Obligación de Dar Reportes
Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs]
Obligación de Dar Reportes en la Protección de la Infancia y los Derechos del Niño
Artículo de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño donde se recoge este tema
Art. 44
Obligación de Dar Reportes y los Derechos del Niño y el Adolescente
Los Estados Parte de la CDN deben someter reportes sobre las medidas que han adoptado para dar electo a los derechos reconocido en la CDN y sobre el progreso logrado en el disfrute de esos derechos al Comité sobre los Derechos del Niño, dentro de los dos años de la entrada en vigencia de la CDN para los Estados Parle respectivos y posteriormente cada cinco años.
Recursos
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Véase También
- Comité sobre los Derechos del Niño
- Diseminación de repones
- Implementación doméstica.
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