▷ Sabiduría semanal que puedes leer en pocos minutos. Añade nuestra revista gratuita a tu bandeja de entrada. Lee gratis nuestras revistas de Derecho empresarial, Emprender, Carreras, Liderazgo, Dinero, Startups, Políticas, Ecología, Ciencias sociales, Humanidades, Marketing digital, Ensayos, y Sectores e industrias.

Fideicomisos en Chipre

▷ Lee Gratis Nuestras Revistas

Fideicomisos (Trusts) en Chipre

Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre los fideicomisos en Chipre. Véase el tratamiento fiscal de los fideicomisos en Luxemburgo, y en Suiza.

[aioseo_breadcrumbs]

Normativa y Funcionamiento de los Fideicomisos en Chipre: En General

Normativa aplicable a los Fideicomisos en Chipre

Las Leyes

El marco legal que rige los fideicomisos en Chipre se basa en La Ley de Fideicomisarios, Cap. 193, (“La Ley de Fideicomisarios”), que se basa en gran medida en la Ley de Fideicomisarios inglesa de 1925 y en La Ley de Fideicomisos Internacionales, nº 69(I)/92, (“La Ley de Fideicomisos Internacionales”), promulgada en julio de 1992 y modificada con la Ley de Fideicomisos Internacionales (Enmienda), nº 20(I)/2012.

Además de las promulgaciones anteriores, Chipre ha ratificado con la ley No. 4(III) / 2017 el Convenio de La Haya sobre la ley aplicable a los fideicomisos y sobre su reconocimiento, en adelante “El Convenio de La Haya sobre Fideicomisos” que es un convenio relacionado con cuestiones de conflicto de leyes y establece normas en cuanto al reconocimiento de fideicomisos de una jurisdicción a otra.
El Common Law y los Principios de Equidad , también son aplicables, siendo una de las fuentes del sistema jurídico chipriota según el artículo 29 (1) (c) de la Ley de Tribunales de Justicia nº 14/60 en su versión modificada, siempre que no entren en conflicto con los estatutos locales.

Tipos de fideicomisos establecidos en Chipre
Los principales tipos de fideicomisos que pueden establecerse en Chipre son el
“trust local” y el “trust internacional chipriota”. Un fideicomiso local es un fideicomiso en el que el fideicomitente o uno de los beneficiarios son residentes en Chipre. Un fideicomiso internacional chipriota es un fideicomiso que se establece conforme a las disposiciones de la Ley de fideicomisos internacionales y que cumple las condiciones que allí se mencionan y que se explican más adelante.
Un tercer tipo de fideicomiso es el fideicomiso extranjero o extraterritorial que es establecido por extranjeros en beneficio de extranjeros y no cumple las condiciones para ser clasificado como fideicomiso local o fideicomiso internacional chipriota pero tiene como ley propia elegida aplicable a él, la ley chipriota.
Aplicabilidad de las distintas leyes a los distintos tipos de fideicomisos chipriotas
La Ley de Fideicomisarios, el Derecho Común y los Principios de Equidad, se aplican a los fideicomisos locales y a los fideicomisos internacionales chipriotas. Las disposiciones de la Ley de fideicomisos internacionales se aplican exclusivamente al fideicomiso internacional chipriota.
En caso de que exista alguna incoherencia entre las disposiciones de la Ley de fideicomisarios, el Common Law o los Principios de equidad y las disposiciones de la Ley de fideicomisos internacionales, prevalecerán las disposiciones de la Ley de fideicomisos internacionales en lo que respecta a los fideicomisos internacionales chipriotas por tratarse de una ley especial que regula un tipo particular de fideicomisos.
En el caso de un fideicomiso extranjero que haya elegido como ley propia la ley de Chipre, entonces el entorno jurídico aplicable a los fideicomisos locales se aplica también a este tipo de fideicomisos.
El objeto de esta publicación
Con esta publicación nos ocuparemos en primer lugar del entorno jurídico general sobre los fideicomisos, y después nos ocuparemos ampliamente del fideicomiso internacional chipriota.

