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Reforma Tras el Estatuto de Roma

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Reforma Tras el Estatuto de Roma

Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs]

Los Procesos de Reforma en los Estados Parte en relación con el grado de recepción en América Latina como prueba de la eficacia del sistema del Estatuto de Roma

En Argentina37 se constituyó en agosto de 2002 una comisión interministerial a la cual se incorporaron numerosas ONG y representantes de la doctrina y que en febrero de 2002 presentó al Presidente de la Nación un proyecto de código penal internacional.38 El 9 de octubre de 2002 el presidente sometió el proyecto de ley al Congreso; la Comisión de Relaciones Exteriores y Culto empezó a examinarlo en marzo de 2003 y organizó una audiencia pública. Se espera que antes de que acabe el año 2003 el Senado vote la ley y la traslade a la Cámara de Diputados.

Puntualización

Sin embargo, el 5 de noviembre de 2003 fracasó una votación sobre el proyecto por falta de quórum. Aparte del proyecto interministerial, circulan otros dos proyectos con menos expectativas de éxito, por ejemplo el del diputado Cafiero y el de sus colegas Rivas, González y Bravo, cuya meta es que los crímenes internacionales se incluyan en el Código Penal. Después de una consulta con expertos el proyecto interministerial fue sorprendentemente retirado y perdió el rango parlamentario. El día nueve de marzo de 2003 el senador Yoma presentó un nuevo proyecto en el Parlamento, de momento el único que tiene rango parlamentario. Las perspectivas de este nuevo proyecto son inciertas. Ahora hay que esperar las próximas evoluciones legislativas.Entre las Líneas En Bolivia39 existen signos que apuntan hacia la implementación del Estatuto. Aunque todavía no se hayan dado pasos sustanciales con vistas a la trasposición, en setiembre de 2002 se inició en el Ministerio de Justicia la elaboración del correspondiente proyecto de ley de aplicación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Alemania se ha comprometido a ayudar a Bolivia en la aplicación del Estatuto a través de una organización de ayuda al desarrollo; está previsto constituir un grupo de trabajo a tal efecto en el Viceministerio de Justicia (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). Brasil 40 ratificó el Estatuto de Roma con fecha 20 de junio de 2002. Las reformas para adecuar la Constitución aún no se han aprobado y será la correspondiente ley de ejecución la que aclare estos aspectos. El Estatuto de Roma fue ratificado a causa de un dictamen del Ministerio de Asuntos Exteriores que fue muy discutido. Este dictamen declaró el texto en todos los puntos conforme a la Constitución. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).Si, Pero: Pero cada vez más se discute la constitucionalidad del Estatuto. Por eso no se puede excluir que se prepare una ley de implementación que siga el ejemplo francés.Entre las Líneas En particular, se discute la imprescriptibilidad de los crímenes establecidos en el Estatuto, la cadena perpetua, la extradición de nacionales y el problema de las inmunidades. Previamente a la ratificación del Estatuto de Roma, en el año 2001 en Brasil ya se creó una comisión encargada de la elaboración de un código penal internacional 41 con tres objetivos definidos: crear normas penales en consonancia con el Estatuto, adecuar el derecho procesal y regular la cooperación con la Corte. Una vez que la comisión presentó su proyecto al Ministerio de Justicia, el 18 de octubre de 2002, algunas ONG aprovecharon en febrero de 2003 la posibilidad de formular observaciones. Actualmente el proyecto de ley se halla en fase de examen en la presidencia (Casa Civil) donde está siendo estudiado con todo detalle como “legado” del gobierno antecesor, a fin de asegurar que sea aprobado por el Congreso sin modificaciones sustanciales. El proyecto será trasladado al Congreso.

Desarrollo y Más Detalles sobre Los Procesos de Reforma en los Estados Parte

Con la mencionada ley, Brasil persigue el objetivo declarado de asegurar su propia soberanía frente a la persecución penal internacional (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma digital de ciencias sociales y humanidades). Brasil se ve en el papel de precursor del derecho penal internacional y tiene el propósito de aplicar el Estatuto de Roma -que es objeto de una amplia aceptación- en toda su extensión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).Entre las Líneas En Colombia42 no ha habido esfuerzos para adaptar el derecho material a las normas del Estatuto de Roma, pues ya antes de la entrada en vigor del Estatuto de Roma, diversos tipos penales formaban dentro del ordenamiento nacional un cuerpo de derecho internacional penal. Por eso Colombia se considera preparada para una persecución penal efectiva. Costa Rica43 aprobó una ley de implementación en mayo de 2003, si bien no siguió la vía de la elaboración de un código penal internacional como Argentina o Brasil, sino que, antes bien, ha integrado los crímenes contra el derecho internacional en el Código Penal. Hasta la fecha no se ha regulado la cooperación con la Corte. Existe la posibilidad que los nuevos tipos sean revisados otra vez en el marco de una inminente reforma del Código Penal. Ecuador ratificó el Estatuto de Roma el 5 de febrero de 2002, una vez que la Corte Suprema de Justicia le declaró la constitucionalidad. la implantación del Estatuto es ahora competencia de la Comisión Especial Permanente de Asuntos Internacionales y Defensa Nacional del Congreso.

