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Historia de la Financiación de Litigios

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La Historia de la Financiación de Litigios

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La Historia de la Financiación de Litigios

La financiación (o financiamiento) de litigios de terceros es joven, pero no tan joven. A pesar de su relativa novedad en el contexto estadounidense, la práctica de la financiación (o financiamiento) de litigios, tal como se entiende hoy en día, se remonta al menos a unas pocas décadas en otras partes del mundo. Para los abogados, inversionistas y juristas que tratan de entender el aumento de la financiación (o financiamiento) de litigios en los Estados Unidos, esta historia puede proporcionar información valiosa.

Para aquellos que intentan comprender la industria de la financiación (o financiamiento) de litigios hoy en día, cabe señalar su historia en Australia y el Reino Unido como puntos de entrada útiles. Para entender cómo llegamos aquí, la doctrina sostiene que empezamos en la década de 1990. Ahí es donde empiezan los hitos. Estados Unidos no es realmente un gran actor en la escena todavía, pero Australia y el Reino Unido están haciendo movimientos independientes en sus legislaturas que allanaron el camino para que la financiación (o financiamiento) de los litigios sea más frecuente. Al retroceder unas cuantas décadas y tomar una perspectiva global, uno puede ver cómo los tribunales y las legislaturas ya han manejado el financiamiento de los litigios, cómo respondieron los mercados, y qué podría ser lo próximo para los Estados Unidos.

Mantenimiento y chaflán

Históricamente, dos doctrinas legales estrechamente relacionadas han obstaculizado la legalización de la financiación (o financiamiento) de litigios de terceros (que continuaremos llamando financiación (o financiamiento) de litigios en aras de la claridad): Mantenimiento (“maintenance” en inglés) y Champerty. Existe un amplio trabajo académico que expone las historias más amplias de Maintenance y Champerty, así como relatos contextualizados de las doctrinas en el Reino Unido y Australia, pero Sahani ofrece la siguiente distinción simplificada: La manutención se trata de personas (ver sus características, sus víctimas y el tráfico -ilegal- de personas; los instrumentos internacionales multilaterales patrocinados por las Naciones Unidas son los siguientes: Protocolo modificando el Convenio para la Represión de la Trata de Mujeres y Niños, concertado en Ginebra el 30 de septiembre de 1921, y el Convenio para la Represión de la Trata de Mujeres Mayores de Edad, concertado en Ginebra el 11 de octubre de 1933. Lake Success, Nueva York, 12 de noviembre de 1947; Convenio para la Represión de la Trata de Mujeres y Niños, concertado en Ginebra el 30 de septiembre de 1921 y enmendado por el Protocolo firmado en Lake Success, Nueva York, 12 de noviembre de 1947. Nueva York, 12 de noviembre de 1947; Convenio Internacional para la Represión de la Trata de Mujeres y Niños. Ginebra, 30 de septiembre de 1921; Convenio para la Represión de la Trata de Mujeres Mayores de Edad, concertado en Ginebra el 11 de octubre de 1933 y enmendado por el Protocolo firmado en Lake Success, Nueva York, 12 de noviembre de 1947. Lake Success, Nueva York, 12 de noviembre de 1947; Convenio Internacional para la Represión de la Trata de Mujeres Mayores de Edad. Ginebra, 11 de octubre de 1933; Protocolo que modifica el Acuerdo internacional para asegurar una protección eficaz contra el tráfico criminal denominado trata de blancas, firmado en París el 18 de mayo de 1904, y el Convenio internacional para la represión de la trata de blancas, firmado en París el 4 de mayo de 1910. Lake Success, Nueva York, 4 de mayo de 1949; Acuerdo internacional para asegurar una protección eficaz contra el tráfico criminal denominado trata de blancas, firmado en París el 18 de mayo de 1904 y enmendado por el Protocolo firmado en Lake Success, Nueva York, el 4 de mayo de 1949. Lake Success, Nueva York, 4 de mayo 1949, Acuerdo internacional para asegurar una protección eficaz contra el tráfico criminal denominado trata de blancas. París, 18 de mayo de 1904; Acuerdo internacional para asegurar una protección eficaz contra el tráfico criminal denominado trata de blancas, firmado en París el 4 de mayo de 1910 y enmendado por el Protocolo firmado en Lake Success, Nueva York, el 4 de mayo de 1949. Lake Success, Nueva York, 4 de mayo 1949; Acuerdo internacional para asegurar una protección eficaz contra el tráfico criminal denominado trata de blancas. París, 4 de mayo de 1910; Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena. Lake Success, Nueva York, 21 de marzo de 1950; Protocolo final del Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena. Lake Success, Nueva York, 21 de marzo de 1950) que no son parte de un caso legal y que proveen fondos para ese caso, y Champerty es una manutención con fines de lucro. Los casos tanto de Maintenance como de Champerty fueron en gran medida ilegales a lo largo de la historia del Reino Unido y Australia (entre otros países) en un esfuerzo por evitar la interferencia externa en los procedimientos judiciales.

Más Información

Las historias de cómo la financiación (o financiamiento) de los litigios alcanzó prominencia en Australia y el Reino Unido dependen en muchos sentidos de cómo las jurisdicciones de estos dos países alteraron los efectos de las leyes y reglamentos relacionados con el Mantenimiento y la Responsabilidad Social Corporativa.