Definición y Naturaleza de los Fideicomisos en Chipre

El trust es el concepto jurídico más importante creado por la Equity y uno de los mayores logros de la jurisprudencia inglesa. Ha sido creado por la Equity para evitar la injusticia administrada por la aplicación rígida del Common Law o de los estatutos.
La esencia y la magnificencia de los fideicomisos es que permiten una división en la propiedad de los bienes objeto del fideicomiso, entre el fideicomisario y el beneficiario o beneficiarios de tal manera que el fideicomisario se ve obligado a actuar en el mejor interés del beneficiario o beneficiarios en relación con el uso y la gestión de dichos bienes.
Es muy difícil construir una definición exhaustiva de lo que es un trust y ello se debe a la variedad de los trusts que pueden existir y a la variedad de formas en que pueden crearse.
En vista de las complicaciones mencionadas, todavía no existe una definición satisfactoria en las diversas leyes aplicables a los fideicomisos en cuanto al significado de fideicomiso.
Teniendo en cuenta los diversos intentos, leyes y decisiones judiciales existentes en cuanto a lo que podría ser el significado de fideicomiso y tomando también en consideración el enfoque del Common Law y de la Equidad, se puede decir que un fideicomiso es la relación que surge, expresa, implícita o constructivamente, cuando una persona llamada fideicomisario, es obligada en Equidad por los tribunales o por los términos de una escritura de fideicomiso o testamento particular, a mantener la propiedad, ya sea real o personal y ya sea por título legal o equitativo,
(i) en beneficio de algunas personas, los beneficiarios, independientemente de si el fideicomisario es también beneficiario del fideicomiso; y/o,
(ii) para cualquier fin, pero en tal caso de un “fideicomiso de finalidad” no exclusivamente en beneficio del fideicomisario sino de los beneficiarios o para otros objetos del fideicomiso.
También basándose en la naturaleza general del fideicomiso, se puede plantear una definición más simple, que un fideicomiso es la relación por la cual, una persona a la que se le confiere una propiedad está obligada en Equidad a mantener la propiedad en beneficio de otra persona o para algún fin distinto al suyo propio.

Clasificación de los Fideicomisos en Chipre

Existen principalmente tres tipos principales de fideicomisos: los fideicomisos expresos, los fideicomisos resultantes y los fideicomisos constructivos. Todos los fideicomisos que no son expresos, pueden clasificarse como fideicomisos implícitos.
En función de su finalidad pueden clasificarse como fideicomisos con finalidad o fideicomisos benéficos y en función de la discreción y los poderes otorgados al fideicomisario pueden clasificarse también como fijos o discrecionales.
Los fideicomisos pueden crearse en vida, (inter – vivos), o a la muerte mediante testamento.
Principales tipos de fideicomisos
Los fideicomisos expresos son aquellos creados por la intención expresa y clara del fideicomitente (intencionadamente), o la declaración expresa y clara de la persona a la que se confieren los bienes, el fideicomisario, en beneficio de un beneficiario concreto o para un fin.
Los fideicomisos resultantes son implícitos por el tribunal – no son creados intencionadamente por el fideicomitente. En este tipo de fideicomiso el interés beneficioso en la propiedad vuelve (resulta) a la persona, (fideicomitente), que aportó la propiedad o a su patrimonio y por esta razón se clasifican como fideicomisos resultantes.
Los fideicomisos constructivos surgen por ministerio de la ley. Estos fideicomisos se crean independientemente de la intención de las partes para satisfacer las exigencias de la justicia. Cuando una propiedad es poseída por una persona en circunstancias tales que constituye un abuso poseerla o crea una injusticia, entonces la equidad convierte al poseedor en un fideicomisario constructivo en beneficio de la persona a la que debería pertenecer la propiedad.
Otros tipos de fideicomisos expresos
Los fideicomisos benéficos son aquellos que se crean para un fin o fines benéficos. Sin embargo, no existe una definición legal de lo que constituye una organización benéfica según la Ley de organizaciones benéficas Cap.41.
Los fideicomisos benéficos pueden crearse mediante cualquier escritura, testamento u otro documento siempre que tenga como objeto fines benéficos. Dicho documento es registrable según las disposiciones de The Charities Law Cap. 41. Los fideicomisarios pueden solicitar al Consejo de Ministros su registro con el fin de dotar de personalidad jurídica a dicha institución benéfica.
También se puede constituir un fideicomiso benéfico según las disposiciones de la Ley de Fideicomisos Internacionales siempre que cumpla los requisitos mencionados en la misma.
Los fideicomisos benéficos locales establecidos conforme a la Ley de Organizaciones Benéficas Cap. 41, son ejecutables por el Fiscal General de la República en nombre del Estado, mientras que los fideicomisos benéficos constituidos conforme a La Ley de Fideicomisos Internacionales son ejecutables según los términos de la escritura de constitución del fideicomiso.
Los fideicomisos con fines específicos son aquellos fideicomisos que no tienen – beneficiarios, sino que existen para promover algún tipo de fin no benéfico. Un fideicomiso benéfico, en efecto, es un fideicomiso con fines benéficos.

