Eleccion de Senadores
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Eleccion de Senadores en el Derecho Legislativo y Político
Examen de la materia ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados de México:
Origen de la Expresión
El vocablo senador proviene del latín senator, senex, viejo o anciano; en Roma el senador era integrante del senatus, órgano consultivo que durante la época de la República tuvo gran influencia.Entre las Líneas En la actualidad, el senador es uno de los representantes de la sociedad, que es electo popularmente o bien es designado, para ser parte del órgano legislativo denominado Senado. El término senador se traduce a otras lenguas, de la siguiente manera: en portugués senador; en inglés senator; en francés sénateur; en alemán senator y en italiano senatore.Entre las Líneas En cuanto al término elección, vid. infra.
Desarrollo de Eleccion de Senadores en este Contexto
Por naturaleza, el Senado es considerado como el cuerpo colegiado que se integra por los hombres más experimentados y se le otorga la representación de las entidades en un estado federal, o bien, se conforma con personas con reconocimiento o que han ocupado ciertos cargos públicos, en una monarquía. Esta situación hace peculiar la forma de integración de cada Senado en el mundo; así, en algunos países sus miembros son electos popularmente y en otros, es mediante designación o elección indirecta.Entre las Líneas En este último grupo encontramos como ejemplo a Francia, en donde los senadores son designados por sufragio (el derecho al voto) indirecto, conforme a lo establecido en el artículo 24 de la Constitución francesa; por su parte, la ordenanza del 15 de noviembre de 1958 establece las tres categorías de electores que integran el colegio senatorial: los diputados, los consejos generales y los delegados de los consejeros municipales o sus suplentes.
Indicaciones
En cambio, los electos popularmente atienden a los distintos sistemas electorales existentes o en ciertos casos, mediante la creación de nuevas formas de elección. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).Entre las Líneas En Estados Unidos, el Senado se compone por dos senadores de cada estado, electos directamente, por un término de seis años, renovándose una tercera parte de ellos cada dos años. Cabe señalar, que en este país desde 1913 con la enmienda XVII a su Constitución, se estableció la elección directa, ya que anteriormente a esa fecha, se hacia de manera indirecta por conducto de las legislaturas de los estados. Por lo que hace a Italia, el Senato (Cámara de Senadores) se compone de 315 miembros, elegidos para un periodo de cinco años; se agregan cinco senadores vitalicios designados por el Presidente de la República; también forman parte quienes han ejercido la más alta magistratura política. Cada región elige a un mínimo de siete senadores, con excepción de las regiones de Friuli-Venecia- Giulia que cuenta con tres; Molise que tiene dos y Val d’Aosta que solo tiene un senador. Para la elección es aplicado un sistema modificado de votación proporcional. El Senado en España, está compuesto conforme a un sistema mixto, que parte de un criterio igualitario, ya que 208 miembros son electos directamente cada cuatro años por simple mayoría de votos. Cuarenta y siete provincias eligen cuatro senadores cada una, 11 legisladores más son electos en las dos provincias de las Islas Canarias, cinco los eligen las Islas Baleares y dos senadores son electos por los territorios de Ceuta y Melilla, en África del Norte. Al número anterior se agregan aproximadamente 42, designados por las Asambleas de las Comunidades Autónomas, para hacer un total de 250.
Más Detalles
Eleccion de Senadores en el Derecho Parlamentario
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Véase También
Bibliografía
BERLêN VALENZUELA, Francisco, Derecho Parlamentario, Fondo de Cultura Económica, México, 1993.
CAPO GIOL, Jorge, “El debate sobre el bicameralismo: la Cámara denominada de representación territorial”, en Parlamento.
y Sociedad Civil (Simposium), Cátedra de Derecho Político de la Universidad de Barcelona, 1980.
Recursos
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Bibliografía
BERLÍN VALENZUELA, Francisco, Derecho Parlamentario, Fondo de Cultura Económica, México, 1993.
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Bibliografía
BERLÍN VALENZUELA, Francisco, Derecho Parlamentario, Fondo de Cultura Económica, México, 1993.
CAPO GIOL, Jorge, “El debate sobre el bicameralismo: la Cámara denominada de representación territorial”, en Parlamento y Sociedad Civil (Simposium), Cátedra de Derecho Político de la Universidad de Barcelona, 1980.
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