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Influencia de la Justicia Transicional

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Influencia de la Justicia Transicional

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El Caso de los Juicios de Nuremberg

Influencia en el desarrollo del derecho penal internacional

Las Naciones Unidas

Los Principios de Nuremberg y la concepción de los Crímenes contra la Humanidad no sólo afectaron a la formación de los Tribunales Internacionales de Crímenes de Guerra. Su impacto causó varios efectos más allá de la creación de un mero término para ser usado en los tribunales militares y con fines políticos. Uno de estos efectos fue la Resolución 96 (1) de las Naciones Unidas, elaborada el 11 de diciembre de 1946, en la que se declara que “…el genocidio es un crimen de derecho internacional, contrario al espíritu y a los objetivos de las Naciones Unidas y condenado por el mundo civilizado”. Derivada del concepto de Nuremberg de Crímenes contra la Humanidad, y de los crímenes perpetrados por los nazis en su guerra total, esta declaración se plasmó finalmente dos años más tarde en la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio de 1948. Esta convención tipificó como delito el genocidio y las actividades conexas en la esfera internacional, y la propia convención está muy influida por muchos de los principios de Nuremberg. También extendió este crimen de lesa humanidad más allá de los períodos de guerra y del escenario específico de la Segunda Guerra Mundial. La Convención sobre el Genocidio no constituyó, en sí misma, un avance importante en la defensa de los derechos humanos internacionales, especialmente si se tiene en cuenta lo dispuesto en los artículos V y VI, en los que se establece que los Estados deben regular sus sistemas jurídicos en consecuencia para tipificar como delito esos actos en la esfera nacional, y que los culpables del delito de genocidio deben ser juzgados en los tribunales del país en que se hayan cometido los actos en ausencia de un tribunal internacional competente con jurisdicción consensuada sobre el asunto, y muchos académicos han demostrado ser bastante escépticos acerca de sus posibilidades prácticas.

Puntualización

Sin embargo, en el plano teórico, la Convención contra el Genocidio es un desarrollo de los preceptos establecidos en Nuremberg, de manera tan repentina y ad hoc, especialmente en lo que se refiere a la codificación de los Crímenes de Lesa Humanidad. La Convención toma el aspecto principal de estos crímenes, lo extirpa de una definición amplia y lo reduce a un principio separado y codificado. El genocidio, tal como se define en los artículos II y III, abarca prácticamente todas las medidas adoptadas por los nazis durante su persecución y exterminio brutal de determinados grupos sociales, religiosos y culturales: esas mismas atrocidades que los miembros del Tribunal calificaron de Crímenes contra la Humanidad se concretaron en esta Convención.

En 1948 las Naciones Unidas emitieron la Declaración Universal de Derechos Humanos, el primer documento legal que reconocía tales derechos como vinculantes, y que creó la noción de Derechos Humanos tal como la entendemos hoy en día. No se puede subestimar la influencia que tuvieron Nuremberg y, en cierta medida, los juicios de Tokio en la formulación y concepción de dicha declaración. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Nuremberg había trazado por primera vez en el derecho internacional una distinción definitiva entre el jus ad bello, doctrina que se refiere exclusivamente a la conducta en la guerra, y el jus ad bellum, que se ocupa de la justicia o la legalidad de la realización de la guerra. Al introducir los nuevos principios de los Crímenes contra la Paz y los Crímenes contra la Humanidad, Nuremberg engendró efectivamente una preocupación globalizada por determinadas actitudes en la guerra y, por extensión, por los derechos de todos los seres humanos que sufren los efectos de ciertos modos de violencia. Este supuesto impacto en la Declaración Universal se ha visto respaldado por el hecho de que algunos académicos han afirmado que la propia Carta de las Naciones Unidas fue casi un producto de Nuremberg y de las cuestiones planteadas antes, durante y después del Juicio.

