Estructura de la Norma
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La Estructura de la Norma: Supuesto de Hecho y Consecuencia Jurídica.
Ideas Básicas
La existencia de una norma jurídica requiere que la disposición o texto a considerar contenga un mandato relativo a un conflicto de intereses que, por su trascendencia social, merezca la contemplación del Derecho. De tal manera, la norma jurídica precisa, al menos, dos elementos fundamentales: una realidad social a regular y un mandato o precepto (prohibitivo o permisivo) referido a dicha realidad. Ambos elementos son formulados en la norma con carácter general y abstracto y suelen ser identificados por la doctrina con los nombres de supuesto de hecho y consecuencia jurídica. Denomínese supuesto de hecho a las diversas situaciones fácticas a que están dirigidas las normas. Lo mismo puede tratarse de un acto humano, que de hechos naturales, así como cualesquiera otras situaciones o circunstancias sociales que, por su generalizada existencia, aconsejen ser reguladas. La consecuencia jurídica ha de referirse en cambio al campo del deber ser. Las reglas jurídicas son fundamentalmente reglas de carácter preceptivo que contienen siempre una valoración del conflicto de intereses que tienen a resolver, así como la atribución de derechos o imposición de obligaciones que comportan. La norma jurídica no puede entenderse nunca en clave descriptiva. .
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1 comentario en «Estructura de la Norma»