Gobierno; 2.”
Expropiación ilegal por fiincionario público; 228. —
V. Posesión.
Extinción de responsabilidad; 132 á 135.
Extranjeros; 140.
Extrañamiento perpetuo; 26, 29, 56, 89, 90, 94 y 112,—
Temporal; 26, 29, 60, í-9, 90, 97 y 112.
Facnlfativos: Abusos de profesión; 323, 428 y 4S4.— Fal-
tas; 599.
ií’aisedaí/es en elecciones populares; 199 á 201.— De la
firma ó estampilla del Rey; 280 á 282.— De sellos y
marcas; 2’*3 A 293.— De marcas ó sellos particula-
res; 291. — De moneda; 294 á 302. — De billetes de Ban-
co, papel del Estado y sellado; 303 á 313. — De docu-
mentos públicos, oficiales y de comercio; 314 á 317.
De documentos privados; 318.— De cédulas de ve-
cindad y certificados; 320 A 325. —Disposiciones co-
munes; 326 A 3.30.
Ealso testimonio; 332 y siguientes.
Faltas: Definición; 1.°— Castigo; 5.”, 6.*^ y 66.— Pres-
cripción; 123. — Faltas de imprenta; 584. — Faltas
contra el orden público; 585 á 591. — Faltas contra
los intereses generales y régimen de las poblacio-
nes; 592 A 601. —Faltas contra las personas; 602 A 605.
—Faltas contra la propiedad; 606 A 619.— Disposicio-
nes comiines A las faltas; 62U A 626.
Favia pública; 463.
Farmacéuticos; 595.
Ferrocarriles: Es delito contra el orden público el
ataqtie A trenes, levantamiento de losraiis, corta-
duras de piientes, etc., penalidad y competencia;
decreto 21 Enero 1874, en relación con el art. 572.
Finqirse autoridad, funcionario, profesor, etc.; 342
A 348.
Fondas, confiterías, panaderías, tabernas, etc.: Fal-
tas de adulteración de comestibles y bebidas, etc.;
595 Otras faltas; 600.
Forma de Gobierno (Delitos contra la); 181 A 187.
Fraudes y exacciones ilegales; 411 á 414.
Fuerza irresistible; 10, núm. 9. ”—Armada; 10, núm. 14,
170 A 172.
Fuga de presos: connivencia; 274, 373 y 374.
Ganados: Daños en heredades; 611, 612 y 613,
Ganzúas. — V. Llaves,
Gobierno.— Y. Forma de…
Guardia civil (Resistencia A la); 1.’* Abril 1874.
Guerra: Responsabilidad por su provocación, etc.;
136, 138, 143, 147 y 151.
Heridas. — V. Lesiones,
Higiene: Reglamentos y bandos; 595, niim. 9.**
Homicidio (con circunstancias más ó menos graves);
419 A 422.— V.” Infanticidio: Parricidio: Asesinato:
Robo.
Honor (delitos contra); 467 y siguientes.
Honestidad.— Y. Abusos: Adulterio.
Hospitales: reclusión de enajenados; 8.°, núm, 1.°
Hurtos; 20, 530 A 533 y 606.
Ignominia; 10, núm. 12.
Imbecilidad; H.”, núm. 1 °; 19 y 101.
Imprenta: Responsabilidad, agravación de delitos, et-
cétera; 7 y su nota; 10, circunstancia 5.”^; 12, 14, 203,
457 y 5s2 A 584.
Imprudencia; 581 y 605.
ImpueHos.—Y. Exacciones.
Incntdios etc.; 561 A 564 y 614, circunstancia agravan-
te lU, núms, 4.” y 13; 418 y 431, 601, 614 y 615.
Indemnización de perjuicios: Lo que comprende, su
regulación, acción para reclamar, etc.; 121 A 124 y
siguientes y su nota.
Indultos; -HoM, ^ol, 132 y 213, núm. 8.^— Ley 24Mayo-18
Junio 1870; 5 Julio, 12 y 14 Diciembre 1870; 12 Enero
y 17 Febrero lfe7″4: 15 Marzo 1875; 2o Febrero y 22 Abril
18>s9.
Infanticidio ó muerto de un recien nacido; 424.
Infidelidad en la custodia de presos; 373 y 374,— De do-
cumentos; 375 A 377.
Inhabilitación (pena de); 26, 28, 29, 32, 33, 40, 45, 46, 90 y
129.— Kfectos de la inhabilitación y suspensión;
nota al art. 44.
Injurias; 470 A 482 y 605.— Siendo al Rey; 161 y 162^—
Siendo A los Cuerpos colegisladores ó Ministros; 173,
176, 179 y ISO.— Sobre la concesión de licencia para
perseguir las causadas eu juicio; 482 y su nota. —
Lesiones para injuriar; 493.
