Instituciones Educativas
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Instituciones Educativas en la Protección de la Infancia y los Derechos del Niño
Artículo de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño donde se recoge este tema
Art. 29(2)
Instituciones Educativas y los Derechos del Niño y el Adolescente
Los Estados Parte deben respetar la libertad de los individuos y cuerpos, de establecer y dirigir instituciones educativas. Esta libertad esta sujeta a la observancia de los fines perseguidos por la educación, establecidos en el artículo 29 (I) de la CDN y del requisito que la educación dada en tales instituciones cumpla con las normas mínimas que hayan sido establecidas por el Estado.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Recursos
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- Fines perseguidos por la educación
- Educación
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