Efecto Equivalente
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Efecto Equivalente en el Derecho Español
Efecto Equivalente en 2001
Según el Diccionario Jurídico Espasa, Efecto Equivalente significa:
Término utilizado para designar tanto a las exacciones de efecto equivalente como a las medidas de efecto equivalente. Al configurarse como medidas que dificultan la libre circulación de mercancías entre los Estados miembros dentro del mercado interior, el Tratado de la Comunidad Europea, en su Título I-artículos 23, 25, 28- preveía la desaparición progresiva de las medidas ya existentes y la prohibición de que se estableciera alguna nueva (cláusula de stand-still).
Las exacciones de efecto equivalente -vinculadas a los derechos de aduana (ver su definición; pero esencialmente es una oficina pública encargada del registro de los bienes importados o exportados y del cobro de los tributos correspondientes; ver despacho de aduana y Organización Mundial de Aduanas) por producir el mismo efecto-, han sido definidas por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de manera muy amplia. Se entiende por exacción de efecto equivalente toda carga pecuniaria, aunque sea mínima, unilateralmente impuesta, cualquiera que sea su denominación técnica, que grava a las mercancías a causa de su paso por la frontera aunque no tenga efecto discriminatorio o proteccionista, ni el Estado perciba un beneficio, ni se encuentre en competencia con un producto similar nacional.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Las medidas de efecto equivalente abarcan las múltiples disposiciones proteccionistas cuya forma o técnica podría hacerlas escapar del concepto de restricción cuantitativa -disposición interna que tiene por objeto restringir el volumen de intercambios comerciales entre los Estados-. Se trataría, por tanto, de cualquier reglamentación comercial de los Estados miembros susceptible de restringir directa o indirectamente, actual o potencialmente, el comercio intracomunitario. [E.M.S.]
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