Visa
Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs]
Visa
Visa en la Enciclopedia Jurídica Omeba
Véase:
A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto y Caracteres de Visa
Definición y descripción de Visa ofrecido por el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México: (escrito por Pedro Gabriel Labariega Villanueva) Puede decirse que la visa es un término internacional utilizado y aceptado por todos los países, que significa el acto o formalidad por el cual el funcionario consular debidamente facultado, autoriza un documento que le es presentado para que pueda tener efectos en su país. Esta autorización se manifiesta en estampar en el documento requerido el cuño del consulado u oficina del país del funcionario consular. La visa es propiamente la autorización que se extiende en un documento y no el documento mismo.
Desarrollo
La visa, tal y como en la actualidad se le conoce, tiene sus orígenes prácticamente al inicio de la primera conflagración mundial, ya que anteriormente muy pocos países eran los que exigían este trámite para que los extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) cruzaran sus fronteras. El Imperio Otomano, Servía y Rusia, entre otros, constituyeron la excepción en el Viejo Continente. Con el desequilibrio mundial, los países entraron en desconfianza y se vieron en la imperiosa necesidad de comenzar a controlar y restringir el acceso de toda persona proveniente del exterior, así como a controlar la salida de sus nacionales. Todo esto con el afán de que existiera en lo posible una seguridad nacional. El mecanismo utilizado para el control fue el establecimiento de la visación en los pasaportes. Con esto, de igual manera, los demás países establecieron el mismo sistema; habiéndose quedado en forma permanente hasta la actualidad.
Más Detalles
Es oportuno señalar que existe en forma generalizada una tendencia a utilizar como sinónimos los términos visa, legalización y certificación, aunque cada uno de ellos se refiere a una acción diferente. Así tenemos que la legalización “es la autentificación que el funcionario consular hace de la forma de un funcionario gubernamental (o, en ocasiones, de la Administración Pública, si tiene competencia) o notario (fedatario público) público extranjero, para que el documento público que calce pueda surtir efectos en….” el país cuyo funcionario hace la legalización. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). “La firma de un documento privado no puede ser legalizada” (Molina). La certificación es la anotación que en cumplimiento a un mandato legal asienta,el funcionario consular debidamente autorizado, en el documento, haciendo constar que lo tuvo a la vista para el efecto. Pueden certificarse tanto documentos públicos como privados. La visa tal como la hemos definido es una función propiamente de la autoridad consular. La visa se da tanto en pasaportes como en documentos que la requieren para que tengan validez en el extranjero
Véase También
Pasaporte.
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
Bibliografía
Lee, Luke T., Consular Law and Practice, Londres, Stevens and Sons Ltd., 1961; Molina, Cecilia, Práctica consular mexicana, México, Porrúa, 1970; Osmañczyk, Edmund Jan, Enciclopedia mundial (o global) de relaciones internacionales (más detalles sobre relaciones internacionales y las tensiones geopolíticas en nuestra plataforma) y Naciones Unidas, México, Fondo de Cultura Económica, 1976; Satows, Ernest Sir, Guide to Diplomatic Practice; 5ª edición, Londres, Logman, 1981.
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
.
A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto y Caracteres de Visa
Definición y descripción de Visa ofrecido por el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México: (escrito por Pedro Gabriel Labariega Villanueva) Puede decirse que la visa es un término internacional utilizado y aceptado por todos los países, que significa el acto o formalidad por el cual el funcionario consular debidamente facultado, autoriza un documento que le es presentado para que pueda tener efectos en su país. Esta autorización se manifiesta en estampar en el documento requerido el cuño del consulado u oficina del país del funcionario consular. La visa es propiamente la autorización que se extiende en un documento y no el documento mismo.
Desarrollo
La visa, tal y como en la actualidad se le conoce, tiene sus orígenes prácticamente al inicio de la primera conflagración mundial, ya que anteriormente muy pocos países eran los que exigían este trámite para que los extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) cruzaran sus fronteras. El Imperio Otomano, Servía y Rusia, entre otros, constituyeron la excepción en el Viejo Continente. Con el desequilibrio mundial, los países entraron en desconfianza y se vieron en la imperiosa necesidad de comenzar a controlar y restringir el acceso de toda persona proveniente del exterior, así como a controlar la salida de sus nacionales. Todo esto con el afán de que existiera en lo posible una seguridad nacional. El mecanismo utilizado para el control fue el establecimiento de la visación en los pasaportes. Con esto, de igual manera, los demás países establecieron el mismo sistema; habiéndose quedado en forma permanente hasta la actualidad.
Más Detalles
Es oportuno señalar que existe en forma generalizada una tendencia a utilizar como sinónimos los términos visa, legalización y certificación, aunque cada uno de ellos se refiere a una acción diferente. Así tenemos que la legalización “es la autentificación que el funcionario consular hace de la forma de un funcionario gubernamental (o, en ocasiones, de la Administración Pública, si tiene competencia) o notario (fedatario público) público extranjero, para que el documento público que calce pueda surtir efectos en….” el país cuyo funcionario hace la legalización. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). “La firma de un documento privado no puede ser legalizada” (Molina). La certificación es la anotación que en cumplimiento a un mandato legal asienta,el funcionario consular debidamente autorizado, en el documento, haciendo constar que lo tuvo a la vista para el efecto. Pueden certificarse tanto documentos públicos como privados. La visa tal como la hemos definido es una función propiamente de la autoridad consular. La visa se da tanto en pasaportes como en documentos que la requieren para que tengan validez en el extranjero
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Véase También
Pasaporte.
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
Bibliografía
Lee, Luke T., Consular Law and Practice, Londres, Stevens and Sons Ltd., 1961; Molina, Cecilia, Práctica consular mexicana, México, Porrúa, 1970; Osmañczyk, Edmund Jan, Enciclopedia mundial (o global) de relaciones internacionales (más detalles sobre relaciones internacionales y las tensiones geopolíticas en nuestra plataforma) y Naciones Unidas, México, Fondo de Cultura Económica, 1976; Satows, Ernest Sir, Guide to Diplomatic Practice; 5ª edición, Londres, Logman, 1981.
📬Si este tipo de historias es justo lo que buscas, y quieres recibir actualizaciones y mucho contenido que no creemos encuentres en otro lugar, suscríbete a este substack. Es gratis, y puedes cancelar tu suscripción cuando quieras: Qué piensas de este contenido? Estamos muy interesados en conocer tu opinión sobre este texto, para mejorar nuestras publicaciones. Por favor, comparte tus sugerencias en los comentarios. Revisaremos cada uno, y los tendremos en cuenta para ofrecer una mejor experiencia.Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
Bibliografía
Lee, Luke T., Consular Law and Practice, Londres, Stevens and Sons Ltd., 1961; Molina, Cecilia, Práctica consular mexicana, México, Porrúa, 1970; Osmañczyk, Edmund Jan, Enciclopedia mundial (o global) de relaciones internacionales (más detalles sobre relaciones internacionales y las tensiones geopolíticas en nuestra plataforma) y Naciones Unidas, México, Fondo de Cultura Económica, 1976; Satows, Ernest Sir, Guide to Diplomatic Practice; 5ª edición, Londres, Logman, 1981.
▷ Esperamos que haya sido de utilidad. Si conoces a alguien que pueda estar interesado en este tema, por favor comparte con él/ella este contenido. Es la mejor forma de ayudar al Proyecto Lawi.