Guerra Proporcional: Ius in bello: El requisito de proporcionalidad
Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] (El) punto central de la filosofía de la guerra: toda guerra debe ser, no solo justa, sino proporcional. ¿Pero qué quiere decir esto? ¿Cuándo es una guerra proporcional? La idea central es simple, pero cuando uno trata de aplicarla aparecen muchas dificultades. Una guerra es proporcional, en un sentido vago, cuando los efectos buenos que produce compensan por sus efectos malos. Vimos que para que una guerra esté justificada debe ser emprendida por una causa justa, y que la única causa justa es la defensa de las personas.Si, Pero: Pero una causa justa es una condición necesaria, no suficiente, de una guerra justificada. Si para defenderse de una agresión un estado aniquila al agresor con una bomba atómica, ese estado comete un acto de guerra (véase qué es, su concepto jurídico) injustificado a pesar del hecho de que fue víctima de la agresión inicial, porque esa reacción no guarda proporción con dicha agresión.
Hasta aquí la idea es relativamente clara.
Puntualización
Sin embargo, el fenómeno de la guerra presenta el siguiente dilema: en toda guerra inicialmente justificada el estado que la conduce causa la muerte de personas inocentes. Estas personas no han renunciado a su derecho a la vida.
Una Conclusión
Por lo tanto, es posible argüir que ninguna guerra que cause la muerte de personas inocentes está justificada. Como todas las guerras causan esas muertes, ninguna guerra está justificada. Tenemos la obligación de ser pacifistas. Si el agresor invade, debemos someternos a él (a menos que el agresor planee exterminarnos) porque toda resistencia violenta causará la muerte de inocentes. Muchos han considerado esta postura inaceptable, pero responder a ella no es tan fácil como parece. Para hacerlo, los autores han desarrollado la teoría del efecto doble (DED) (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). Reducida a su mínima expresión, esta teoría sostiene que, si una acción produce un efecto bueno y otro efecto malo, a veces es posible excusar al agente por el mal efecto producido, a saber, cuando el agente no intenta directamente ese efecto malo. Aplicada a la guerra, la teoría del efecto doble sostiene que el gobierno que conduce una guerra en nombre de una causa justa no desea la muerte de inocentes. Dicho daño se produce de manera colateral, es decir, como un efecto oblicuo de la acción. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Si, además, el daño colateral mantiene una relación proporcional con el efecto bueno produci¬do, es posible que dicho daño, aunque sea lamentable, esté excusado o justificado.
La teoría del efecto doble ha sido ampliamente discutida, y no puedo aquí hacer justicia a la complejidad y riqueza de esa discusión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Me limitaré a ofrecer una versión que me parece plausible. Comenzaremos con una formulación general aproximada:
Una acción que produce dos efectos, uno bueno y uno malo, puede ser realizada:
1) Si el acto es moralmente correcto,
2) Si el agente intenta el efecto bueno, aunque el efecto malo pueda ser previsto,
3) Si el efecto bueno no se produce por intermedio del efecto malo, y
4) Si el valor logrado por el efecto bueno es suficientemente importan¬te como para permitir que ocurra el desvalor causado por el efecto malo.
Ahora adaptemos esta formulación al tema de la guerra:
Un acto de guerra (véase qué es, su concepto jurídico) que persigue un resultado valioso (por ejemplo, de¬rrotar a un enemigo que amenaza o causa un daño importante a las perso¬nas), y que al mismo tiempo previsiblemente causará la muerte de inocen¬tes, es permisible si, y solo si:
1) El acto en sí está autorizado por las leyes de la guerra; por ejemplo, las armas utilizadas están permitidas (no se permiten armas biológicas, etcétera).
2) El agente intenta, busca un resultado valioso (la derrota del enemigo injusto), aunque prevea, pero no desee, la muerte de inocen¬tes;
3) El resultado valioso no se logra usando las muertes de inocentes como medio, y
4) El resultado valioso (la derrota del enemigo injusto) es suficientemente importante como para tolerar la muerte (no deseada pero prevista por el agente) de las personas inocentes.
La mayor parte de la literatura se ha concentrado en la condición (2): el guerrero justo no debe intentar o desear la muerte de personas inocentes, aunque prevea que ocurrirán. Esto requiere elaboración.
