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Minijuicio

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Mini-Juicios, o Juicios Pequeños o Cortos

Este elemento es una profundización de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] Un mini juicio es un método alternativo para resolver una disputa legal en un juicio formal. Los mini juicios, como las mediaciones y los arbitrajes, constituyen formas únicas de “resolución alternativa de disputas” (ADR) favorecidas por los tribunales y los litigantes por igual. Ha habido un aumento general en todas las formas de ADR en los últimos años debido a las ventajas ofrecidas: costo (o coste, como se emplea mayoritariamente en España) (o coste, como se emplea mayoritariamente en España) reducido, resolución rápida, privacidad y menos efectos adversos.

Un mini-juicio realmente no es un juicio en absoluto. Más bien, es un proceso de resolución en el que las partes presentan versiones altamente resumidas de sus respectivos casos a un panel de funcionarios que representan a cada parte (más un funcionario “neutral”) y que tienen autoridad para resolver la disputa. La presentación generalmente tiene lugar fuera de la sala del tribunal, en un foro privado. Una vez que las partes han presentado su mejor caso, el panel se reúne y trata de resolver el asunto.

Mini-juicios que se distinguen de otras formas de ADR

Un mini-juicio se parece más a una audiencia de mediación, ya que cada parte presenta una versión resumida de su caso ante un panel de personas con el fin de resolver o resolver la disputa. También como la mediación, las partes generalmente no están vinculadas a un resultado, y pueden terminar el proceso en un punto muerto.

Sin embargo, hay una diferencia importante entre una mediación y un mini-juicio.Entre las Líneas En la mediación, el mediador es un tercero neutral que no se pone del lado de ninguna de las partes, sino que trata de facilitar la comunicación abierta entre las partes para alcanzar un compromiso y una solución. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Incluso en las mediaciones ordenadas por un tribunal llevadas a cabo por un panel de mediadores, el enfoque sigue siendo en las partes: los mediadores simplemente emiten una recomendación a las partes para su consideración de acuerdo.

A la inversa, en un mini-juicio, los mediadores mismos son agentes y defensores de las partes, y ellos, en lugar de las partes, resuelven un acuerdo después de escuchar a las partes contrarias a la controversia (cada uno entra en el mini-juicio con autorización previa para resolver el asunto por una cierta cantidad de dólares o bajo otras condiciones o criterios). Las partes presentan sus casos (generalmente a través de sus abogados) pero no asumen roles activos en las negociaciones de acuerdos ni generalmente hacen sus abogados. Los tomadores de decisiones en un mini-juicio son los miembros reales del panel (exceptuando a cualquier miembro neutral, que puede desempeñar el papel de experto, asesor en derecho sustantivo, etc.).

Uno podría preguntarse por qué las partes mismas no facilitan el acuerdo directamente en un mini-juicio. La respuesta es doble. Primero, las partes involucradas en una controversia tienden a acercarse y / o percibir el asunto subjetivamente en lugar de objetivamente. Las partes también tienden a inyectar emoción o sesgo.en sus negociaciones y rara vez se comprometerán a menos que hayan sido introducidos a información dañina que tiende a disminuir su reclamo o defensa.

Una Conclusión

Por lo tanto, los funcionarios que están a un paso de la controversia, incluso si sirven como defensores de sus respectivos partidos, tienden a abordar la disputa de manera más objetiva.Entre las Líneas En segundo lugar, los funcionarios de un mini-juicio tienden a estar bien experimentados y con experiencia en asuntos similares. Por ejemplo, pueden ser representantes de la compañía de seguros de la parte, o la administración de alto nivel de una empresa que es parte de una disputa o pueden ser consultores privados con experiencia técnica en el tema. Por estas razones, pueden estar mejor equipados para analizar y clasificar pruebas y argumentos opuestos.

Los mini-ensayos también difieren de otra técnica ADR, el “juicio sumario” o el “juicio jurado sumario”. Tanto los mini juicios como los juicios sumarios con jurado involucran la presentación del caso de cada lado, generalmente sin testimonios en vivo, pero con declaraciones de apertura y cierre y un resumen de la evidencia que intentan presentar en el juicio.