Codificación del derecho a través de las Naciones Unidas

La primera Asamblea General de la nueva ONU afirmó unánimemente los principios jurídicos establecidos en la Carta y el fallo del TMI: la agresión (véase qué es, su definición, o concepto jurídico), los crímenes de guerra y los crímenes de lesa humanidad eran crímenes punibles por los que incluso un jefe de Estado podía ser responsabilizado. Las órdenes superiores no serían una excusa, pero podrían ser consideradas en la mitigación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Inspirada por los horrores revelados en los juicios de Nuremberg, la Asamblea aprobó otra resolución que pedía una convención para prohibir y castigar el crimen de genocidio – por un tribunal que más tarde podría resultar aceptable para las partes. Pronto se designaron expertos para elaborar un Código de Crímenes contra la Paz y la Seguridad de la Humanidad y para redactar los estatutos de un tribunal penal internacional que castigara esos delitos.

Los Convenios de Ginebra

La ONU, fundada en 1945 a partir de las cenizas de la Segunda Guerra Mundial, tomó la iniciativa a finales de la década de 1940 para definir los crímenes de guerra y tratar de establecer directrices destinadas a prevenir tales horrores en el futuro.Entre las Líneas En diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprueba una resolución denominada Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio. La resolución fue una de las llamadas Convenciones de Ginebra, nombradas en honor a la ciudad suiza donde fueron firmadas.

En la convención de 1948, el genocidio se definió como ciertos actos “cometidos con la intención de destruir, total o parcialmente, un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal”. El artículo I de la convención decía: “Las partes contratantes confirman que el genocidio, ya sea cometido en tiempo de paz o en tiempo de guerra, es un delito de derecho internacional que se comprometen a prevenir y a castigar”. El artículo 3 decía en parte: “Serán punibles los siguientes actos: genocidio; conspiración para cometer genocidio; incitación directa y pública a cometer genocidio; tentativa de cometer genocidio; complicidad en el genocidio”. La lista de delitos punibles se derivó directamente de los cargos de los fiscales de Nuremberg.

El Cuarto Convenio de Ginebra, acordado por la Asamblea General en 1949, también trataba de los crímenes de guerra. Conocida formalmente como la Convención sobre la protección de las personas civiles en tiempo de guerra, exigía a las naciones de las Naciones Unidas que promulgaran leyes que hicieran ilegal cometer u ordenar a otros que cometieran “infracciones graves” de la Convención, y que trataran activamente de llevar a esos delincuentes a juicio.

Más Información

Las infracciones graves, que constituyen el núcleo de la definición y la comprensión contemporáneas de los crímenes de guerra, incluyen diversos actos cometidos contra personas y bienes protegidos, entre ellos “el asesinato deliberado, la tortura o los tratos inhumanos… que causen deliberadamente grandes sufrimientos o graves daños corporales o de salud, la deportación o el traslado ilícitos o la reclusión ilícita de una persona protegida”.

Juicios de crímenes de guerra después de Nuremberg

El Tribunal Militar Internacional en particular, y los doce juicios posteriores en Nuremberg, sentaron las bases para el desarrollo posterior del derecho penal internacional.

Tokio

Durante el mismo año que Nuremberg, los Estados Unidos establecieron los Juicios de Tokio con el fin de procesar y llevar ante la justicia a varios funcionarios japoneses implicados en crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad. Durante los juicios de Tokio se hizo amplia referencia a Nuremberg y su definición de Crímenes contra la Humanidad.Entre las Líneas En consecuencia, para varios académicos, el artículo 6 C de la Carta redactada en el Acuerdo de Londres se formuló de una manera exclusivamente con el pensamiento de enjuiciar a los líderes nazis considerados responsables de las atrocidades cometidas contra el pueblo judío y otros grupos objetivo tanto dentro como fuera de Alemania. Los juicios de Tokio no sólo fueron una prueba de que los Principios de Nuremberg permitían un margen de maniobra para otros casos, sino que también supusieron la iniciación de una serie de tribunales que mantendrían, en las circunstancias específicas establecidas por el tratado (es decir, “… cometidos contra cualquier población civil, antes o durante la guerra, o enjuiciamientos por motivos políticos, raciales o religiosos en ejecución de cualquier delito de la competencia del Tribunal o en relación con él”), la misma posibilidad de enjuiciamiento por Crímenes contra la Humanidad. Tokio fue el primer paso desde Nuremberg, que conduciría a la universalización de los Crímenes contra la Humanidad y sus correspondientes derivaciones.