Insignias ó condecoraciones: Su uso indebido y de
uniforme ó traje propios de cargos que no se ejer-
cen, etc.; 348.
Insolvencia punible.— V. Quiebra.
Intención criminal; 9.”, núm. 3.**
Interdicción civil: Lo que es, etc.; 26, 43, 54, 5í y 466;
ley 24 Mayo 18 Junio 1870, art. 4,°
Intervalos de TAzón; 8.°
Intrusos en el ejercicio de profesiones que exigen ti-
tulo; 343 y 591. ^,,^.„,
Inundación, incendio y veneno; 10, num. 4.; 418 y ■feíl.
Juegos prohibidos: Casas, jugadores; 358 A 3bO, 542
y 594.
Jííradí)-?; responsabilidad; 383 ^, ■,-
Juzgados de Guerra: Aplicación por ellos del Cócligo
penal; 22 Noviembre 1870, 14 Octubre 1873, i Mayo
1874, 31 Enero y 13 Febrero 1875.
Lesa majestad (delito de); 157 á 164.
Lesiones corporales: Castrar, mutilar, herir, golpear,
maltratar de obra; 429 A 438, 602 y 603.
Let¡es especiales; 7.*’ y su nota.
Libertad de enseñanza: Abusos; 202.
/wW/u-ías administrativas; 597.
Lindrs de los pueblos y heredades (alteración de); 5íi&.
Locura ó demencia; 8.«, 19 y 101.— V. Demencia.
7,oírí-K/í no autorizadas; 359 y 360.
7.w(/íf/- habitado: Lo que por tal se entiende; 5¿o y Real
nrdon 13 Enero 1664.- Sagrado; 10, núm. 19.
Lujo; 542. ^.
Llaves falsas, ganzúas, etc.; 521, 525, 528 y o<áy.
1002
CÓDIGO PENAL. (Repertorio alfabético.)
1
Maestros: responsabilidad; 21, Í5&y 465. — Lesiones; 434.
Madres. — V. Infanticidio.
Malversación de caudales piiblicos; 405 á410.
Manceba de hombre casado, con escándalo; 452.
Manifestaciones pimibles; 168.
Maquinaciones para alterar el precio de las cosas; 555
k 55tí; falta, 593.
Marcas industriales; 291 y su nota; 552 y su nota.
Máscaras; 591.
Matrimonios ilegales; 455 y 486 á 494.— Faltas; 603.
Medicamentos deteriorados, etc., etc.; 353, y núm. 1.°
del art. 595.
Médicos: Aborto. — V. Facultativos.
Mendicidad: Pedir habitualmente limosna sin licen-
cia de la autoridad; p. 902, nota.
Menor: Abuso de su impericia ó pasiones, haciéndole
otorgar alguna obligación, descargo, etc., etc.; 553.
— V. Matrimonios: SxTstracción: Circunstancia ate-
nuante: Abandono de niños, etc.
Militares: Cumplimiento de condenas impuestas por
. la jurisdicción ordinaria; 14 Octubre l?i73; 7 Mayo
1874; 31 Enero y 13 Febrero 1875 y las que se citan
por nota.
Miedo; 8.°, núm. 10; 19.
Ministerio fiscal (Desacato al); 277. — Hepresenta-
ción; 463.
Ministro eclesiástico; 144, 279 y 458.
3íinistros de la Corona: í)elitos por y contra; 142, 165
y siguientes; 178, 179, 223, 266 y 269.
Mona7-cas extranjeros. — V. Derecho de gentes.
Moneda (Falsificac:ión de, etc.); 294 á 302. — Kehusar la
legítima, y expender la falsa, etc.; 592.
Montes (Delitos en); 7 y nota.
Muerte del reo: Extingue la responsabilidad; 132.
Molerte (Pena de): Sus efectos, ejecución, etc.; 26, 53,
89 y 102 á 105; 9 Febrero 1874.
^Prescripción; 134.
—Cuando la jurisdicción militar imponga la pena
de muerte en garrote, á ella le toca la ejecución, et-
cétera; nota de l.i p. 920.
— Sobre reclamación de fuerza armada que auxilie
para la ejecución; nota citada de la p. 920.
— Expedientes de indulto; 17 Febrero 1874.— V. Con-
fesi»’)n.
Mujeres. — V. Sexo.
Mu’Uus {Pena, de); 25, 26, 27, 49, 50, 84, 93, 95 y 624.— Véa-
se Faltas.
Mutilación; 430 y 516, núm. 2.°
Neglif/cncia culpable; 581, 605, núm. 3.°, y 613.
Neffociaciones prohibidas á los empleados; 415.
Niños. — V. Abandono: Exposición de…
Nocturnidad; 10, núm. 16; 216 á 217.