Puntualización

Sin embargo, los juicios sumarios en realidad se presentan ante jurados simulados, que emiten “veredictos” de asesoría. Tras una determinación del jurado, las partes y sus abogados intentarán llegar a un acuerdo.

Finalmente, un mini-juicio difiere de otras formas de ADR en que generalmente se lleva a cabo después de que ya se haya iniciado un litigio formal. Las partes de una demanda generalmente estipulan “quedarse” a la espera de un litigio (suspender el avance del litigio) hasta que se concluya el mini-juicio.

Una Conclusión

Por lo tanto, mini-trial no representa, en sí mismo, un foro alternativo para la resolución de una disputa (como el arbitraje), sino que representa un intento alternativo de pre-trial para resolver el asunto antes de que comience el largo juicio. El resultado del mini-juicio generalmente es confidencial y solo de asesoría, y las partes pueden proceder al juicio si las negociaciones de acuerdo fracasan.

Mini-juicios en tribunales federales

La Ley de Resolución Alternativa de Disputas de 1998 (ADRA) (28 USC 651 et seq.) Ordena que los tribunales autoricen, establezcan y promuevan el uso de ADR, incluida la mediación, el arbitraje, el mini-juicio y el juicio sumario por jurado, en todas las acciones civiles. Los tribunales de distrito federal mantienen su discreción individual para decidir en qué etapa del proceso de litigio un tribunal puede ofrecer ADR a las partes. Las reglas locales establecen el procedimiento ADR en los tribunales federales.

El gobierno federal también alienta el uso de ADR en general dentro de sus propias filas. La Ley de Resolución de Disputas Administrativas de 1996 proporciona un foro para manejar (gestionar) las disputas dentro de las agencias o entre ciudadanos y agencias (reclamaciones contra el gobierno).

Pormenores

Las agencias federales son libres de establecer sus propios programas procesales de ADR para el manejo de disputas internas y externas. Por ejemplo, el Código de Regulaciones Federales (CFR, por sus siglas en inglés) de los EE. UU. Contiene varias disposiciones del programa de ADR para las agencias federales que contemplan mini-ensayos (como una de varias alternativas); los ejemplos incluyen la Administración Federal de Aviación (FAA) (14 CFR 17.45), el Departamento de Energía (10 CFR 1023.8) y el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (24 CFR 7.2).

Disposiciones estatales

En general, las disposiciones estatales para los mini-juicios están contenidas en estatutos o reglas integrales que abordan los programas de ADR en su totalidad. Es justo decir que si un sistema judicial tiene un programa formal de ADR, será receptivo a la solicitud de un mini juicio. Las siguientes leyes estatales establecen el ADR de ciertos tipos de disputas. Dentro de esas disposiciones, oa solicitud de las partes, los mini-juicios pueden ser sustituidos por otras formas de ADR (con la excepción del arbitraje obligatorio legal):

ALABAMA: El Código de Alabama, Título 6, Capítulo 6 cubre ADR, incluidos los mini-ensayos.

ALASKA: Las disputas familiares se rigen por los Estatutos de Alaska 25.20.080 y 25.24.080. Las disputas que involucran garantías de automóviles se rigen por 45.45.355.

ARIZONA: Las disposiciones legales para el arbitraje / mediación de disputas familiares están cubiertas de 25-381.01 a 25-381.24. Las garantías de automóviles están cubiertas por 44-1265.

ARKANSAS: Título 16, Subtítulo 1-17 de los Estatutos de Arkansas cubre ADR, incluyendo mini-ensayos.

CALIFORNIA: El Código de California contiene amplias disposiciones para ADR de muchos tipos de disputas. El Título 2, División 3, Parte 1, Capítulo 4.5, Artículo 5 aborda el ADR en general. Las disputas familiares están cubiertas en las Secciones legales 5180 a 5183.

Detalles

Los asuntos educativos están cubiertos por 48260.6, 48263, 48263.5 (absentismo escolar) y 56503 (educación especial). Existe una disposición especial para el arbitraje de disputas de franquicias de televisión por cable en 53066.1 (n) (1). Las disputas regulatorias ambientales, incluidas las cuestiones relacionadas con pesticidas, están cubiertas en 13127 (c) (1). Las disputas por los derechos de agua se manejan bajo 1219. Las disputas comunitarias de naturaleza comercial o profesional están cubiertas por 465 a 471.5.

