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Iniciativa de Ley o Decreto

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Iniciativa de Ley o Decreto

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Iniciativa de Ley o Decreto en el Derecho Legislativo y Político

Examen de la materia ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados de México:

Origen de la Expresión

Del latín legem, acusativo de lex “ley”, sentido implícito probable, colección o reunión de reglas, significa regla dictada por la autoridad. El Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española atribuye a la palabra iniciativa cinco acepciones: 1. Derecho de hacer una propuesta; 2. acto de ejercerlo; 3. acción de adelantarse a los demás en hablar u obrar; 4. Procedimiento que inclina a una acción, y 5. procedimiento establecido en algunas constituciones políticas, mediante el cual interviene directamente el pueblo en la propuesta y adopción de medidas legislativas, como sucede en Suiza y en algunos estados de Norteamérica.Entre las Líneas En otros idiomas iniciativa se dice: en portugués, iníciativa; inglés, initiative; francés, initiative; alemán, antrag e italiano iniziativa. a) Ley. Este vocablo proviene del latín lex sobre cuya etimología no existe acuerdo. Para unos, deriva de legere, leer; y para otros, de legare, mandar.Entre las Líneas En el campo jurídico, ley es una palabra plurívoca, pues tiene muchas acepciones. De Castro define la ley en el sentido estricto de norma primordial que tiene en nuestra técnica jurídica, como “la norma emanada directamente del poder soberano, reveladora de su mandato respecto a la organización jurídica de la nación”. b) Decreto.Entre las Líneas En su primera acepción gramatical significa: resolución, mandato, decisión de una autoridad sobre asunto, materia o negocio de su competencia. Decreto por antonomasia, significa la resolución o reglamentación que el Poder Ejecutivo, con la firma del Jefe del Estado, dicta acerca de toda materia en que no sea obligatoria la forma de ley; pero siempre que, por su importancia o permanencia, rebase la esfera de las simples órdenes, circulares, etc. constituye así la expresión de la potestad reglamentaria del gobierno.

Desarrollo de Iniciativa de Ley o Decreto en este Contexto

En los países de derecho escrito la legislación es la fuente formal por exelencia del orden jurídico, puede ser definida como:..el proceso por el cual uno o varios órganos del Estado formulan y promulgan determinadas reglas jurídicas de observancia general, a las que se les da el nombre de leyes (…) En el moderno proceso legislativo existen seis diversas etapas, a saber: iniciativa, discusión, aprobación, sanción, publicación e iniciación de la vigencia (…) iniciativa es el acto por el cual determinados órganos del estado, someten a la consideración del congreso un proyecto de ley. 1. Esta definición del jurista Eduardo García Máynez, es plausible por ser breve y no dejar fuera de ella ningún elemento substancial del acto que la motiva.Entre las Líneas En forma explícita podemos decir que una iniciativa de ley o decreto, es la propuesta por medio de la cual se hace llegar al órgano u órganos depositarios del Poder Legislativo del Estado, un proyecto de ley, que puede ser nueva en su totalidad o ya existente pero que, por circunstancias sobrevinientes necesita ser reformada o modificada por adición, corrección o supresión de algunas de sus normas o un proyecto de decreto. 2.Entre las Líneas En los regímenes democráticos, son las asambleas, cámaras o parlamentos, quienes deciden el destino de las iniciativas de ley, más en el entendimiento tácito o expreso, de hecho o de derecho, de que tal privilegio o responsabilidad lo comparten con el Poder Ejecutivo, no obstante que esto pueda parecer contrario al principio clásico de “la división de poderes”. 3. El “derecho de iniciativa” es ejercido en el mayor número de países modernos por los propios parlamentarios y, en orden descendente, por las comisiones parlamentarias, el gobierno, el Jefe del Estado, por las regiones o los estados federados, por el cuerpo electoral, los órganos judiciales, las organizaciones sociales y económicas, etc. Así, por ejemplo, en el caso de Italia….la iniciativa de las leyes, para el artículo 71 constitucional, pertenece al gobierno, a los miembros del parlamento, al cuerpo electoral y a los órganos y entes a los cuales se les confiere por derecho constitucional: actualmente, los consejos regionales, el Consejo Nacional de la Economía y del Trabajo, y los municipios, por lo que se refiere al cambio de circunscripciones provisionales y la institución de nuevas provincias.

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Véase También

Bibliografía

Diccionario de Derecho Privado, De Casso y Romero, Labor, Barcelona, 1950, t. II.

GARCÍA MÁYNEZ, Eduardo, Introducción al Estudio del Derecho, Porrúa, México, 25a. ed.

Gran Enciclopedia del Mundo, Durvan, Bilbao, España, 1970.

TENA RAMIREZ, Felipe, Derecho Constitucional Mexicano, Porrúa, México, 1958, 4a. ed.

TOSI, Silvano, Derecho Parlamentario, Instituto de Investigaciones Legislativas de la Cámara de Diputados, Miguel Ángel Porrúa, México, 1996.

Union Interparlamentaire, Les Parlements dans le Monde, Presses Universitaires de France, París, 1977.

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