Yugoslavia

A principios de la década de 1990, la Guerra Fría había terminado, y la mayoría de las naciones anteriormente comunistas estaban comenzando la difícil transición a la democracia y el capitalismo. El fin del estricto control comunista en Europa del Este también desató el nacionalismo largamente reprimido entre los grupos étnicos.

En 1991, dos de las cuatro repúblicas de Yugoslavia, Eslovenia y Croacia, declararon su independencia. El conflicto étnico estalló casi de inmediato, impulsado en gran medida por la resistencia a la independencia de grandes minorías serbias en Croacia.

En 1992, el Consejo de Seguridad estableció una Comisión de Expertos para investigar las pruebas de violaciones del derecho humanitario en el territorio de la ex Yugoslavia.

Los relatos de atrocidades en los primeros años de la guerra civil bosnia dieron lugar a la creación del primer tribunal internacional de crímenes de guerra desde Nuremberg y Tokio.Entre las Líneas En mayo de 1993, el Consejo de Seguridad de la ONU estableció formalmente el TPIY (Res. 827). Al nuevo tribunal, con sede en La Haya, se le encomendó el enjuiciamiento de los crímenes que violaban los Convenios de Ginebra, incluidos el genocidio y los crímenes de lesa humanidad. Por primera vez, la violación fue reconocida como un crimen contra la humanidad cuando se incluyó en el mandato del TPIY.

La primera acusación del TPIY fue emitida en noviembre de 1994. Hasta septiembre de 1997, un total de 78 personas han sido acusadas públicamente por el Tribunal. Cincuenta y siete de los acusados son serbios, 18 son croatas y 3 son musulmanes. El tribunal dictó su primera sentencia en noviembre de 1996, condenando a Drazen Edemovic, un croata que sirvió en el ejército serbio-bosnio, a diez años de prisión por su papel en la masacre de Srebrenica.

Ruanda

En 1994 estalló una brutal guerra civil entre tribus étnicas rivales en Ruanda. Se informó de que tal vez medio millón de tutsis y sus partidarios estaban siendo salvajemente masacrados por el gobierno hutu dominante. El Consejo de Seguridad envió una pequeña comisión para investigar (Res. 935, julio de 1994) y pronto informó de que los crímenes que se estaban cometiendo eran horrendos. Se enviaron fuerzas de las Naciones Unidas a Ruanda para ayudar a restablecer el orden en ese maltrecho país.

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A finales de 1994 se aprobó el Estatuto del Tribunal Penal Internacional para Ruanda (Res. 955). Seguía de cerca las líneas generales del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia, pero era más explícito al asegurar que, incluso en un conflicto civil, no se tolerarían las violaciones de las normas de la guerra. El Tribunal estaba autorizado a enjuiciar por genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra, independientemente de que el conflicto se calificara de conflicto internacional o de guerra civil. Debido a la naturaleza del conflicto interno, la inclusión de la agresión como un crimen de la competencia de la Corte no era pertinente. Sólo podían tratarse los crímenes especificados cometidos dentro de la zona definida durante el año 1994. Así pues, el Tribunal de Ruanda era un tribunal especial de jurisdicción muy limitada.

