Discovery Arbitral de Documentos Electrónicos
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Discovery Arbitral de Documentos Electrónicos
Concepto de discovery arbitral de documentos electrónicos en relación a este ámbito: Informado por los mismos principios sustantivos del discovery arbitral, el discovery arbitral de documentos electrónicos es una institución probatoria autónoma, dirigida exclusivamente a la obtención y aportación al procedimiento arbitral de pruebas documentales específicas y relevantes, que (i) no estén en posesión del solicitante, (ii) no puedan obtenerse de adverso, si no es con la ayuda del tribunal arbitral o, en su defecto, con la obtención del auxilio judicial pertinente, por estar custodiadas por terceros ajenos al procedimiento arbitral y (iii) estén almacenadas en soporte electrónico (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma en línea de ciencias sociales y humanidades). Bajo la denominación «Protocol for e-disclosure in arbitration» e influenciado por el concepto británico del deber de información de las partes —disclosure— en octubre del 2008, el Centro Internacional para Arbitraje y Mediación de The Chartered Institute of Arbitrators (en lo sucesivo, Ciarb) articuló un protocolo de actuación en aquellos supuestos procedimentales en donde el deber de información de las partes o el poder de documentación de los árbitros recaigan en documentos litigiosos almacenados en soporte informático o electrónico (en lo sucesivo, el Protocolo Ciarb). Es decir, el discovery arbitral electrónico. Articulado en catorce (14) principios sobre identificación temprana, articulación de la solicitud, requisitos para la estimación de la solicitud, criterios de conservación y duración de la prueba electrónica relevante, la forma de aportación al procedimiento y la determinación de los costes (o costos, como se emplea mayoritariamente en América) para las partes, el Protocolo Ciarb instrumenta fundamentos basados en la aplicación de los mismos principios de proporcionalidad, especificidad y causalidad exigidos para la concesión del discovery arbitral sobre documentos convencionales, complementados por la razonabilidad exigida en la gestión de documentación electrónica. Así, las únicas particularidades se refieren al momento de su solicitud, a su deber de conservación por las partes y a los formatos de aportación al procedimiento arbitral; especificidades dirigidas a evitar la causación de costes (o costos, como se emplea mayoritariamente en América) innecesarios a las partes litigantes. [1]
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
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Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Notas y Referencias
- Información sobre discovery arbitral de documentos electrónicos procedente del Diccionario terminológico del arbitraje nacional e internacional (Comercial y de Inversiones), Jorge Luis Collantes et al., Perú, 2011
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