Obiter Dictum
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Elementos de Obiter Dictum
Descripción y definición de Obiter Dictum aparecidas en el diccionario de derecho procesal constitucional y convencional (2014), escrito por María de Jesús Medina Arellano y publicado por el Poder Judicial de la Federación (mexicana) y el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): Son dos elementos fundamentales en la doctrina del “stare decisis” del derecho anglosajón (Common Law) los que se distinguen dentro del “precedente judicial” o sentencia: el obiter dictum y la “ratio decidendi.” En el sistema de precedentes el primer paso es declarar los hechos substanciales —rechazando aquellos que no lo son— para la determinación del principio normativo sobre el cual el juzgador fundamenta su decisión, es decir, la “ratio decidendi.” A contrario sensu, el obiterdictum (“obiter dicta,” en plural) se compone del análisis, razonamientos y principios invocados por el juzgador en un caso concreto pero que no constituyen el principio normativo sobre el cual se basa su decisión, y por tanto no representa la parte obligatoria del precedente, ni vinculante para casos posteriores.
Puntualización
Sin embargo, el obiter dictum posee una fuerza persuasiva para controversias futuras a resolver por las cortes. La razón por la cual el obiter dictum no es vinculante en casos posteriores se basa en que estos razonamientos no son estrictamente relevantes para el caso concreto que se ha resuelto en la sentencia.
Terense Ingmanasi (The English Legal Process, 12a. ed., Oxford, 2008) señala que obiter dictum, literalmente “dicho sea de paso, o —a propósito de— “es la especulación del juzgador acerca de cuáles razones o principios normativos podrían ser aplicados a la controversia concreta, si los hechos probados en el caso resuelto hubieran sido distintos. Los enunciados o razonamientos elaborados “a propos de” por el juzgador a lo largo del texto de una sentencia constituyen el obiter dictum, son anotados ahí de forma hipotética, es decir, a manera de ejemplos se establecen ciertos supuestos y principios generales del derecho que podrían ser aplicados a la controversia concreta, pero que resultan irrelevantes para apoyar el pronunciamiento normativo y por tanto la decisión para fundamentar la resolución del caso.
Más sobre el Significado de Obiter Dictum
El carácter persuasivo del obiter dictum implica reconocer que detenta una autoridad en la doctrina del “stare decisis” en el derecho anglosajón, esto significa que en casos futuros los enunciados que lo conforman son influenciables y pueden inducir e instar los argumentos o razonamientos del juzgador en casos futuros. Es ahí donde cobra importancia el obiter dictum, debido a que en controversias posteriores, el juzgador puede tomar en consideración esos razonamientos hipotéticos al caso concreto a resolver si así lo cree procedente. .
“Obiter máxima” en Derecho Marítimo
[rtbs name=”derecho-maritimo”]Definición de “Obiter máxima”: (“un dicho por el camino”), en referencia a la constatación de la ley en una decisión si esta conclusión se basa en cuestiones no correctamente antes La corte. Es una opinión expresada por un tribunal sobre una cuestión de Derecho que no es necesaria para la decisión del caso ante ella. Lo contrario de la “obiter dictum” es “ratio decidendi” (ver este término legal en esta enciclopedia o en el diccionario jurídico).Nota: traducido por William Lawrence
En Derecho Anglosajón
Hay información relativa a obiter dictum en el derecho marítimo anglosajón en la siguiente entrada de la plataforma de derecho marítimo: obiter dictum en inglés (Obiter Dictum).
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Obiter Dictum en el Derecho Procesal Americano
Nota: se analiza también obiter dictum en el derecho de los Estados Unidos de América, pero en inglés, en esta entrada (Obiter Dictum).
Una declaración contenida en la opinión de un tribunal que va más allá de lo necesario para resolver la cuestión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Obiter dictum (singular) o obiter dicta (plural), a veces simplemente llamado dictum o dicta, normalmente se dirigen a cuestiones sobre las cuales no se han escuchado argumentos formales.
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Por lo tanto, las posiciones representadas en los obiter dicta no son vinculantes para casos posteriores. Dicta no se considera un precedente y debe distinguirse de la ratio decidendi, que proporciona la base legal del fallo del tribunal (USA).
Autor: Williams
Recursos
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