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Provincias

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En el año 27 a.C., el Senado romano encomendó a Augusto la administración de las provincias que aún no habían sido pacificadas, conocidas posteriormente como provincias imperiales (provinciae Caesaris), que entregó a legados (legati). Las demás provincias, conocidas como senatoriales o provincias del pueblo romano (provinciae populi Romani), también estaban sometidas a la autoridad del emperador, pero administradas por un gobernador (procónsul) que el Senado seguía nombrando, al menos de iure. Italia (incluido el Tesino) permaneció bajo la autoridad de los magistrados de la ciudad de Roma, lo que, además de su exención de los impuestos de capitación y territoriales hasta finales del siglo III, la distinguía de los demás territorios del Imperio. A la muerte de Augusto en el año 14 d.C., el Imperio contaba con veintiocho o veintinueve provincias. Los gobernadores y altos funcionarios instalados por Roma procedían de los órdenes senatorial o ecuestre. Las provincias imperiales, que contaban con una o más legiones, eran confiadas -con la excepción de Egipto- a un legado senatorial (legatus Augusti pro praetore, representante del emperador de rango pretoriano). En las provincias imperiales donde no había legiones estacionadas, sino sólo tropas auxiliares, los emperadores nombraban a veces procuradores de rango ecuestre como gobernadores.