Acuerdo Global de Asociación Económica México – Comunidad Europea en el DIPr
En esta sección se examinan ciertos aspectos jurídicos de acuerdo global de asociación económica México – comunidad europea, dentro del marco mucho más general del Derecho Internacional Privado.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Bibliografía
CALVO CARAVACA, Alfonso Luis. Derecho europeo de competencia. Colex, Madrid, 2000.
CALVO NICOLAUY, Enrique. Comentario: entrada en vigor de los tratados. Themis, México, 1994.
CARO GÁNDARA, Rocío. La competencia judicial internacional en materia de régimen interno de sociedades en el espacio jurídico europeo. Civitas ediciones, Madrid, 1999.
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CASTAGNO, Antonio. Control previo de los tratados internacionales. Abelado Perrot, Buenos Aires, 1995.
CASTAÑEDA, Jorge. Obras completas. Tomos I, II y III. Colmex, Naciones Unidas, 1995. TRIGUEROS, Eduardo. Estudios de derecho internacional privado. UNAM, México, 1991.
TRUJILLO HERRERA, Raúl. Derecho de la Unión Europea, principios y mercadointerior. Porrúa, México, 1999.
UNIDROIT. Principios sobre los contratos comerciales internacionales (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma en línea de ciencias sociales y humanidades). Roma, 1995.
URSÚA, Carlos M. Medio siglo de relaciones entre el Banco Mundial y México. Jornadas 132. El Colegio de México-Centro de Estudios Económicos, México, 2000.
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Relaciones México-Estados Unidos: Derecho Comparado y Relaciones México-Estados Unidos en Relación a Derecho Internacional Público En este contexto, el contenido de derecho comparado y relaciones México-Estados Unidos incluye: Sistemas Jurídicos El Derecho Publico en Ambos Países El Derecho Privado en Ambos Países [...] Véase también: Latinoamérica, Mexico, Norteamérica.
Acuerdo de Asociación (UE): Los acuerdos de asociación son tratados internacionales celebrados por la Unión Europea con terceros países u organizaciones internacionales sobre la base del artículo 217 del TFUE/310 del Tratado CE. Dichos acuerdos exigen que se establezca una asociación que implique "derechos y obligaciones recíprocos, una acción común y un procedimiento especial". El concepto general de asociación exterior incluye una variedad de acuerdos diferentes que pueden asignarse a tres categorías según su objetivo principal, y que se describen en este texto. Véase también: Ac, Acuerdo de Asociación Económica México - Comunidad Europea, Derecho Internacional Privado.
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