La Estructura del Derecho
Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre la estructura del derecho. En este sentido, también puede ser de interés:
[aioseo_breadcrumbs]Estructura General del Derecho y la Teoría Económica
La teoría económica puede proporcionar una visión de la “estructura general del derecho”.
En cierto nivel fundamental, la teoría económica proporciona una explicación unificada del derecho y, a continuación, dando un ejemplo de un concepto económico que se aplica a temas jurídicos aparentemente no relacionados, en la literatura se ha tratado de argumentar que la teoría económica también puede proporcionar una explicación de la estructura diferencial del derecho. Por necesidad, las distinciones serán más en tonos de gris que en blanco y negro.
Derechos de propiedad, normas de responsabilidad y derechos comunales: El papel de los costes de transacción
Los costes de transacción, en sus múltiples formas, son a menudo la clave para explicar las diferencias estructurales en el derecho. Consideremos la elección entre proteger un derecho mediante un derecho de propiedad (transferencia voluntaria) y una norma de responsabilidad (transferencia involuntaria compensada).
Estructura y Función en el Derecho
Ideas Básicas
El Derecho, con sus normas e instituciones, realiza una tarea de “ingeniería social” consistente en la armonización de intereses en conflicto, en la consecución de fines sociales y en la satisfacción de necesidades sociales. La interdependencia existente entre la sociedad y el Derecho hacen de éste un elemento más de la estructura social, un subsistema, con sus reglas, de un sistema más amplio que es el conjunto de la sociedad. El logro de esa tarea depende directamente de la eficacia de ese ordenamiento jurídico, es decir, si ese Derecho concreto se cumple realmente en el seno de la sociedad y si al cumplirse logra realizar las funciones previstas.Entre las Líneas En este sentido, la eficacia del Derecho y las funciones que éste cumple van inextricablemente unidas.
En un contexto jurídico, la estructura se refiere a la organización deliberada de elementos legales, como la gobernanza corporativa o la estructura empresarial.
En otro lado de esta plataforma digital se puede encontrar una discusión de la Teoría Pura del Derecho, de Kelsen, sobre el sistema jurídico como sistema de normas, el sistema jurídico como cadena de creación, el significado de la norma básica, la norma básica del sistema jurídico estatal y la estructura jerárquica del sistema jurídico.
Las ramas del Derecho
Las distintas ramas del derecho se agrupan tradicionalmente en dos grandes bloques:
- Derecho Público.
- Derecho Privado.
El Derecho Público se caracteriza porque en él existe un ejercicio del poder del Estado. Sus normas son las que van dirigidas a regular la organización y la actividad del Estado y demás entes públicos y sus relaciones como tales entes públicos con los particulares.
El Derecho Privado que regula las relaciones entre particulares, es decir aquellas en que ninguna de las partes actúa revestida de poder estatal. Las relaciones de Derecho Público son particulares, se caracterizan porque en ellas existe una situación de desigualdad entre las partes: de un lado, el órgano público revestido de imperium; por otra, el simple particular que ocupa una posición inferior y subordinada.
Pormenores
Por el contrario, en las relaciones de Derecho Privado, toda intervención son iguales al menor jurídicamente. No hay en ellas una relación de subordinación, sino de coordinación.
Diferentes Ramas
A continuación se expondrán las diversas ramas del derecho en el entendido que se usan conceptos muy elementales para facilitar su comprensión:
- Derecho Penal: es el conjunto de normas jurídicas que regulan la potestad punitiva del Estado, asociando hechos estrictamente determinados por la ley, como presupuesto, una pena o medida de seguridad o corrección como consecuencia, con el objeto de asegurar los valores elementales sobre los cuales descansa la convivencia humana pacífica.
- Derecho Procesal: es la rama del Derecho que tiene por objeto regular la organización y atribución de los tribunales de Justicia y la actuación de las distintas personas que intervienen en los procesos judiciales.
- Derecho Procesal Penal: es el conjunto de normas que regulan cualquier proceso de carácter penal, desde su inicio hasta su fin; la actividad de los jueces y la ley de fondo en la sentencia. Tiene como función investigar y sancionar (en caso de así sea requerido) las conductas que constituyen delitos, evaluando las circunstancias particulares en cada caso.
- Derecho Procesal Civil: es una rama del derecho Procesal que regula la actuación ante los tribunales para obtener la tutela de los derechos y asuntos de naturaleza civil o mercantil.