A”om&ra?íií’eníos ilegales (Proponerlos ó hacerlos): ar-
ticulo 393.
Nombre supuesto; 346 y 521.
Obediencia debida; 10, núm. 12.
Ofensa grave; 9.”, núm. 5.°
Oficiales: 2i.
Ordenanzas militares; 5 Abril 1875.
Orden público (Delitos contra el), rebelión, sedición,
levantamiento de rails de ferrocarriles, cortadu-
ras de puentes, etc., etc.; 243 á 279 y D. 21 Eidero
1874.— Faltas; 585 y siguientes.
Parentesco: Influencia en la penalidad; 8.**, núm. 5.°;
10, núm. 1.”; 417, 424, 431, 434, 437, 438, 458, 465, 480
y 580.
Parricidio; 16 y 332, 417, 422 y 438.
Partos.— Y. Suposición,
Pastori..”-. — V. Daños.
Paíría potestad: Corrección del hijo por el padre; 431.
Penas: Su clasificación, duración y efectos, reglas de
aplicación, etc.; 22 á 120. — Orden de cumjilimiento;
9 Abril 1888.— Formación de escalas graduales; pá-
gina 9S1. — División en grados de todas las penas;
pág 989 y siguientes. — V. Prescripción: Penas arbi-
trarias; 204 y siguientes.
Perdón: Cuándo es eficaz; 24, 1R2, 463 y 4’^2.
Periódicos: Rectificación do calumnias; 479.
Personas responsables criminalmente; 11 y 12. — ídem
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
civilmente; 18 y siguientes.
Pesas y medidas fraudulentas; 592.
Piratería; 155 á 156.
Posaderos: 20 y 600.
Posesión: Perturbar á uno en la posesión de sus bie-
nes; 228.
Precio: Recompensa ó promesa; 10, núm. 3.°; 418, 431,
556 y siguientes. — V. Cohecho.
Premedttiirivn; 10, núm. 7.**, 418 y 431, núm. 4.**
Presrrijir/ún de las penas y delitos: Cuándo tiene lu-
gar; 132 á 135.
Presidio correccional: ídem mayor; 26, 29, 58, 59, 89, 90,
97 y 113.
Presos. — V. Fuga.
Prestamistas; 559 y 560.
Prevaricación de jueces, empleados públicos, aboga-
dos y procuradores, asesores, arbitros, etc., etc.:
361 á 372.
Principe de Asturias: Atentados contra; 163 y 164.
Prisión: Abono en algunos casos de la mitad de la
prisión sufrida, etc.; 31, par. 4.°; R. D. 9 Octubre
•1853 y su nota; R. D. 2 Noviembre 1879.
Prisión correccional; 26, 89, 90, 97 y 115.— ídem mayor:
26 29, 62, 89, 90, 97 y 115.— Preventiva; 25.
Pí’isiones ilegales. — V. Detención.
Procesiones ci%-icas. — V (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades). Reuniones públicas.
Profanación de cadáveres, cementerios ó lugares de
enterramiento; 596.
Profesiones: Ejercerla sin título fingiéndose profesor; ‘
343.— Sin fingirse profesor; 591.
Prolo7igación de funciones; 385 y siguientes.
Propiedad (Delitos contra la).— V (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades). Robos: Hurtos:
Usurpación: Defraudaciones.
Propiedad literaria é industrial (Delito de defrauda-
ción de la); 552.
Proposición para cometer un delito; 4.*^— V. Conspi-
ración.
Prostitución: Infracción de reglas de policía; 596, 2.** —
Pena al que promueve ó facilita la prostitución de
■ menores; 459.— Beneficio que seniega á los que pros-
tituyen á sus mixjeres é bijas; 43’5,
Prorocación; 9.°, nvtni. 4.°; 582 5’ 583.
Publicidad: Circunstancia agravante; 10, núm. 5.°
Quebrantamiento de condena; 129 y 130.
Quiebra ó insolvencia, o bancarrota, en derecho (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “insolvency” o su significado como “bankruptcy”, en inglés) punibles; 536 á 546.
MaiAo de mujer; 460 á 466.
Rebelión; 243 á 249 y 257 á 262.
Recaudadores de contribuciones: Son agentes de la
autoridad; 17 Octubre 1870.
Reclusión; 26, 29, 55, 56, 60, 89, 90, 94, 97 y 110.
Reconocimiento de hijos; 464.
Reyente del Reino: Atentados contra él; 163.
Regicidio; 16 y 157 á 164.
Reglamentos: Aplicación del Código cuando se refiere
á sus disposiciones; 625, y arts. 1.” y 2.** del R. D. 22
Septiembre 1848.
Rehabilitación en derechos, cargos, etc., perdidos en
virtud de pena; 45 y 46.
Reincidencia: 10, números; 17 y 18.