Los fideicomisos fijos son aquellos fideicomisos en los que la cuota o interés de los beneficiarios en la propiedad fiduciaria está especificada por el fideicomitente y no puede cambiar. Es decir, el fideicomisario está obligado a realizar una distribución de la propiedad fiduciaria a los beneficiarios de una manera fija o predeterminada, tal y como se establece en la escritura fiduciaria. El derecho fijo puede ser una fracción específica o un porcentaje.
Los fideicomisos discrecionales son aquellos fideicomisos en los que los derechos al fondo fiduciario no son fijos, sino que los determina el fideicomisario según los criterios pertinentes establecidos en la escritura fiduciaria por el fideicomitente. En efecto, el fideicomisario tiene la facultad discrecional de decidir si distribuye los bienes fideicomitidos a los beneficiarios y en qué proporción. En los fideicomisos discrecionales, los beneficiarios sólo tienen derechos contingentes sobre los bienes fideicomitidos. No pueden reclamar la propiedad fiduciaria en ningún momento. La distribución de la propiedad fiduciaria queda totalmente a discreción del fideicomisario. Los fideicomisos discrecionales sólo pueden surgir como fideicomisos expresos. No es posible que un fideicomiso constructivo o un fideicomiso resultante surjan como fideicomisos discrecionales.

Formalidades de los Fideicomisos Expreso en Chipre

Validez legal
Para crear un fideicomiso expreso válido, el fideicomitente, que transfiere la propiedad al fideicomisario, debe ser competente para hacerlo, es decir, en el momento de la transferencia debe ser mayor de edad y mentalmente sano según la ley del país en el que reside.
En principio, no se requieren formalidades para la creación de un fideicomiso expreso, excepto cuando el fideicomiso se crea mediante un testamento, en cuyo caso deben cumplirse los requisitos particulares para la creación de un testamento válido.
Los fideicomisos expresos y los fideicomisos benéficos sin embargo, deben satisfacer, además de lo anterior, los requisitos de las llamadas, tres certezas:
(i) Certeza de la intención;
(ii) Certeza del objeto; y
(iii) Certeza de los objetos.
El fideicomitente debe manifestar su intención de crear un fideicomiso. Los bienes fideicomitidos deben especificarse con una certeza razonable y los beneficiarios del fideicomiso deben ser determinables. Este último requisito no se exige en el caso de un fideicomiso con finalidad / benéfico, tal y como se identifica en la Ley.
Para constituir un fideicomiso expreso o benéfico, debe redactarse y firmarse una escritura de fideicomiso entre el fideicomitente y el fideicomisario en la que se identifiquen las condiciones en las que la propiedad fiduciaria será transferida al fideicomisario y mantenida por éste.
Los fideicomisos no tienen personalidad jurídica. En este sentido, todo lo que deba hacerse para el trust se realiza a través del trustee actuando no a título personal sino como trustee del trust en cuestión.
Las cuentas bancarias también se abren a nombre del fideicomisario que actúa de nuevo no a título personal sino como fideicomisario del fideicomiso pertinente.
Un trust puede tener cualquier nombre decente y no existe ningún procedimiento oficial de aprobación del nombre elegido.