- Derecho Procesal Administrativo: es una rama del Derecho administrativo, que tiene por objeto regular la organización y atribuciones de los tribunales de Justicia y las actuaciones de las distintas personas que intervienen en los proceso judiciales en la materia de Derecho Administrativo, entendiendo por tales las que enfrentan a particulares con la administración del Estado o a diferentes administraciones en sí.
- Derecho Procesal laboral: es una rama del Derecho Procesal que se ocupa de los conflictos laborales, ya sean individuales o colectivos que surgen en los procesos en materia de trabajo y seguridad social, sea entre empresarios y trabajadores sobre el contrato de trabajo o respecto a prestaciones de seguridad social entre el beneficiario y la administración.
- Derecho constitucional: es una rama del Derecho Político, cuyo campo de estudio incluye el análisis de las leyes fundamentales que definen un Estado. Es materia de estudio todo lo relativo a la forma de Estado, forma de gobierno, derechos fundamentales y la regulación de los poderes públicos.
- Derecho Internacional: es el conjunto de principios y normas que regulan las relaciones de los Estados y otros sujetos de derecho internacional y son representados por su servicio diplomático.
- Derecho Internacional Privado: es aquella rama del Derecho que tiene como finalidad disminuir conflictos de jurisdicción internacional; conflicto ley aplicable y los conflictos de ejecución y determinar la condición jurídica de los extranjeros.
- Derecho del trabajo: el derecho laboral (también llamado Derecho del trabajo o Derecho Social, es una rama del Derecho cuyos principios y normas jurídicamente tienen por objeto la tutela del trabajo humano, productivo, libre y por cuenta ajena.
- Derecho Civil: es el conjunto de normas jurídicas y principios que regulan las relaciones personales o patrimoniales entre personas privadas, tanto físicas como jurídicas de carácter privado y público, o incluso entre las últimas, siempre que actúen desprovistas de imperium.
- Derecho mercantil (o Derecho Comercial): es el conjunto de normas relativas a los comerciantes en el ejercicio de su profesión, a los actos de comercio legalmente calificados como tales y a las relaciones de éstos; en términos amplios, es la rama del Derecho que regula el ejercicio del comercio.
- Derecho tributario: conocido como derecho fiscal, es una rama del Derecho Público que estudia las normas a través de las cuales el Estado ejerce su poder tributario con el propósito de obtener de los particulares ingresos que sirvan para sufragar el gasto público en aras de la consecución del bien común.
- Derecho financiero: es una rama del Derecho Público que se ocupa de ordenar los ingresos y los gastos públicos normalmente previstos en el presupuesto general del Estado.
- Derecho Administrativo: es el conjunto de normas jurídicas que regula la organización, funcionamiento y atribuciones de la Administración Pública en sus relaciones entre los particulares y otras Administraciones Públicas.
- Derecho ambiental: es un conjunto de reglas que resuelven problemas relacionados con la conservación y protección del medio ambiente y de la lucha contra la contaminación.
- Derecho agrario: es el orden jurídico que rige las relaciones entre los sujetos participantes en la actividad agraria a con referencia a objetos agrarios y con el fin de proteger los recursos naturales, renovables, fomentar la producción agropecuaria y asegurar el bienestar de la comunidad rural. [1]
- Derecho minero: es el conjunto de normas jurídicas las concesiones exclusivas para explorar o explotar las sustancias generales que son de aprovechamiento de cualquier persona, regulando tanto en su constitución, naturaleza, ejercicio y extinción; así como alguno de los actos, contratos y litigios que se refieran a él.
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Notas
- Vivanco, A (1967) “Teoría del Derecho Agrario” Vol.1, Librería Jurídica, La Plata.
Véase También
Sistema jurídico, Norma básica, Sistema de normas, Estructura jerárquica, Filosofía del Derecho
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- Bodenheimer, E (1997) Teoría del Derecho. Santa fé de Bogotá, Colombia.
- Cabanellas de Torres, G (1994) Diccionario enciclopédico de Derecho usual. Editorial Eliasta. Vigésima tercera edición, Buenos Aires, Argentina.
- Díez-Picazo, L (1983) Experiencias jurìdicas y teoría del derecho. Editorial Ariel, Barcelona, España.
- García Máynez, E (2000) Introducción al estudio del Derecho. Editorial Porrúa. México.
- Latorre, A (1983) Introducción al Derecho. Editorial Ariel, Barcelona, España.
- Vivanco, A (1967) “Teoría del Derecho Agrario” Vol.1, Librería Jurídica, La Plata.
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