Ejecución En El Proceso Civil
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Ejecución En El Proceso Civil en el Derecho Español
Ejecución En El Proceso Civil en 2001
Según el Diccionario Jurídico Espasa, Ejecución En El Proceso Civil significa:
La ejecución puede realizarse por un titulo judicial (sentencia -que no sea declarativa ni constitutiva- o auto). También se puede seguir por un título asimilado al anterior (p. ej. un laudo arbitral) y por títulos diferentes, siempre que la deuda sea por cantidad determinada que exceda de 50.000 pesetas: 1.º En dinero efectivo. 2.º En moneda extranjera convertible, siempre que la obligación de pago en la misma esté autorizada o resulte permitida legalmente. 3.º En cosa o especie computable en dinero. El límite de esa cantidad podrá obtenerse mediante la adición de varios títulos ejecutivos (V. arts. 517 y ss. L.E.C.2000).
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