COLORADO: Los estatutos de Colorado proveen ADR para asuntos familiares bajo 14-10129.5. Las deudas agrícolas se rigen por 6-9-101 a 6-9-106. Existe una disposición legal especial para el ADR de disputas que involucren casas móviles menores de 38-12-216. La resolución de disputas en general está cubierta por 13-22-301 a 13-22-310.

CONNECTICUT: El Capítulo 909 de los Estatutos de Connecticut cubre ADR en general. Las disputas familiares se resuelven bajo 46b-59a. Ley Pública 87-316, Sección 8 (1987) está codificada en 42-182.

DELAWARE: El Código de Delaware, Título 10, Capítulo 57 aborda el ADR en general. Las garantías de automóviles están cubiertas por el Título 6, Sección 5007.

FLORIDA: Estatutos de la Florida Anotados cubren ADR de disputas familiares bajo 44.101, 61.183, 39.42, 39.427 a 39.429, 39.436, 39.44 y 39.442. Las disputas por la garantía del automóvil se proporcionan para las cláusulas 681.108 y 681.111. Las disputas de casas móviles se encuentran bajo las 723.037 y 723.038. El estado mantiene “centros de resolución de disputas de ciudadanos” para asistencia de ADR bajo 44.201.

GEORGIA: Título 15, Capítulo 23 bajo el Código de Georgia, aborda ADR.

HAWAII: División 4, Título 32, Capítulo 613 cubre ADR en general. Las disputas sobre la garantía del automóvil están cubiertas por los Estatutos revisados ​​de Hawaii 490-2 y 313-1. La conciliación médica es atendida por 671-11 a 671-20. Existe una disposición legal especial para ADR de disputas sobre recursos geotérmicos según 205-5.1. Las disputas internacionales están cubiertas por 1988 Haw. Sess Leyes, cap. 186, Secciones 1-9.

IDAHO: La Sección 44-106 del Código de Idaho rige los conflictos laborales.

ILLINOIS: Los Estatutos Compilados de Illinois abordan el ADR de disputas familiares en Ch. 40, párrafos 602.1 y 607.1. Las disputas sobre la garantía de automóviles están cubiertas por Ch.121.5, párrafo 1204 (4). Las disputas que involucran servicios públicos caen bajo Ch. 11, párrafo 702.12a. Illinois opera varios centros comunitarios sin fines de lucro para la resolución de disputas bajo los auspicios de Ch. 37, párrafos 851.1 a 856.

INDIANA: Las disputas familiares están cubiertas por el Código de Indiana 31-1-24-1 al 31-1-24-9, 31-1-23-5 al 31-1-23-9. Las garantías de automóviles se manejan bajo 24-5-13-19. Las disputas por los derechos civiles están cubiertas bajo el 22-9-1-6. Las disputas de protección al consumidor están cubiertas por 4-6-9-4 (a) (4). Existe una disposición especial del Código para las disputas por los derechos del agua según el 13-2-1-6 (2).

IOWA: Subtítulo 5, Capítulo 679 a 679.14 direcciones ADR. Las disputas familiares están cubiertas por los códigos de Iowa 598.16 y 598.41 (2). Las deudas agrícolas se manejan bajo 654a1 a 654a14. Las disputas de derechos civiles están cubiertas por 601A.15 (3) (c).

KANSAS: Estatutos de Kansas, capítulo 60, el artículo 2 aborda el ADR en general. Las disposiciones de ADR para disputas familiares están cubiertas de 23-601 a 23-607 y 23-701. Las garantías de automóviles se manejan bajo 50-645 (e). Las disputas de derechos civiles están cubiertas de 44-1001 a 44-1005. Hay una disposición especial de ADR para disputas comerciales de barbería de 65-1824 (4).

KENTUCKY: Kentucky tiene amplias disposiciones de ADR en sus Estatutos Revisados ​​de Kentucky (KRS). Las disputas familiares están cubiertas por KRS 403.140 (b) y 403.170. Las garantías de automóviles se manejan bajo KRS 367.860 a 367.880. Las disputas de derechos civiles están cubiertas por KRS 344.190 a 344.290 y 337.425.

