Iuditium o Iuditia
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Fazañas o Iuditia
En un primer momento, los hombres buenos resolverían con completa libertad de decisión, sin atenerse a una previa norma jurídica que con frecuencia no existía, o resultaba inadecuada a la situación concreta. Precisamente esta forma de creación del Derecho florece en las localidades medievales de repoblación reciente en las que confluyen grupos colonizadores de procedencia muy diversa, cada uno de los cuales lleva consigo las vagas y elementales nociones jurídicas traídas de sus lugares de origen; con solo algunos rudimentarios y deformados principios jurídicos de abolengo romano-gótico y todavía sin costumbres, estas comunidades en vías de consolidación despejan los problemas que presenta la diaria convivencia encomendando su solución a aquellos vecinos en cuya solvencia moral y rectitud de criterio confiaban.
Más tarde, cuando los habitantes toman conciencia de su identidad como grupo, se hace ya posible la aparición de costumbres, que reflejan la existencia de una mentalidad social solidaria, nacida de la convicción de compartir unos mismos valores, intereses y problemas.Entre las Líneas En esta fase, la función de los hombres buenos consistiría, sobre todo, en fijar el alcance y en interpretar el contenido de estas costumbres, de límites todavía imprecisos.
Las decisiones de estos jueces populares se formulaban frecuentemente ante toda la comunidad reunida en concejo, para facilitar su conocimiento o tal vez para recibir el respaldo de todo el pueblo, y estarían inspiradas casi siempre en los mismo fundamentos jurídicos: los nuevos usos y costumbres en fase de formación, o los principios generales del Derecho romano-visigodo que se mantendrían latentes. Sólo cuando las soluciones ofrecidas por este Derecho tradicional parecieran inadecuadas los hombres buenos orientarían su alvydrio hacia respuestas más justas, fruto de su reflexión, y en este caso, la decisión judicial (fazaña, iuditium) sentaba las bases de una incipiente norma ya que, de seguirse esa orientación en el futuro (como se haría con frecuencia, puesto que la fazaña representaba la formulación explícita del sentir popular predominante) pasaba a formar parte del patrimonio jurídico de la colectividad. De este modo contribuyeron los hombres buenos a la evolución del ordenamiento jurídico medieval, que ponen al día traduciendo a la práctica las convicciones jurídicas del pueblo, cuya mentalidad representan.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
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Fuente: Manual de Historia del Derecho (Temas y antología de textos). Enrique Gacto Fernández, Juan Antonio Alejandre García, José María García Marín. Páginas 120-121.
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