Servicios Fiduciarios en Chipre

Actividad regulada
La administración o gestión de fideicomisos, incluyendo, la realización o prestación de servicios fiduciarios, independientemente de dónde se haya establecido el fideicomiso o se ejerza la prestación de servicios de administración o inversión o disposición de los activos de un fideicomiso, una vez que dichos servicios se ofrezcan en o desde Chipre, son actividades reguladas sujetas a las disposiciones de la Ley de Regulación de las Empresas que Prestan Servicios Administrativos y Asuntos Relacionados de 2012, Ley nº 196(I)/2012, en su versión modificada, en lo sucesivo denominada “Ley de Fiduciarios”.
Dichas actividades sólo pueden ser ofrecidas por personas jurídicas autorizadas en virtud de una licencia concedida por la autoridad reguladora, que es la Comisión del Mercado de Valores de Chipre, o pueden ser ofrecidas por personas exentas, tal y como éstas se identifican en la Ley de Fiduciarios, a saber, abogados, miembros del Colegio de Abogados de Chipre y contables, miembros del Instituto de Contables Públicos Autorizados de Chipre y sus filiales.

Prestación de servicios fiduciarios administrativos por personas físicas
La prestación de servicios de fideicomisario administrativo por personas físicas en los casos que se indican a continuación, no requiere la obtención de la licencia pertinente, siempre que dichos servicios administrativos no se publiciten o utilicen con el fin de captar clientes, ni se ofrezcan o presten a otras personas, distintas de las que se especifican más adelante:
(i) La prestación de servicios de fideicomisario cuando la persona que presta los servicios de fideicomisario sea el fideicomitente o cuando todos los beneficiarios del fideicomiso sean él mismo y/o su cónyuge y/o los miembros de su familia y/o los miembros de la familia de su cónyuge, hasta el cuarto grado de parentesco; o
(ii) Ser fideicomisario en un fideicomiso creado en virtud de un testamento de una persona física.

Procedimiento en los Fideicomisos en Chipre

Registros para fideicomisos
La Ley de Fiduciarios establece que el Colegio de Abogados de Chipre, el Instituto de Contables Públicos Certificados de Chipre y la Comisión de Valores y Bolsa de Chipre, mantengan registros de fideicomisos en los que se presente información limitada particular sobre los fideicomisos establecidos en Chipre.
Para los fideicomisos gestionados por abogados miembros del Colegio de Abogados de Chipre, la información se presenta al Colegio de Abogados de Chipre, para los fideicomisos gestionados por contables miembros del Instituto de Contables Públicos Certificados de Chipre, la información se presenta al Instituto de Contables Públicos Certificados de Chipre y para todos los demás fideicomisos no incluidos en las categorías anteriores, a la Comisión de Valores y Bolsa de Chipre.

