Acceso al Arbitraje
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Acceso al Arbitraje (en Arbitraje)
Concepto de acceso al arbitraje en relación a este ámbito: El acceso al arbitraje no puede ser otro que el determinado por la Ley de Arbitraje o lex arbitri y con sujeción a sus términos, bien se trate de un arbitraje administrado, bien se trate de un arbitraje ad-hoc. Dada la complejidad de las cuestiones tratadas, el convenio arbitral debe ser redactado con esmero, para que cubra todos los elementos de la controversia suscitada y defina las tareas o aspectos que deben ser objeto de resolución por los árbitros. Es importante fijar en él los diferentes tipos de operaciones que los árbitros como mandatarios de las partes y como juzgadores deben resolver. Se llama la atención sobre la necesidad de contar con los aspectos técnicos (disposición de redes, nodos, infraestructuras), económicos (precios, tarifas, y metodologías de costes), jurídicos (obligaciones y derechos de las partes, obligaciones de confidencialidad, etc.) que configuran normalmente la operación prototípica hoy en día en las telecomunicaciones, y que es objeto con mayor frecuencia de sumisión a arbitraje, es decir, la interconexión de redes. También es importante delimitar cuáles hayan de ser los parámetros de actuación de los árbitros (arbitraje de derecho y de equidad, reglas imperativas, reglas de competencia en su caso, etc.). [1]
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
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- Información sobre acceso al arbitraje procedente del Diccionario terminológico del arbitraje nacional e internacional (Comercial y de Inversiones), Jorge Luis Collantes et al., Perú, 2011
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