La Corte Penal Internacional (CPI)

Después de años de trabajo y lucha, la promesa de una Corte Penal Internacional con jurisdicción para juzgar el genocidio, Crímenes de Guerra contra la Humanidad se ha hecho realidad.Entre las Líneas En 1998 se aprobó en Roma el estatuto de la Corte, que ha entrado en vigor el 1º de julio de 2002, cuando se alcanzó el número requerido de ratificaciones de países. La Corte tiene la promesa de poner fin a la impunidad que reina hoy en día para los violadores de los derechos humanos y de traernos un mundo más justo y más humano.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Introducción histórica

Los juicios de Nuremberg y Tokio se fundaron en el deseo de que “nunca más” se repitan atrocidades similares a las que tuvieron lugar durante la Segunda Guerra Mundial.Entre las Líneas En 1948 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó una resolución en la que se recitaba que “en el curso del desarrollo de la comunidad internacional, habrá una necesidad cada vez mayor de un órgano judicial internacional para el enjuiciamiento de determinados crímenes en virtud del derecho internacional”. (13) Las iniciativas para crear tal institución fueron tomadas ya en 1937 por la Sociedad de las Naciones que formuló una convención para el establecimiento de un tribunal penal internacional, pero la Guerra Fría condujo a un punto muerto en la comunidad internacional y el asunto cayó en el olvido. Lamentablemente nos damos cuenta de que las crueldades de la Segunda Guerra Mundial no fueron incidentes aislados. El genocidio ha tenido lugar desde Nuremberg en Uganda, en Camboya, en Ruanda, en Somalia, en Bosnia, y la lista podría continuar.

No fue hasta que el mundo se conmocionó por la limpieza étnica en la ex Yugoslavia y el genocidio en Ruanda que la ONU, ya no paralizada por la Guerra Fría, pudo tomar medidas.Entre las Líneas En respuesta, el Consejo de Seguridad, basándose en el Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, encargó a dos tribunales penales internacionales ad hoc (el TPIY para la ex Yugoslavia y el TPIR para Ruanda) que investigaran las presuntas violaciones y llevaran a los autores ante la justicia. Sin duda, estos tribunales han contribuido significativamente al desarrollo del derecho penal internacional, pero no han tenido un éxito total. Sus mayores problemas han sido la falta de medios formales de ejecución para incautar a los delincuentes acusados. Tras la disolución de las tensiones de la guerra fría, la comunidad mundial (o global) mostró un renovado interés en la creación de un tribunal penal internacional. El 4 de diciembre de 1989, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó una resolución que instruía a la Comisión de Derecho Internacional (CDI) a estudiar la viabilidad de la creación de una CPI permanente. Cuatro años más tarde, y obviamente complacida con el informe de la CDI, la Asamblea General pidió a la Comisión que comenzara el proceso de redacción de un estatuto para la corte. Este estatuto fue presentado en 1994. Al año siguiente se estableció un comité preparatorio para seguir examinando las cuestiones sustantivas relativas a la creación de una corte sobre la base del informe y el estatuto de la CDI. El objetivo era preparar una convención para la CPI que tuviera la perspectiva de ser ampliamente aceptada a nivel mundial.

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La Corte Penal Internacional (CPI) fue establecida por el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional el 17 de julio de 1998, cuando 120 Estados participantes en la “Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre el establecimiento de una Corte Internacional” aprobaron el estatuto. Se trata de la primera corte penal internacional permanente, basada en un tratado, establecida para promover el imperio de la ley y garantizar que los crímenes internacionales más graves no queden impunes.

El estatuto establece la jurisdicción, la estructura y las funciones de la Corte y prevé su entrada en vigor 60 días después de que 60 Estados la hayan ratificado o se hayan adherido a ella. El 60º instrumento de ratificación se depositó en poder del Secretario General el 11 de abril de 2002, y diez países depositaron simultáneamente sus instrumentos de ratificación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).Entre las Líneas En consecuencia, el estatuto entró en vigor el 1º de julio de 2002. Toda persona que cometa cualquiera de los delitos previstos en el estatuto después de esa fecha podrá ser enjuiciada por la Corte.

Datos verificados por: Chris

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