Relegación; 26, 29, 56, 60, 89, 90, 94, 97 y 111.
Religión (Delitos contraía). — V. Cultos.
Reo de muerte. [rtbs name=”muerte”] [rtbs name=”pena-de-muerte”] [rtbs name=”pena-capital”] — V. Muerte.
Reparación del daño; 121, 123 y 125,
Reprensión; 26, 50, 92 y 1 17.
Resistencia y desobediencia; 265.
Responsabilidad civil proviniente del delito; 18 A 21,
121 á 128 y 135.
Resjionsabilidades pecuniarias; 49yR. 0. 17 Junio 1879.
Restitución; 121, 122 y 125.
Reuniones públicas; 168, 169, 198 á 2a3 y 597.
Reyes: Muerte de Monarcas extranjeros; 153, — Inmu-
nidad; 154.
Rifas; 359 y 360; 31 Mayo 1881.
Riña confusa y tumultuaria; 420, 435 y 603,
Robos; 515 á 529. —Responsabilidad de los posade-
ros; 20.
Rondas nocturnas; 589.
Rumores falsos; 557 y 593.
Sacerdote. — V. Ministro eclesiástico.
Sai (Defraudación en la venta de la); 482 y nota al
mismo.
Salud pública (Elaboración ó venta de sustancias
nocivas), etc.; 351 á 357 y 432.— Alcoholes impuros; 3
Noviembre 1887.— Véase además la nota al art. 7
Secretos: Violación y descubrimiento; 371, 378, 379y
512 á 514.
Secuestradores: í3 Mayo 1875 y 8 Enero l^-77.
Sedición; 250 á 262.
Seguridad del Estado; 136 y siguientes.
Sentencia firme; 10, núm. 18, 99, 131.— Injusta,— V, Pre-
varicación.
Se.ro: Influencia en la responsabilidad y pena; 10, nú-
mero 20, 9Q y 105.
Servicio militar; 436 y 437.
Síndicos; 463.
5o6omo;396á 404.
Sociedades secretas. — V. Asociaciones.
Soltura de presos; 274.
Subastas (Fraudes en las): Maquinando alterar el
precio de las cosas, etc.; 555.
Suicidio; 421. ^,
Suposición de partos; 483 y siguientes.— De nombres.
V. Usurpación.
Suspensión (Pena): Lo que es, su duración y electos;
25, 26, 28, 29, 38 á 40, 42, 90, 97 y 134.
CÓDIGO PENAL DE ULTRAMAR.
1003
— De empleados públicos: Cuándo no se reputa pe-
na; 25.
SiiStancias no civeis] 432.— Defectuosas; 592. — Adultera-
das; 595 y.^96.
Sustracción de menores; 498 A 500 y 503.
Taberneros; 20.
Tentativa de delitos; 3, 67, 72, 73, 1.52, 158, 163, 422 y 519.
Testigos; 3K3 — V. Falso testimonio.
Traición y tentativa contra la independencia ó in-
tegridad del Estado; 16 y 136 á 143.
Tratados; 140, 142 y 143.
Tregiía ó armisticio: Violación; 148.
Tribunales. — V. Exposiciones.
Tumultos. — V. Orden público.
Tutores: Cosas que les están prohibidas; 412 y 492. —
Lesiones á…; 434.— Estupros; 458 y 465.— Abandono
piinible; 602.
Usurpación: De funciones públicas, autoridad, profe-
sión, carácter sacerdotal, títulos de nobleza, nom-
bres, uniforme, traje, insignias y condecoracio-
nes;.342 á 34.9.
— De atribuciones; 38.9 á 393. — Do cosa inmueble ó de
un derecho real; 534. — V. Estado civil.
Variancia: Vago; 10, núm. 23. — ídem ley 27 Marzo 1868
y 19 Octubre id.
reiie?w; 10, 418, 431 y 432.
Venganzas: Daños á. la atitoridad en venganza; nota
de la pág. 958 y art. 576.
Violación C fuerza de miijer; 453 y 464 á 466 y 516, nú-
mero 2.»— De secretos; 371, 378 y 379.— De tregua.—
V. Tregua.
Violejicias; 510 y 511. — V (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades). Robo.
Viuda que casa antes del perlod.’ legal, 490.
Xo obstante que hemos in.sei’tcado lutegro el
Código penal, cou adiciones, notas y estudios
Véase también
Enciclopedias Formales
Diccionario Jurídico Elemental
Diccionario Jurídico Mexicano
Enciclopedias Materiales
Historia de la Codificación Española
Jurisprudencia Española
Diccionario Jurídico Básico
Diccionario De Términos Jurídicos
Diccionario Jurídico Económico
Diccionario político de nuestro tiempo, político-biográfico-económico-sociológico
Diccionario
Enciclopedia Jurídica Omeba
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