Según los teóricos de la teoría del efecto doble, la muerte colateral de personas inocentes no es parte intrínseca de la acción del guerrero justo. Esto significa que, en un sentido importante, éste no intenta o desea esas muertes.Si, Pero: Pero el lenguaje de intencionalidad es engañoso, porque el efecto dañoso es ciertamente imputable al agente. El comandante que destruye una posición enemiga cau¬sa la muerte colateral de inocentes de manera deliberada y con conocimiento de que su ataque (justificado en cuanto a la causa) matará a esos inocentes. ¿En qué sentido, entonces, puede uno decir que el agente no deseó esas muertes? El comandante sabía que si disparaba sus armas los inocentes morirían; sin embargo, disparó.Entre las Líneas En un sentido plausible de “desear” o “intentar”, el comandante deseó o intentó matarlos.Entre las Líneas En vista de esta dificultad, quienes proponen la teoría del efecto doble conceden que en este caso el agente intenta o desea el efecto malo, pero distinguen entre intención directa e intención oblicua. El comandante intenta producir todas las consecuencias causales previsibles de su acción. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).
Puntualización
Sin embargo, él intenta directamente matar al enemigo, mientras que intenta oblicuamente la muerte de personas inocentes. La pregunta aquí es contrafáctica: “¿Hubiera usted disparado sus armas igual si le hubieran dicho que no habría consecuencias malas?” Si la res¬puesta es afirmativa, entonces el agente intentó esas consecuencias malas de manera oblicua. Estas consecuencias colaterales dañosas son irrelevantes para el fin del comandante, que es derrotar al enemigo injusto.
Sin embargo, esta movida es puramente verbal. El problema aquí no es conceptual (¿qué cuenta como intención?) sino normativo: ¿Es moralmente permisible causar muertes colaterales en una guerra justa? La respuesta más prometedora es ésta: La acción dirigida a un mal moral está guiada por ese mal. El mal causado con intención directa es más ultrajante que el mal causado con intención oblicua porque vulnera de manera flagrante el res¬peto debido a las personas; de ahí la diferencia entre los dos efectos de la misma acción. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). El comandante que no apunta a los inocentes no quiere realmente dañarlos; los salvaría si pudiera. Ese daño colateral no significa nada para él, no es parte de su acción. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). La acción no está guiada por tal daño.
Indicaciones
En cambio, el comandante que apunta a los inocentes desea su muerte; no quiere salvarlos. Esas muertes son elementos esenciales de su intención; su acción está, entonces, guiada por el mal. Esta distinción, creo, es plausible, y marca una diferencia moral entre acción dañosa directa y acción dañosa oblicua.
No obstante, del hecho de que haya una diferencia moral entre acción dañosa directa y acción dañosa oblicua no se sigue que ésta sea moralmente permisible. Como señaló Warren Quinn, la teoría del efecto doble aumenta las exigencias de la permisión de matar; no las disminuye. La teoría del efecto doble no justifica las muertes colaterales en una guerra: meramente observa que las muertes colaterales de inocentes son menos reprensibles que las muertes directas de inocentes. Un pacifista puede mantener que las muertes colaterales de inocentes son inmorales, injustificadas, aun concediendo que no sean tan reprensibles como las muertes de inocentes causadas directamente. Podemos ver, entonces, que la mera invocación de la condición (2) de la teoría del efecto doble, esto es la distinción entre daño directo y daño oblicuo, no alcanza para responder a la objeción pacifista. Para responderle, es necesario invocar la condición (4): el requerimiento de que el efecto benéfico (la realización de la causa justa) sea “suficientemente importante” como para tolerar la muerte colate¬ral de inocentes.
Esta condición es normalmente catalogada como una condición de pro¬porcionalidad. Qué cuente como acción proporcional es, sin embargo, poco claro. La literatura moderna sobre la teoría del efecto doble ha rechazado en general un criterio puramente utilitario; sin embargo, las soluciones propuestas no parecen mejorar mucho ese criterio, ya que normalmente desembocan en un cálculo de costos (o costes, como se emplea mayoritariamente en España) y beneficios en términos de vidas humanas.
La teoría del efecto doble puede desempeñar dos papeles distintos, aunque relacionados.Entre las Líneas En primer lugar, la teoría del efecto doble puede ser usada para distinguir entre el combatir de manera moral y el combatir de manera inmoral, sin referencia a la justicia o injusticia de la causa.Entre las Líneas En segundo lugar, la teoría del efecto doble puede ser usada para justificar daño colateral a inocentes (y, parejamente, condenar daño directo a inocentes) en guerras que son, por lo demás, justas. Michael Walzer ha seguido la primera estrategia. Para él, un acto de guerra (véase qué es, su concepto jurídico) satisface la teoría del efecto doble cuando:
(1) El acto es bueno o indiferente en sí mismo (por ejemplo, el arma usada es moralmente permisible)
(2) El efecto directo es moralmente permisible: la destrucción de depósi¬to de armas, por ejemplo, o la muerte de soldados enemigos.
