Listas Electorales
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Listas de Partidos en España
Reproducimos una parte seleccionado de un entretenido artículo que escribió en junio de 2019 Luis Sánchez-Merlo:
En los albores democráticos, los constituyentes optaron por un modelo que seguía los pasos del sistema electoral alemán y que en nuestro ordenamiento se tradujo en una normativa de tutela –temerosa y, al propio tiempo, protectora– del votante que consagraba las listas completas, cerradas y bloqueadas para las elecciones generales, autonómicas y municipales. De esta manera, el elector votaría la enumeración de candidatos que presentase cada partido, el orden vendría fijado y no podría alterarse.
Esto exige a los partidos la presentación de listas con nombres suficientes para cubrir todos los escaños de la circunscripción de que se trate; que el elector respete el orden en que los candidatos estén colocados en cada lista, y que el elector no pueda tachar ningún nombre de la misma, ni sustituirlo por alguno de los que figuran en otras candidaturas, sino que ha de votar a la totalidad de una sola lista. Lo que equivale a la sumisión plena.
Esta circunstancia pronto colocó a las nomenclaturas de los partidos y sus respectivas maquinarias en posición de notoria ventaja respecto de los ciudadanos, ya que, una vez con el voto en el zurrón, han hecho su santa voluntad. Y como tantas veces ocurre en nuestra arena política, aquí paz y después gloria. (…)
Este exordio viene a cuento de las listas cerradas y bloqueadas, los programas electorales, los debates y los pactos ulteriores en los que el votante no tiene pito que tocar, pues cada vez, con harta frecuencia, el mando no tiene en cuenta al votante o sus opiniones le resultan poco relevantes.
Se sabía que el diputado non nato era un elemento valioso llamado a dar juego en la trifulca venidera del Congreso, y que “perdería mucho dinero” siendo diputado, aunque las ambiciones sean distintas cuando las expectativas fraguan en ser ministro. El problema es que en esta ocasión el votante había tenido muchas dudas sobre el destino final de la papeleta y quizá confió en la bondad de apostar por la solvencia y ortodoxia de quien alertaba sobre la sostenibilidad de las pensiones y la necesidad de moderar los vahídos de los “viernes sociales”. Luego pasó lo que ya se sabe, la debacle.
El votante había depositado su confianza en una lista en la que no tuvo arte ni parte, es decir, ninguna posibilidad de tachar ni añadir nombres. Tampoco intervino en la confección de la oferta electoral, con lo cual estas pasan a ser contratos de adhesión, como los de los bancos o las compañías de seguros. Y aun menos, en el tejemaneje de los pactos postelectorales.
El angelismo del partido al que no paga la cuota se sustancia en decir que su marcha se debe a una estrategia “de justicia, de lógica y de espíritu de equipo”, porque “no hay sitio para todos”.
Informaciones
Los desconcertados electores traducen la maniobra de entrega del escaño al partido, una vez visto lo visto, en un realista: “Si no voy a ser ministro, ¡ahí os quedáis!”.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
El resultado final es que el votante limita su actividad electoral a decidirse por una papeleta y meterla en una urna. Ahí empieza y acaba todo el trajín electoral. Así llegamos al pito del sereno, que es como se siente cada vez que le dan explicaciones que no se cree porque casi siempre ocultan la realidad. (…)
En la valoración que se hace el ciudadano español, el respeto sigue estando en la parte baja de la tabla. Y en una sociedad desconfiada, como esta, ese componente no deja de ser un asunto de mayor cuantía.
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Listas Provisionales de Electores en Derecho Electoral
[rtbs name=”derecho-electoral”] Véase también Junta Electoral.
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