Confidencialidad y Fideicomisos en Chipre

Información facilitada a las autoridades reguladoras al registrar un fideicomiso
Al registrar un fideicomiso ante la autoridad reguladora correspondiente, se debe presentar la siguiente información:
(i) El nombre del fideicomiso;
(ii) Los nombres y direcciones de los fideicomisarios;
(iii) La fecha de constitución del Trust;
(iv) La fecha de cambio de la ley propia del Trust, en su caso; y
(v) La fecha de terminación del fideicomiso una vez se haya producido.
Además, por estricta disposición de la Ley de Fiduciarios, esta información NO está abierta al público, sino sólo a las autoridades reguladoras. No se facilita ninguna información sobre el contenido de la escritura fiduciaria ni sobre el fideicomitente o los beneficiarios, que se mantienen en estricta confidencialidad.
Prestación de servicios fideicomisarios – obligación permanente sobre la información que debe mantenerse disponible
Toda persona que preste servicios fideicomisarios, administre y gestione fideicomisos, deberá recopilar y tener en todo momento disponible en Chipre, para su posible divulgación a la autoridad reguladora pertinente, la siguiente información, cuando proceda:
(i) la identidad de todos los fideicomisarios;
(ii) la identidad del fideicomitente;
(iii) la identidad de todos los beneficiarios o información sobre la clase de beneficiarios;
(iv) la identidad del protector (si procede);
(v) la identidad del gestor del fondo, contable, funcionario fiscal (si procede);
(vi) las actividades del fideicomiso; y,
(vii) la identidad de cualquier otra persona que ejerza control sobre el fideicomiso.
(Nuestro comentario: La obligación mencionada de divulgación a la autoridad reguladora pertinente se limita a los elementos allí especificados según las disposiciones de la Ley de Fideicomisos en su versión modificada. La Ley de fideicomisos internacionales, en el caso de los fideicomisos internacionales chipriotas, impone otras obligaciones estrictas de confidencialidad a las personas que tratan con fideicomisos internacionales chipriotas, como se analiza más adelante).
Estricta confidencialidad en cuanto a la divulgación de documentos o información relacionada con los fideicomisos internacionales de Chipre
La confidencialidad ocupa un lugar destacado en la Ley de fideicomisos internacionales de Chipre. Los fideicomisarios, el protector, el supervisor de la ejecución del fideicomiso o cualquier otra persona que se ocupe de los fideicomisos internacionales chipriotas no están autorizados a revelar información o documentos a ninguna persona que no esté autorizada por la ley a recibirlos, a menos que se emita una orden judicial por la que:
(i) se revelen los nombres del fideicomitente o de cualquiera de los beneficiarios;
(ii) se divulguen las deliberaciones de los fideicomisarios sobre la forma en que se ejerció un poder o discreción o se cumplió un deber conferido o impuesto por la ley o por los términos del fideicomiso internacional chipriota;
Del mismo modo, se prohíbe la divulgación del motivo de cualquier ejercicio particular de dicho poder o discreción o cumplimiento del deber, o el material, en el que dicho motivo se basará o podría haberse basado.
Además, la confidencialidad se extiende a todo lo que forme parte de las cuentas de un fideicomiso internacional chipriota.
En el caso de las cuentas del fideicomiso, el fideicomisario tiene la facultad de revelar dicha información a los beneficiarios sólo en el caso de que considere que dicha revelación salvaguarda los intereses del fideicomiso.
No obstante lo anterior, cuando exista un proceso penal o un litigio civil pendiente, el tribunal podrá emitir una orden para la divulgación de información como la anterior, siempre que esté convencido de que dicha orden es de suma importancia para el resultado del proceso judicial.