El futuro de la financiación (o financiamiento) de litigios en los Estados Unidos

A lo largo de este tiempo, las regulaciones en los Estados Unidos han presentado un desafío para la financiación (o financiamiento) de litigios a pesar del tamaño del mercado legal de los Estados Unidos. Por ejemplo, las prohibiciones de Mantenimiento y Champerty se dejan a las barras estatales, legisladores y tribunales individuales. Algunos no tienen prohibiciones, mientras que otros tienen algunas con excepciones favorables a la financiación (o financiamiento) de litigios (examine más sobre todos estos aspectos en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades). Básicamente, Estados Unidos es este laboratorio con 50 experimentos científicos diferentes con financiación (o financiamiento) de terceros que se están llevando a cabo en todo el país.

Y ha habido experimentos.Entre las Líneas En 2006, Credit Suisse abrió su grupo Litigation Risk Strategies, una entidad financiera de litigios, en los Estados Unidos. Según el cofundador del grupo, Ralph Sutton, fue el primer grupo de financiación (o financiamiento) de litigios comerciales en Estados Unidos. “Unos años después, la crisis financiera hizo de un banco global el lugar equivocado para que un financiador de litigios lo llamara su hogar”, escribió en un artículo de 2018.

Puntualización

Sin embargo, la semilla de la financiación (o financiamiento) de litigios comerciales a gran escala se había plantado en los Estados Unidos. Numerosas firmas de financiación (o financiamiento) de litigios han seguido desde entonces el ejemplo de Credit Suisse, incluida una fundada por antiguos miembros de ese mismo grupo (para más información sobre este tipo de firmas, véase “Investing in Legal Futures”). Asimismo, las firmas de financiación (o financiamiento) de litigios australianas y del Reino Unido mencionadas anteriormente ahora tienen oficinas en los Estados Unidos. Muchos de estos financiadores están más que sumergiéndose en el floreciente mercado de financiación (o financiamiento) de litigios de los Estados Unidos, y aunque la industria parece estar creciendo, el futuro de la financiación (o financiamiento) de litigios en los Estados Unidos sigue siendo incierto.

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Aunque en cierto modo es un futuro incierto, también es un futuro muy emocionante en el sentido de que los financiadores son fundamentalmente innovadores. La clave para el futuro, explica, será cómo los reguladores (o reguladores potenciales) se acercan a la industria. “En este momento, los reguladores están buscando una caja para colocar a los financiadores, pero muchos de ellos hasta ahora han sido capaces de cambiar la estructura de sus transacciones para que queden fuera de los marcos regulatorios”, continúa.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Puntualización

Sin embargo, según las estimaciones de algunos observadores, es poco probable que esto continúe. Parece que eventualmente (finalmente) habrá suficientes jugadores grandes en los EE.UU. para impulsar la regulación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). La gente que solía ser los startups -Burford y muchos de los jugadores más grandes de hoy en día solían ser startups- ahora se están convirtiendo en los peces gordos. Y a medida que los peces grandes crecen y se preocupan más por la reputación y la competencia, es entonces cuando tratarán de impulsar una mayor regulación porque son lo suficientemente grandes para poder cumplir. Van a tratar de exprimir a estas compañías más pequeñas y nuevas porque no querrán que las pequeñas empresas que se inician les estropeen las cosas o que creen demasiada competencia.

Hay serias implicaciones éticas en cualquier regulación de este tipo, por supuesto. De hecho, el Informe de Ética 20/20 de la American Bar Association fue muy crítico con la práctica. Eventualmente, podrían legislar lo que podría llamarse financiación (o financiamiento) de terceros, ya sea’clásica’ o’tradicional’, financiando reclamaciones individuales por una parte de los daños potenciales. “Pero, ¿qué hay de estas innovadoras estructuras de transacción que los financiadores de terceros siguen presentando cada dos meses? Eso va a ser un reto para el futuro”.

Estas innovadoras estructuras de transacción pueden incluir organizaciones financieras en lugar de reclamaciones. De hecho, el futuro incluirá casi con toda seguridad la financiación (o financiamiento) de corporaciones e incluso de bufetes de abogados. Es muy probable que algunos de los grandes jugadores quieren ser financieros como cualquier otro financiero. Quieren ser un Goldman Sachs o un Morgan Stanley que pueda invertir en litigios. Y el cambio puede estar cerca en el horizonte. El grupo de trabajo de la barra estatal de California sobre el acceso a través de la innovación de los servicios legales, por ejemplo, propuso recientemente reformas “incluyendo la consideración de modelos de práctica multidisciplinaria y estructuras comerciales alternativas”.

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En medio de toda la incertidumbre, una cosa está clara: la financiación (o financiamiento) de los litigios de terceros ha echado raíces en los Estados Unidos. Ya sea a través de la estructura de las acciones colectivas de Australia o siguiendo las reformas legislativas de acceso a la justicia del Reino Unido, la financiación (o financiamiento) de los litigios ha encontrado formas de integrarse en la corriente principal que se adaptan a la jurisdicción de que se trate. La pregunta ahora es: ¿Cómo será su camino hacia la corriente dominante en los Estados Unidos?

Revisor: Lawrence

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