Efectivo Laboral
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Noción de Efectivo Laboral en el Contexto del Mercado de Trabajo
En relación a las relaciones laborales españolas, efectivo laboral ha sido definido [1] de la siguiente forma: Son las personas que en el último día del trimestre de referencia mantienen un vínculo laboral con una empresa radicada en territorio español en la que desarrollan su actividad laboral. Se incluyen, por tanto, además de los/as trabajadores/as que desarrollan una actividad laboral, aquellos que se encuentran de baja por incapacidad temporal o maternidad, etc., y los que se encuentran en suspensión de empleo o reducción de jornada como consecuencia de un expediente de regulación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Se excluyen los siguientes colectivos: Presidente, Directores Generales y miembros del consejo de Administración (en el caso de que no sean retribuidos por otro motivo laboral); Socios de cooperativas que no tengan la consideración de trabajadores por cuenta ajena; Empresario y/o miembros de familia no dados de alta en la Seguridad Social como trabajadores por cuenta ajena. Al tratarse de una encuesta dirigida a empresas y de acuerdo con la definición descrita, los efectivos laborales se corresponden con los puestos de trabajo ocupados; en consecuencia, una misma persona puede figurar contabilizada tantas veces como puestos de trabajo ocupe, ya sea a jornada completa o parcial.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
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Recursos
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- Instituto Nacional de Estadística. Encuesta de Coyuntura Laboral. Citado en la página del Servicio Navarro de Empleo
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