(3) La intención del agente es buena, esto es, solamente apunta al efecto aceptable; el efecto malo no es uno de sus fines, ni es un medio para sus fines.
(4) El efecto benéfico es suficientemente bueno como para compensar por el efecto malo; debe estar justificado por la regla de proporcionalidad de Sidgwick.
La condición (2) de Walzer estipula que el efecto bueno debe ser moralmente aceptable.Si, Pero: Pero por “moralmente aceptable” Walzer quiere decir el efecto que el combatiente cree que conduce a la victoria para su lado. Del mismo modo, bajo la condición (4) un “buen efecto” significa un buen efecto “dados los objetivos bélicos” de los combatientes. Walzer (siguiendo a Sidgwick) quiere deliberadamente separar el tema de la moralidad del combate, el ius in bello, del tema de la justicia de la causa, el “ius ad bellum.” Este enfoque es comprensible, ya que un combatiente que viola las restricciones del “ius in bello” comete un crimen, aún si persigue una causa justa (así, por ejemplo, el bombardeo de Dresden por los Aliados en la Segunda Guerra Mundial fue moralmente injustificado, aun cuando los Aliados persegu¬ían la justa derrota del Tercer Reich (1935-1945).)
A pesar de su utilidad, este enfoque no nos permite usar la teoría del efecto doble para justificar guerras justas. Si la guerra puede ser justificada, es decir, si es po¬sible darle una respuesta convincente al pacifista, es necesario proporcionar un argumento para justificar el daño colateral a inocentes que toda guerra, aún justa, causa. El primer paso es señalar que toda muerte, directa o indirecta, causada por un combatiente que persigue una causa injusta es una muerte injustificada, un homicidio. Las únicas muertes en una guerra que pueden justificarse son las causadas por un combatiente que abraza una causa justa. La justicia de la causa (que, como señalé, es siempre la defensa de las personas) es una condición necesaria para justificar el daño, la muerte y la destrucción que toda guerra produce.Si, Pero: Pero no es una condición suficiente, ya que un combatiente que persigue una causa justa puede también cometer crímenes de guerra (la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad fue adoptada en Nueva York, el 26 de noviembre de 1968 por la Asamblea General en su resolución 2391 (XXIII) y entró en vigor el 11 de noviembre de 1970, de conformidad con el artículo VIII; consulte también la información sobre los delitos o crímenes de lesa humanidad y acerca de los crímenes contra la humanidad).
La segunda función de la teoría del efecto doble, entonces, es importantísima: es la de responder a la objeción pacifista e identificar los casos en que las muertes colaterales de inocentes en una guerra justa están justificados.Entre las Líneas En mi opinión, esto solo puede lograrse si la condición (4) es entendida, no solamente como un criterio cuantitativo de proporcionalidad (un cálculo de costos (o costes, como se emplea mayoritariamente en España) y beneficios), sino además como una evaluación cualitativa de lo que está en juego en la victoria, es decir, de cuán justa sea la causa.
Comencemos con la regla de proporcionalidad de Sigdwick, corrigién¬dola en etapas para responder a las preocupaciones que identifiqué. La idea general de proporcionalidad es que el buen efecto de la guerra (o de un acto bélico particular) debe contrarrestar el efecto malo. De acuerdo a Sigdwick, la finalidad del combatiente moralmente motivado debe ser la de inhabilitar al enemigo y forzarlo a rendirse, “pero no causarle (1) ningún daño que no tienda materialmente a ese fin, ni (2) ningún daño cuya capa¬cidad de tender a ese fin sea menor en comparación con el volumen del daño”. Igual que Walzer, Sigdiwck cree que la moralidad del combate es inde pendiente de a justicia de la causa. Como indiqué, esta separación es insosteni¬ble; por lo tanto, es necesario incluir consideraciones de ius in bello, y en particular resolver la cuestión de las muertes colaterales de personas inocentes a la luz de la causa por la que se combate, de lo que está en juego.