(Nuestro comentario: La Ley de Fideicomisos Internacionales con esta disposición ha impuesto condiciones adicionales mientras que un tribunal considerará emitir una orden de divulgación. En este sentido, antes de que un tribunal conceda una orden de divulgación relacionada con un fideicomiso internacional de Chipre, deben cumplirse las condiciones adicionales impuestas por la ley como se ha indicado anteriormente. Tales condiciones no se dan en los casos judiciales ordinarios en ausencia de un fideicomiso internacional chipriota en la estructura cuando se emiten las órdenes de divulgación (órdenes Pharmacal Norwich).
A este respecto un fideicomiso internacional chipriota en las estructuras corporativas da una protección adicional en caso de procedimientos judiciales).
La revelación de los beneficiarios – obligación según la 5ª directiva AML
Según la 5ª Directiva AML de la UE, (la “Directiva”) los estados miembros deberían haber importado esta Directiva a la legislación local antes del 10 de enero de 2020.
De acuerdo con las disposiciones de la Directiva, cada empresa / entidad jurídica, DEBE declarar sus beneficiarios finales, personas físicas, que posean más del 25% de los intereses reales en la empresa / entidad jurídica, al registro público de beneficiarios para empresas / entidades jurídicas, el “Registro de Empresas”, que se creará para este fin y sus nombres estarán abiertos al público.
Los detalles estarán disponibles una vez que la Directiva sea implementada en la legislación local.
Por el momento, esta Directiva no se ha aplicado en Chipre, pero se espera que se haga lo antes posible, ya que Chipre incumple actualmente la Directiva comunitaria correspondiente.
El Registro Mercantil, estará abierto al público y en este sentido, cualquier persona o autoridad gubernamental, podrá tener acceso y obtener la información de quienes son los beneficiarios finales de las sociedades, que posean más del 25%.
Estructuras societarias nominativas
En aquellas sociedades en las que se utilicen accionistas nominativos, los beneficiarios finales que posean el 25% más una acción, serán revelados al Registro Mercantil y la información en él contenida será accesible al público.
Estructuras corporativas fiduciarias
La Directiva crea un registro separado para los fideicomisos. Se trata del registro de fideicomisos para beneficiarios de fideicomisos, el “Registro de Fideicomisos”. En este caso, los fideicomisarios de un fideicomiso en particular están obligados a revelar en el Registro de Fideicomisos que se cree, los beneficiarios finales del fideicomiso en particular. La diferencia con el Registro Mercantil, es que el Registro de Fideicomisos, no estará abierto al público.
¿Qué fideicomisos deben divulgarse?
Las obligaciones de divulgación se aplicarán a los fideicomisarios de fideicomisos expresos administrados en un estado miembro (independientemente de la ley que rija el fideicomiso).
La obligación de divulgación estará vigente independientemente de si los fideicomisos tienen consecuencias fiscales en el estado miembro, tal y como preveía la 4ª directiva AML.
Los fideicomisarios tendrán que registrar la información sobre la titularidad real de todos los fideicomisos existentes, así como de los nuevos fideicomisos creados tras la entrada en vigor de la legislación.
La Directiva también ampliará la obligación de registro a los fideicomisarios no comunitarios de fideicomisos expresos que establezcan una relación comercial o adquieran bienes inmuebles en un estado miembro.
La Directiva aplica las mismas obligaciones a las personas que ocupen cargos equivalentes en otros tipos de instrumentos jurídicos que tengan una estructura o un efecto similares a los fideicomisos, como las “fiducie” y determinados tipos de “Treuhand” o “fideicomiso” (las nociones fiduciarias francesa, alemana y española, respectivamente, similares a los fideicomisos).
Condiciones de acceso al Registro de Trusts
Según la Directiva, sólo podrán tener acceso al Registro de Trusts las autoridades y personas que puedan demostrar un interés legítimo y acreditarlo mediante el procedimiento pertinente que se aplique. Las condiciones para la prueba del “interés legítimo”, deben ser definidas en la ley por cada estado miembro individual.
El acceso al Registro de Fideicomisos también debe concederse a cualquier miembro del público en relación con un fideicomiso que posea o tenga una participación de control en una empresa que no esté constituida en la UE (y que, por lo tanto, no esté incluida en el registro de Sociedades de ningún estado miembro).
Los Estados miembros deberán establecer mecanismos para garantizar que la información sobre la titularidad real en los registros de sociedades y fideicomisos sea “adecuada, precisa y actual”; y los Estados miembros tendrán que garantizar la interconexión entre los registros de sociedades y fideicomisos de cada Estado miembro a través de una “Plataforma Central” de la UE. El Registro de Fideicomisos deberá haberse creado antes del 10 de marzo de 2020. Hasta ahora no se ha creado nada.
Diferencia importante de las dos estructuras corporativas – Nominee / Trust
La estructura corporativa en la que se utiliza el fideicomiso como accionista y no un accionista nominativo, ofrece una protección adicional a los propietarios beneficiarios finales ya que su identidad no estará abierta al público en general PERO sólo si se muestra un interés legítimo y es aceptado por la autoridad reguladora bajo cierto procedimiento que se proporcionará.
Queda por aclarar por la ley / reglamentos de aplicación de la Directiva cómo se logrará esto. Se establecerán ciertos procedimientos legales o de otro tipo a seguir para revelar la información relativa a los beneficiarios de un fideicomiso, a aquellos que demuestren un interés legítimo.

