Violación de la Zona de Protección
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Violación de la Zona de Protección en el Derecho Penal Alemán
En el código penal germano, violación de la zona de protección se recoge en la Parte Especial, en su Sección Cuarta, sobre Hechos punibles contra órganos constitucionales así como contra elecciones y votaciones. Así, el artículo § 106a. Violación de la zona de protección dispone lo siguiente: (1) Quien dentro de la zona de protección delimitada alrededor del edificio de un órgano legislativo de la Federación o de un Estado así como del Tribunal Constitucional Federal participe en reuniones públicas bajo cielo abierto o en marchas y con ello viole normas que hayan sido expedidas sobre la zona de protección, será castigado con pena privativa de la libertad hasta seis meses o con multa hasta por una tasa de ciento ochenta días. 50 (2) Quien exhorta a reuniones o marchas que deban tener lugar dentro de una zona de protección delimitada con violación de las disposiciones citadas en el inciso 1, será castigado con pena privativa de la libertad hasta dos años o con multa. Para un mayor contexto, quizás le interese conocer más sobre el derecho penal de Alemania. Véase también la entrada sobre Coacción al presidente Federal y a los miembros de un órgano constitucional en esta referencia.
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