Podemos entonces enmendar la regla de Sigdwick del siguiente modo: “Un acto de guerra (véase qué es, su concepto jurídico) por una causa justa que causa la muerte colateral de inocentes no será permitido si, o bien (1) el acto no es materialmente conducente a la realización de la causa justa; o bien (2) la capacidad del acto de conducir a la realización de la causa justa es menor, comparado con el número de muertes colaterales.”
Esta enmienda introduce el concepto de causa justa.Si, Pero: Pero esta versión es aún insuficiente, porque no refleja la dimensión cualitativa del concepto de cau¬sa justa. Para que un acto de guerra (véase qué es, su concepto jurídico) esté justificado, el combatiente debe tener una razón suficientemente poderosa. La expresión “suficientemente importante” en la condición (4) de la DED refleja el grado de urgencia moral que el combatiente justo debe tener. La guerra debe ser lo suficientemente justificada como para compensar por el efecto malo. Cuanto más fuerte sea la razón para combatir, más bajo será el umbral de permisión de muertes colate¬rales. Sugiero, entonces, un agregado:
“Un acto de guerra (véase qué es, su concepto jurídico) por una causa justa que causa la muerte colateral de inocentes no será permitido si, o bien (1) el acto no es materialmente conducente a la realización de la causa justa; o bien (2) la capacidad del acto de conducir a la realización de la causa justa es menor, comparado con el número de muertes colaterales; o bien (3) la causa no es lo suficientemente grave como para compensar por el daño colateral.”
Podemos entonces formular una versión final de la teoría del efecto doble aplicada a la guerra. Un acto de guerra (véase qué es, su concepto jurídico) está justificado si, y solo si, cumple con las seis condiciones siguientes:
1) El combatiente utiliza medios permisibles.
2) El combatiente no intenta directamente la muerte de inocentes.
3) El combatiente persigue una causa justa. Solamente la defensa de personas atacadas cuenta como causa justa.
4) El acto de guerra (véase qué es, su concepto jurídico) es materialmente conducente a la victoria.
5) La capacidad del acto de guerra (véase qué es, su concepto jurídico) para conducir a la victoria es su¬ficientemente grande como para compensar por muertes colaterales de inocentes. Esto requiere un cálculo cuantitativo de costos (o costes, como se emplea mayoritariamente en España) y beneficios.
6) La causa mencionada en (3) debe ser lo suficientemente importante, moralmente, como para compensar por las muertes colaterales de inocentes. Esta condición reconoce que hay grados de urgencia moral. Cuanto más importante sea la causa, más bajo será el umbral de permisión de daño colateral a inocentes.
Esta formulación requiere algunas aclaraciones. He omitido el requerimiento de que el efecto bueno no debe producirse por intermedio del efecto malo, porque esto está reflejado en la descripción de la intención requerida en el punto (2): el combatiente que usa a un inocente como medio para lograr el buen fin viola la condición de que el efecto malo no debe desearse directamente sino oblicuamente. También, he subdividido el requerimiento de proporcionalidad en tres componentes, como indiqué. La condición (6), que requiere gravedad moral de la cau¬sa, es una condición cualitativa; mientras que la condición (5), acerca de la magnitud del daño colateral, es cuantitativa. La justicia de la causa, pues, opera como un paraguas que campea sobre la justificación de la guerra, y así informa todos sus aspectos morales.Entre las Líneas En una palabra: no es suficiente que el combatiente actúe con la intención requerida: porqué combate es un factor decisivo en la evaluación moral.
Aquí cabe una advertencia importante. Los juicios de proporcionalidad son muy difíciles de formular en el calor de la batalla. Si agregamos a esto que las condiciones de la teoría del efecto doble son imprecisas, comprendemos la dificultad que aqueja a un combatiente que persigue una causa justa y que está motivado a combatir de acuerdo con principios morales. Las pre¬guntas que debe responder son realmente difíciles: ¿Es la causa suficien¬temente urgente como para justificar este acto bélico que previsiblemente causará la muerte de inocentes? ¿Cuánto contribuirá causalmente este acto bélico al logro de la justa victoria? Pocas son las ocasiones tan im-portantes para cualquier líder político o militar a quien le importa la vida humana y los principios liberales como las decisiones relativas a la guerra. Lamentablemente, no hay procedimientos mecánicos para resolver estas cuestiones. Espero, sin embargo, haber identificado el tipo de consideraciones que los líderes y comandantes responsables de las democracias liberales deben sopesar al tomar estas decisiones problemáticas.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Notas:
40 En este sentido, ver Rodin, David, War and Sef-Defense, Oxford, Oxford University Press, 2003.
41 Para un tratamiento excelente del tema, ver Rivera López, Eduardo, Thepartial (but relevant) truth of the doctrine of the double effect (inédito).