▷ Lo último (en 2026)
▷ Si te gustó este texto o correo, considera compartirlo con tus amigos. Si te lo reenviaron por correo, considera suscribirte a nuestras publicaciones por email de Derecho empresarialEmprenderDineroMarketing digital y SEO, Ensayos, PolíticasEcologíaCarrerasLiderazgoInversiones y startups, Ciencias socialesDerecho globalHumanidades, Startups, y Sectores económicos, para recibir ediciones futuras.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

(Nuestro comentario: Podría haber complicaciones en función de la forma en que se aplique la Directiva. Si una empresa tiene como accionista a un fideicomiso, (no a un accionista nominativo), el enfoque adecuado a seguir en tal caso, sería que los funcionarios de la empresa declarasen al Registro Mercantil únicamente el nombre del fideicomiso existente. En tal caso, los beneficiarios del fideicomiso no serán declarados en el Registro Mercantil. La ley de aplicación debería disponer que los beneficiarios de un fideicomiso se divulguen únicamente en el Registro de Fideicomisos.

Si los beneficiarios de un fideicomiso se divulgan en el Registro de Sociedades, las disposiciones de la Directiva que se aplicará en cuanto a los beneficiarios de un fideicomiso, que establecen que dicha información sólo se facilitará previa prueba de un interés legítimo, quedarán sin efecto, ya que el Registro de Sociedades estará abierto al público.

Sin embargo, hasta ahora no ha habido ninguna orientación gubernamental sobre esta posible complicación y sobre cómo aplicarán la Directiva.

Esperamos que se cumplan las disposiciones de la Directiva y que los beneficiarios de un fideicomiso no sean revelados sin el procedimiento adecuado que demuestre un interés legítimo, tal y como establece la Directiva.

Nuestra opinión es que los beneficiarios de un fideicomiso deben declararse ÚNICAMENTE en el Registro de Fideicomisos y no en el Registro Mercantil, ya que de lo contrario se incumplirían las claras disposiciones de la Directiva).

Los Fideicomisos Internacionales de Chipre

La Ley de fideicomisos internacionales de Chipre se promulgó en 1992 y se modificó ampliamente en 2012. Con su forma actual esta ley, dio a Chipre la caracterización como una de las mejores jurisdicciones para la creación de fideicomisos internacionales debido a sus numerosos beneficios en comparación con otras jurisdicciones.

Condiciones de los Fideicomisos Internacionales de Chipre

Para tener un fideicomiso internacional chipriota deben cumplirse las siguientes condiciones:
(i) El fideicomitente, ya sea una persona física o jurídica, no debe ser residente de Chipre durante el año natural, que precede al año de creación del fideicomiso; Y
(ii) Los beneficiarios, ya sean personas físicas o jurídicas, con la excepción de una institución benéfica, no deben ser residentes en Chipre durante el año natural, que precede al año de creación del fideicomiso; Y
(iii) Al menos uno de los fideicomisarios es, durante toda la vida del fideicomiso, residente en Chipre.
El término residente en Chipre tiene el significado que le dan las Leyes del Impuesto sobre la Renta de Chipre.
Según lo dispuesto en las Leyes del Impuesto sobre la Renta, una persona física se considera residente fiscal de Chipre si reside en Chipre durante un período que supere en total los 183 días en un ejercicio fiscal.
Una empresa se considera residente fiscal en Chipre si su dirección y control se ejercen en / desde Chipre.

