Escritura Pública
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Escritura autorizada por un fedatario público (como un notario, por ejemplo; véase su concepto jurídico) (notario o funcionario con atribuciones legales) que da fe del contenido del documento, la capacidad de las partes y la fecha en que se realizó.
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Definición de ESCRITURA PÚBLICA en Derecho español
Documento autorizado por notario (fedatario público) o funcionario con atribuciones legales para dar fe de acto. El art. 1.280 del CC señala los actos y contratos que “deberán” constar en documento o escritura (su redacción) pública.
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