Existencia de Varios Sistemas Morales
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Complementariedad Entre el Derecho y la Moral
Ideas Básicas
En este caso será inevitable que existan contradicciones entre algunas normas morales y el Derecho.Entre las Líneas En estas situaciones (tan corrientes en las sociedades actuales), habrá todavía sin duda un núcleo de convicciones o valores morales básicos comúnmente aceptados por la gran mayoría de los miembros de la sociedad, pero, al mismo tiempo, habrá otra serie de aspectos o materias sobre las que no exista coincidencia de valoración.
En ese supuesto, las discrepancias conducirán de forma casi inevitable a la aparición de contradicciones entre el Derecho y algunos de los códigos morales vigentes en la sociedad, planteándose un serio problema de decisión o de elección, tanto para los individuos como para la comunidad.
Para los individuos se trata del conflicto entre dos deberes opuestos: el de obediencia a las leyes civiles y el de sometimiento al dictamen de la propia conciencia. Es pues, ante todo, un problema de fidelidad a las propias convicciones y, por tanto, un problema estrictamente particular. Lo que no impide a los individuos o a los grupos a luchar social y políticamente por el reconocimiento social y jurídico de sus propios principios de moralidad.
Para la comunidad el problema se reduce a decidir qué actitud ha de adoptar el Derecho ante el pluralismo moral de la sociedad. Ante esta cuestión solo caben 2 opciones:
Una de máximo respeto a la libertad del individuo-persona, que propugna que el Derecho deber regular únicamente el mínimo necesario para la conservación de la vida social, abandonando el resto a la autonomía de los individuos.
Otra que exige que el Derecho contribuya positivamente a implantar en la sociedad los principios de una moralidad considerada superior.
Así pues, el dilema planteado no tiene una solución fácil ni cómoda, ya que, por una parte, hay que tener en cuenta que el Derecho está siempre al servicio de la persona humana individual, y por otra parte, no puede perderse de vista que la regulación jurídica ha de ser general y uniforme para todos los miembros de la sociedad.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Puede concluirse, por tanto, que el respeto del Derecho a la privacidad y autonomía moral del individuo es un postulado primario de la organización social, pero que, en caso de conflicto, esa autonomía moral individual ha de ceder ante el respeto general a las convicciones éticas de la mayoría de los ciudadanos y a los valores fundamentales de la sociedad justamente ordenada. Y hoy se piensa que entre esos valores han de figurar, de forma inexcusable:
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La generalidad de la ley.
La igualdad de trato y de oportunidades.
El pluralismo ideológico.
El bienestar y salud pública.
La seguridad jurídica y política.
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