📬Si este tipo de historias es justo lo que buscas, y quieres recibir actualizaciones y mucho contenido que no creemos encuentres en otro lugar, suscríbete a este substack. Es gratis, y puedes cancelar tu suscripción cuando quieras:

Qué piensas de este contenido? Estamos muy interesados en conocer tu opinión sobre este texto, para mejorar nuestras publicaciones. Por favor, comparte tus sugerencias en los comentarios. Revisaremos cada uno, y los tendremos en cuenta para ofrecer una mejor experiencia.

Definiciones sobre los Fideicomisos Internacionales de Chipre

Fideicomiso. Véase la definición de fideicomiso en el diccionario.
Fideicomisario. La noción de fideicomisario incluye a cualquier persona jurídica o física que posea los bienes fideicomitidos en beneficio de los beneficiarios, independientemente de si el fideicomisario es también beneficiario y/o posee los bienes fideicomitidos con una finalidad, pero en tal caso, (purpose trust), posee los bienes fideicomitidos no exclusivamente en beneficio del fideicomisario.
Fideicomitente. Se refiere a una persona jurídica o física que otorga la propiedad fiduciaria o dispone de la propiedad fiduciaria o a efectos de un testamento bajo términos fiduciarios.
Beneficiario. Significa, una persona jurídica o física, incluyendo una persona aún no nacida en la fecha del establecimiento del fideicomiso o parte de una clase de personas, que tienen un derecho o interés en la propiedad, que está sujeta a un fideicomiso.
Protector. Significa una persona, distinta del fideicomisario, a la que se han otorgado poderes de cualquier naturaleza mediante la escritura de constitución del fideicomiso, incluido el poder de asesorar al fideicomisario en relación con el ejercicio de sus poderes o con respecto al derecho del protector de consentir o vetar las decisiones del fideicomisario y también incluye el poder de nombrar o cancelar el nombramiento del fideicomisario.

Revisor de hechos: Mix

Fideicomiso en el Derecho Civil Europeo

Para un análisis más detenido acerca de fideicomiso de residuo (véase aquí) y, en general, del derecho civil español (derecho sucesorio), véase aquí (el vínculo le llevará a la enciclopedia jurídica española).

[rtbs name=”derecho-civil”] [rtbs name=”derecho-de-sucesiones”]

Recursos

Véase También

  • Derecho de Sucesiones
  • Sustituciones Hereditarias
  • Derecho Privado
▷ Esperamos que haya sido de utilidad. Si conoces a alguien que pueda estar interesado en este tema, por favor comparte con él/ella este contenido. Es la mejor forma de ayudar al Proyecto Lawi.
▷ Lee Gratis Nuestras Publicaciones
,Si este contenido te interesa, considera recibir gratis nuestras publicaciones por email de Derecho empresarial, Emprender, Dinero, Políticas, Ecología, Carreras, Liderazgo, Ciencias sociales, Derecho global, Marketing digital y SEO, Inversiones y startups, Ensayos, Humanidades, y Sectores económicos, en Substack.

Foro de la Comunidad: ¿Estás satisfecho con tu experiencia? Por favor, sugiere ideas para ampliar o mejorar el contenido, o cómo ha sido tu experiencia:

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

▷ Recibe gratis nuestras revistas de Derecho empresarial, Emprender, Carreras, Dinero, Políticas, Ecología, Liderazgo, Marketing digital, Startups, Ensayos, Ciencias sociales, Derecho global, Humanidades, y Sectores económicos, en Substack. Cancela cuando quieras.

Descubre más desde Plataforma de Derecho y Ciencias Sociales

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo