Índice de Ocupabilidad
Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs]
Noción de Índice de Ocupabilidad en el Contexto del Mercado de Trabajo
En relación a las relaciones laborales españolas, Índice de Ocupabilidad ha sido definido de la siguiente forma: En función de las características descritas en el apartado anterior, se ha establecido este Índice, que refleja la mayor o menor posibilidad de que un parado deje de serlo, por encontrar un empleo.
Noción Alternativa
Las tres variables consideradas para elaborar el índice son: antigüedad en el paro, en concreto, llevar demandando empleo más de un año, ámbito geográfico de búsqueda, limitado al municipio de residencia o entidad supramunicipal, y número de ocupaciones demandadas, cuando sea inferior a tres.
Observación
Además de estas tres variables, se tiene en cuenta que el parado sea perceptor del subsidio de mayores de 52 años o beneficiario de la renta activa de inserción.
– Si se cumplen los tres requisitos de antigüedad superior a un año, ámbito de búsqueda limitado al municipio o la entidad supramunicipal y un número de ocupaciones demandadas inferior a tres y, además, el parado es perceptor del subsidio de mayores de 52 años o de la renta activa de inserción se entiende que el grado de ocupabilidad es MUY BAJO.
– El grado de ocupabilidad es BAJO cuando se cumplen dos de los tres requisitos de antigüedad, ámbito de búsqueda y número de ocupaciones demandadas.
– El grado de ocupabilidad es MEDIO cuando se cumple solo uno de estos tres requisitos.
– Y, por último, el grado de ocupabilidad es ALTO cuando no se cumple ninguno de los tres requisitos. Estos índices están disponibles desde Enero de 2007 a través del Merlín.