Detalles

Los asuntos de educación están cubiertos por KRS 165A.350 y 360. Las disputas que involucran la producción y distribución de productos agrícolas están cubiertas por KRS 260.020.030 (e) y 260.020.040 (l) Hay una disposición especial para fondos de agencias comunitarias en KRS 273.451.

LOUISIANA: Las disputas familiares están cubiertas por los Estatutos de Louisiana, Título 9, Secciones 351 a 356. Las garantías de automóviles se manejan bajo el Título 23, Sección 1944.

Detalles

Los asuntos de derechos civiles de vivienda se tratan bajo el Título 40, Sección 597. Las disputas por barbería están cubiertas por el Título 37, Sección 381. Existe una disposición especial para un Panel de Revisión Médica en el Título 40, Sección 1299-47.

MAINE: Los estatutos de Maine proveen ADR para las siguientes áreas de disputa: las disputas familiares están cubiertas por el Título 4, Sección 18 (1 a 5), ​​Título 19, Sección 214 (1,4), Título 19, Sección 518 (1,2, y 4), Título 19, Sección 656,665, y Título 19, Sección 752 (4). Las garantías de automóviles se manejan bajo el Título 10, Sección 1165. Existe una disposición especial de ADR para reclamos por negligencia profesional (negligencia) bajo el Título 24, Secciones 2851 a 2859.) Las disputas relacionadas con la producción y distribución de productos agrícolas están cubiertas bajo el Título 13, Secciones 1956 a 1959.

MARYLAND: Maryland tiene una disposición de ADR de disputa de agencia de empleo en virtud del Artículo 56, Sección 169.

MASSACHUSETTS: Existe una disposición de ADR para disputas de televisión por cable según el Capítulo 166A, Sección 16. Una disposición de Mediación Comunitaria se encuentra en el Capítulo 218, Sección 43E.

MICHIGAN: MCR 2.403 (Reglas de la Corte de Michigan) cubre ADR (mediaciones) ordenadas por el tribunal de acciones civiles relacionadas con daños monetarios o división de propiedad. Las relaciones domésticas ADR se rigen por MCR 3.211. La ADR de asuntos de atención médica está cubierta por los estatutos de Michigan, MCL 600.4901 a 600.4923. Las disputas que involucran la producción y distribución de productos agrícolas están cubiertas por 290-714. Un estatuto de conciliación de reclamos menores está contenido en MCL 730.147 a 730.155.

MINNESOTA: El capítulo 486.76 de los Estatutos de Minnesota aborda ADR. Las disputas familiares están cubiertas por 518.167 y 518.619. Las garantías de automóviles se manejan bajo 325F.665. Las disputas de derechos civiles están cubiertas por 63.01, y 63.04 a 63.06. Los tribunales de conciliación están previstos en 487.30. La mediación civil se describe en 572.31 a 572.40. Litigio civil ADR se cubre por separado en 484.74. También hay una disposición legal de ADR para los programas de resolución de disputas de la comunidad bajo 494.01 a 494.04. Una disposición especial para la mediación del deudor-acreedor se encuentra en 572.41, y las disputas de compensación del trabajador en 176.351 (2a). Las disputas que involucran la producción y distribución de productos agrícolas están cubiertas por 17.692, 17.695, 17.697 a 17.701. Los temas ambientales están cubiertos por 40.22, 40.23 (3), 40.242, 40.244, 221.035F, 221.036 (9), 116.072 (1) y 116.072 (6) a 116.072 (8). Los temas de gestión de residuos ambientales se cubren por separado en 115A.29 (2) (a) y 115A.38 (2).

MISSISSIPPI: El Título 11, Capítulo 15 del Código de Mississippi aborda el ADR en general. Las disputas sobre garantías de automóviles se manejan conforme a las disposiciones del Código, 63-17-159 y 63-17-163. La deuda agrícola se aborda en los puntos 69-2-43 a 69-43-51.

MISSOURI: ADR de disputas de derechos civiles está cubierto por los Estatutos 213.010 (1), 213.020 y 213.075.