Puntualización

Sin embargo, hasta la fecha este órgano no ha presentado un proyecto de ley.

Indicaciones

En cambio, ya en octubre de 2002 se presentó el proyecto de ley de aplicación, con la participación de numerosas ONG y diputados de la Comisión del Niño y de la Mujer favorables a la iniciativa.Entre las Líneas En su ley de ratificación Honduras designa las autoridades competentes para la solicitud de cooperación (artículo 87 del Estatuto de Roma) y se declara además dispuesto a recibir condenados de nacionalidad hondureña para que cumplan sus penas en el marco de la legislación nacional (artículo 103 del Estatuto de Roma). Según datos de la Coalición por la Corte Penal Internacional, ya ha iniciado su labor el comité encargado de la revisión de la Parte Especial del Código Penal y, en concreto, de los crímenes contra el derecho internacional.Entre las Líneas En Panamá la Comisión Nacional Permanente para la Aplicación del Derecho Penal Humanitario, encargada de codificar los crímenes incluidos en el Estatuto de Roma y de regular la cooperación con la Corte Penal Internacional, presentó un proyecto de ley a los ministerios de Relaciones Exteriores y de Justicia, en mayo de 2003. Este proyecto ha de trasladarse al Parlamento por conducto del presidente.Entre las Líneas En Paraguay se constituyó por decreto presidencial del 10 de diciembre de 2002 un comité interministerial para la implantación del Estatuto de Roma que según lo previsto debía presentar un proyecto de ley de aplicación en marzo de 2003. Se espera que el proyecto en cuestión esté listo para fines de la primera mitad del 2004.Entre las Líneas En todo caso el problema de la extradición de nacionales no existe en Paraguay.Entre las Líneas En Perú44 la Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario está elaborando la ley reguladora de la cooperación con la Corte Penal Internacional. Esta comisión propuso entretanto un proyecto de ley para adaptar el ordenamiento procesal. A mediados de setiembre de 2002 el gobierno instituyó además una segunda comisi
ón encargada de adecuar el Código Penal y otras normas penales a las exigencias del Estatuto de Roma y otros tratados internacionales. la comisión está integrada tanto por representantes del gobierno como por científicos y miembros de organizaciones no gubernamentales.Entre las Líneas En abril de 2003 esta comisión presentó unas directrices para la armonización del Código Penal peruano con el Estatuto de Roma y concluyó la revisión de los crímenes contra el derecho internacional. El gobierno sometió a debate un proyecto de ley en marzo de 2003. El mandato de la comisión fue prorrogado por el gobierno hasta octubre de 2004. Con fecha 18 de enero de 2003, el presidente uruguayo trasladó al Congreso el proyecto de código penal internacional del Ministerio de Justicia, que regula tanto los crímenes contra el derecho internacional recogidos en el Estatuto de Roma como la cooperación con la Corte Penal Internacional. Cuatro días más tarde este proyecto se remitió a la Comisión Permanente de Constitución y Legislación del Senado. El 31 de octubre de 2003 la primera Cámara del Congreso aprobó el proyecto por unanimidad; las deliberaciones de la segunda Cámara comenzaron el 5 de noviembre de 2003. Es probable que el proyecto se apruebe en breve. Venezuela45 fue el primer Estado sudamericano en ratificar el Estatuto de Roma. la Comisión de Aplicación del Estatuto de Roma presentó un proyecto de adecuación del derecho penal vigente a las exigencias del Estatuto de Roma con fecha 25 de julio de 2002. Este proyecto prevé la reforma de numerosas disposiciones del Código Penal. Es de esperar que se apruebe antes de abril de 2004, dado que no se trata de un proyecto controvertido en el ámbito interno. [1]

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Notas y Referencias

  1. Christoph Grammer, Temas Actuales del Derecho Internacional Penal, Konrad-Adenauer-Stiftung E. V, reproducción autorizada

PENAL INTERNACIONAL

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