42 Para tratamientos importantes de la DED, véase Quinn, Warren, Morality andAction, Cambridge, Reino Unido, Cambridge University Press, 1993, cap. 8; Rivera López, Eduar¬do, op. cit., nota 42; y los autores citados en la nota siguiente.
43 ophers Debate a Controversial Moral Principie, Notre Dame, Indiana, Notre Dame University Press, 2001, p. 12 (mi traducción). Para críticas a la doctrina, véase Bennet, Jonathan, “Morality and Consequences”, May, Larry, Rovie, Eric, y Viner, Steve (eds), The Morality of War. Upple Saddle River, New Jersey, Pearson-Prentice-Hall, 2006, p. 187, y Spector, Horacio, Autonomy andRights, Oxford, Clarendon Press, 1992, pp. 109-113.
44 Esta formulación es una traducción libre de Frey, R. G., “The Doctrine of Double Effect”, Frey, R.G. y Wellman, C. H. (eds.), A Companion to Applied Ethics, Oxford, Blackwell, 2003, p. 464. Joseph Boyle Jr. formula la DED de este modo: “Es moralmente permisible realizar una acción cuando uno sabe que la acción causará por lo menos un estado de cosas tal que, si este estado de cosas fuera intrínseco a la acción, ella sería moralmente impermisible, si y solo si (i) el estado de cosas no es intrínseco a la acción (eso es, no es intentado) y (ii) hay una razón importante para realizar la acción”. Boyle Jr., Joseph, “Toward Understanding the Principle of Double Effect”, Woodward, P.A. (ed.), The Doctrine of Double Effect: Philosophy.
45 Nagel, Thomas, “Agent-Relative Morality”, Woodward, P.A. (ed.), op. cit., nota 44, p. 46
46 Adaptado y traducido de Walzer, Michael, Just and Unjust Wars, 4ta ed., Nueva York, Basic Books, 2006, p. 153. Para la regla de proporcionalidad de Sigdwick, véase infra.
47 Como dice Cavanaugh, “para que la conducta de uno en la guerra sea justa, tanto la guerra como el acto individual deben ser justos”. Cavanaugh, T.A., Double Effect Reasoning: Doing Good andAvoiding Evil, Oxford, Oxford University Press, 2006, p. 181 (mi traducción). La idea es desarrollada ampliamente en Mcmahan, Jeff, Killing in War, Oxford, Oxford University Press, 2009.
48 Sigdwick, Henry, The Elements of Politics, Londres, McMillan, 1908, p. 268 (mi traducción).
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Notas
- Información sobre Guerra Proporcional procedente de un artículo de Fernando R. Tesón, profesor de Derecho Internacional, Universidad Estatal de Florida, Estados Unidos. Fue publicado originalmente en Florida State University Law Review, vol. 33, núm. 4, 2006, pp. 1119-1148.
Véase También
- Guerra
- Derecho de Guerra
- Fuentes del derecho de guerra
- Derecho internacional humanitario
- derecho internacional humanitario caracteristicas
- Leyes de guerra
- Historia del derecho internacional humanitario
- Deudas De Guerra
- Estado de Guerra
- Estado De Guerra Interna
- Estado de Preguerra
- Fuero De Guerra
- Guerra Civil
- Guerra de Agresión
- Guerra De Tarifas
- Guerra Internacional
- Guerra Justa
- Guerra Marítima
- Guerra Psicológica
- Guerras Civiles
- Indemnización de Guerra
- Reparaciones
- Indemnizaciones De Guerra
- Juicios por Crímenes de Guerra
- Marina De Guerra
- Ocupación de Guerra
- Prevención de la Guerra
- Prisionero de Guerra
- Prisioneros de Guerra
- Reparaciones de Guerra
- Teatro De La Guerra
- Tiempo De Guerra
- Tratado General De Renuncia A La Guerra
- Derecho Aeronáutico
- Declaración de Guerra
- Defensa Nacional
- Defensa Territorial
- Desertor
- Desmovilización
- Definición de Neutralidad
- Derecho Bélico
- Derecho Penal Internacional
- Derecho Maritimo
- Derecho del Espacio
Bibliografía
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- Sorensen, Max (editor), Manual de derecho internacional público, México, Fondo de Cultura Económica, 1973.
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