MONTANA: el Título 25, Capítulo 21, Parte 5 del Código de Montana aborda el ADR en general. Las disputas familiares están cubiertas por 26-1-81 y 40-3-111 a 40-3-127. La deuda agrícola ADR se maneja bajo 80-13-191 y 80-13-201 a 80-13-214. Las disputas por los derechos civiles están cubiertas por 49-2-501 (1), 49-2-504 a 49-2-506, y 49-2-601. Las disputas de compensación del trabajador están cubiertas de 39-71-2401 a 39-71-2411. Existe una disposición especial del Código para asuntos de educación especial en 20-7-462 (4). Los paneles de mala praxis médica están cubiertos del 27-6-101 al 27-6-704. Las disputas que involucran la producción y distribución de productos agrícolas están cubiertas por 80-1-101 y 80-11-103 (9).

NEBRASKA: Las disputas familiares están cubiertas de 42-801 a 42-823, y 42-360. La deuda agrícola está cubierta de 2-4801 a 2-4816. Las disputas de derechos civiles están cubiertas por 20-113.01, 20-114 (1) (2).

NEVADA: El Capítulo 232.548 cubre las disposiciones generales de ADR en sus estatutos. Las garantías de automóviles se manejan bajo 598.761. Las disputas por los derechos civiles se cubren de 233.020 a 233.210, y 244.161. El crédito al consumidor y los conflictos de derechos civiles están cubiertos por 598B.150. La disputa educativa ADR se encuentra en 394.11, y las disputas de casas móviles se manejan en 118B.024, 118B.025 y 118B.260.

NEW HAMPSHIRE: Los Estatutos de New Hampshire cubren el ADR de garantías de automóviles bajo 357.0: 4.

NUEVA JERSEY: El Título 2A, Capítulo 23A, contempla el ADR en general. Las disputas de derechos civiles están cubiertas bajo 52: 27E-40, 52: 27E-41. Una disposición general de ADR se encuentra en 2A: 23A-1 a 2A: 23A-19. Las disputas que involucran a personas con discapacidades del desarrollo están cubiertas en 52: 27E-40 y 41. Las garantías para el hogar están cubiertas en 46: 3 B-9. Los problemas de desechos radioactivos se manejan de acuerdo con 32: 31-5.

NUEVO MÉXICO: el Capítulo 34, Artículo 6-44 aborda el ADR en general. Las disputas familiares están cubiertas por 40-12-1 a 40-12-6, y 40-4-9.1 (B) y (J) (5). Las garantías de automóviles se manejan bajo 57-16A-6. Las reclamaciones pequeñas se manejan bajo 34-8A-10.

NUEVA YORK: El artículo 75 de la Ley de Práctica Civil y Leyes se refiere al ADR.

Otros Elementos

Además, las disputas familiares están cubiertas por las Secciones 911-926. Las garantías de automóviles se manejan conforme a la Sección 198-a (negocios generales).

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Los asuntos fiscales se incluyen en la Sección 170 (3a). Los Programas de Resolución de Disputas de la Comunidad están regidos por las Secciones 849-a a 849-g (ley judicial).

CAROLINA DEL NORTE: El Capítulo 1, Artículo 45A, cubre el ADR. Las garantías de automóviles se manejan bajo los Estatutos 20-351.7. Las disputas por los derechos civiles están cubiertas en 143-422.3 (desempleo) o 41A-6 (6), 41A-7 (a), 41A-8 (vivienda).

DAKOTA DEL NORTE: el Título 32, Capítulo 32-42 cubre el ADR en general. Las disputas familiares están cubiertas por las Secciones del Código 14-09.1-01 al 14-09.1-08 y del 27-05.1-01 al 27-05.1-18. Las garantías de automóviles se manejan bajo 51-07-18 (3). Una provisión para ADR de deuda agrícola se puede encontrar en 6.09.10-01 a 10-09. Las disputas de acreedores hipotecarios están cubiertas del 11-26-01 al 11-26-08.

OHIO: El artículo 2711 del Código de Ohio aborda el ADR en general. Las disputas familiares están cubiertas de 3117.01 a 08. Las garantías de automóviles se manejan de acuerdo con 1345.75 y 77. Las disputas de derechos civiles (asuntos de vivienda) están cubiertas de acuerdo con 1901.331.

OKLAHOMA: El Título 12, Capítulo 37, 1809 provee generalmente para ADR. Las garantías de automóviles se manejan bajo el Título 15 del Estatuto, Sección 901 (f). Los conflictos de derechos civiles están cubiertos por el Título 25, Secciones 1505, 1704 y 1705. 22-9-1-6. Los programas generales de resolución de disputas están cubiertos por el Título 12, Secciones 1801 a 1813.

OREGON: La mayoría de las disposiciones de ADR se discuten en general en el Capítulo 36 de los estatutos de Oregón. Las disputas familiares están cubiertas por 107.510 a 107.615, 107.755 a 107.795 y 107.179 (4).

PENNSYLVANIA: Los Estatutos de Pennsylvania abordan el ADR de disputas relacionadas con garantías de automóviles según el Título 73, Sección 1959. Los conflictos de derechos civiles están cubiertos por el Título 43, Sección 957 (i) (desempleo) o Título 43, Sección 959 (a) a (c) (empleo) Los problemas de dominio eminente están cubiertos por el Título 52, Sección 1406.15.

ISLA RHODE: ADR para asuntos de consumidores se encuentra en 42-42-5 a 42-42-7.

CAROLINA DEL SUR: Las leyes codificadas en Carolina del Sur incluyen disposiciones de ADR para disputas de derechos civiles según 1-13-70 y 1-13-90 (empleo). Las disputas de los consumidores están cubiertas bajo 37-6-117. Las quejas de empleo están cubiertas de 8-17-360 y 8-17-370.

DAKOTA DEL SUR: Dakota del Sur tiene un ADR legal para disputas laborales de 60-10-1 a 60-10-3.

TENNESSEE: El Título 29, Capítulo 5 del Código de Tennessee aborda el ADR. Los clientes del banco pueden resolver sus disputas bajo el Código de Tennessee 45-1-301 a 45-1-309.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

TEJAS: Código de Gobierno, Título 10, Subtítulo A, 2008 prevé el ADR en general. Los procedimientos de ADR también se tratan en el Artículo 4590f-1 del Código de Texas, título 7, 154.001 a 154.073, Sección 3.07 (d).

UTAH: Las disputas familiares están cubiertas de 30-3-16.2 a 30-3-17.1, 30-3-4.1 y 30-3-4.3. Las garantías de automóviles se manejan bajo 30-20-7. La resolución de negligencia médica se proporciona para los números 78-14-1, 78-14-2 y 78-14-12 a 16.

VERMONT: el Capítulo 192 del Código de Vermont generalmente se ocupa de ADR.

Detalles

Los asuntos de educación especial están cubiertos por el Título 16, Sección 2941, 2959.

VIRGINIA: El título 11-71.1 del Código de Virginia aborda el ADR en general. Las disputas familiares están cubiertas entre 16.1-69.35 y 16.1-289.1. Las garantías de automóviles se manejan bajo 59.1-207.15. Los programas de mediación civil se encuentran en 16.1-69.35 (d) Existe una disposición especial del Código para la mediación de conflictos del gobierno local en 15.1-945.1 y siguientes.

WASHINGTON: Títulos 7.04 y 7.75 dirección ADR. Las disputas familiares están cubiertas bajo el 26.09.015. Las garantías de automóviles se manejan bajo 19.118.150. Las disputas de derechos civiles están cubiertas bajo 49.60.130. Los centros de resolución de disputas se encuentran en 7.75.010 a 7.75.100

VIRGINIA OCCIDENTAL: El Capítulo 55, Artículo 15 del Código de Virginia Occidental aborda el ADR en general. También hay una disposición de ADR para disputas de garantía de automóviles en 46A-6A-8 y 46A-6A-9.

WISCONSIN: Estatutos de Wisconsin, el Capítulo 802-12 cubre el ADR en general. Las disputas familiares están cubiertas por 753.016 (conciliación), 767.081-82, 767.001 (3) y (4), 767.11 y 767.327 (1) y (2). Las garantías de automóviles se manejan de acuerdo con 218.015 (3) a (7). Las disputas por derechos civiles están cubiertas por 118.20 (empleo), 230.85 (empleo) y (esotéricamente) 1419.

WYOMING: Las garantías de automóviles se manejan según los Estatutos 40-17-101 (a) y (f). La deuda agrícola se cubre de 11-41-101 a 110. Las cuestiones ambientales se manejan de 35-11-701 (a) a (c).

Autor: Williams

Un tipo privado, voluntario e informal de resolución alternativa de conflictos

El minitrial es un procedimiento alternativo de resolución de disputas (ADR, por sus siglas en inglés) que utilizan las empresas y el gobierno federal para resolver problemas legales sin incurrir en gastos y demoras asociadas con los litigios en los tribunales. El mini juicio no resulta en una adjudicación formal, pero es un vehículo para que las partes lleguen a una solución a través de un proceso de solución estructurada. Se usa de manera más efectiva cuando hay problemas complejos en juego y las partes necesitan o desean mantener una relación amistosa.

Aunque los minitriales pueden organizarse según las reglas negociadas por las partes, por lo general se ajustan a los procedimientos utilizados por los facilitadores de ADR. Las partes firman un acuerdo con el consentimiento de un minitrial y luego cada uno elige un representante de la gerencia para que participe en el panel. Estos representantes tienen la autoridad para negociar un acuerdo. Las partes también seleccionan un “asesor neutral” para sentarse en el panel. El asesor debe ser independiente e imparcial, ya que esta persona moderará el minitrial. Si las partes no pueden ponerse de acuerdo con un asesor neutral, la agencia facilitadora de ADR puede hacer la selección. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Las partes pagan una parte igual de los honorarios del asesor y soportan sus propios costos (o costes, como se emplea mayoritariamente en España) (o costes, como se emplea mayoritariamente en España) mínimos.

Antes del minitrial, las partes seleccionan y luego proporcionan al asesor neutral los materiales de referencia. Las partes también presentan informes legales y pruebas con el asesor que contienen información que pretenden presentar en lo que se denomina “intercambio de información”. Este intercambio es, en efecto, el minitrial. Las partes deben acordar la duración de los escritos y las fechas de vencimiento de los documentos.

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En el intercambio de información, cada parte hace una presentación, y cada parte tiene derecho a hacer una refutación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Al igual que con todos los demás procedimientos, las partes deben acordar la duración de sus presentaciones y refutaciones o dejar que el asesor neutral establezca los límites de tiempo. Durante este intercambio de información, el asesor neutral actúa como moderador y no como juez. Testigos fácticos y peritos también pueden hacer presentaciones. Los miembros del panel pueden hacer preguntas a los presentadores.

Observación

Además de los abogados que representan a las partes, cada representante de la gerencia puede tener asesores (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “assessors” en derecho anglo-sajón, en inglés) presentes.

Después de la conclusión del intercambio de información, los representantes de la gerencia se reúnen por sí mismos para ver si pueden resolver la disputa. El intercambio de información debería haber revelado las fortalezas y debilidades del caso de cada parte y haber motivado a los representantes para resolver la disputa. Si no pueden resolver la disputa por su cuenta, pueden pedirle al asesor neutral que se reúna con ellos por separado o en forma conjunta, y dar una opinión oral sobre los problemas y el posible resultado en el juicio de cada uno de ellos. Los representantes también pueden pedirle al asesor neutral que emita una opinión por escrito y que promueva las negociaciones y los términos de los acuerdos.

Si se llega a un acuerdo, se establece por escrito y está firmado por los representantes. El acuerdo es legalmente vinculante para las partes. Si las partes no pueden llegar a un acuerdo, el procedimiento terminará 30 días después de la fecha del intercambio de información.

Una diferencia importante entre un juicio en la corte y un minitrial es que las reglas de evidencia no se aplican en el minitrial a excepción de las reglas que rigen las comunicaciones privilegiadas y el producto de trabajo de abogado. Otra diferencia es que los minitriales no se registran, por lo que no se puede producir una transcripción. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Finalmente, los procedimientos son totalmente confidenciales y cualquier oferta o declaración realizada en el proceso es inadmisible en un juicio en el tribunal.

Autor: Williams

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