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Adquisición de Empresas

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Adquisición de Empresas

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Puede ser consentida o contra el consentimiento del consejo de administración (o junta directiva) de la sociedad adquirida (OPA hostil).

Adquisición de Empresas en Francia

El que Adquiere la Empresa

El “comprador” es la persona física o la empresa que adquiere la totalidad o parte de los activos y ramas completas y autónomas de las actividades de una tercera empresa. A cambio, el comprador se compromete a cancelar el pasivo y a salvaguardar la totalidad o parte de los trabajos.

Si la transacción tiene lugar en el contexto de una liquidación judicial, la oferta del comprador se presenta al liquidador o administrador, que informa al deudor, al representante de los trabajadores y a los auditores del contenido de las ofertas recibidas. Las ofertas se presentan en la secretaría del Tribunal de Comercio, donde cualquier interesado puede examinarlas. Después de haber obtenido el dictamen del fiscal y de haber oído o convocado debidamente al deudor, al liquidador, al administrador cuando se haya nombrado uno, a los representantes del comité de empresa o, en su defecto, a los delegados del personal y a los interventores, el tribunal se pronunciará sobre la validez y la seriedad de las ofertas del comprador que serán o no validadas por el Tribunal de Comercio. El tribunal decide sobre la validez y la seriedad de las ofertas del comprador, que son validadas o no por el Tribunal de Comercio. Si la oferta es aceptada, el liquidador o el administrador, en caso de que se haya designado uno, toma todas las medidas necesarias para completar la transferencia.

▷ En este Día de 18 Mayo (1899): Primera Convención de La Haya
Tal día como hoy de 1899, la primera de una serie de conferencias internacionales que dieron lugar a la Convención de La Haya comenzó en La Haya (Países Bajos). El zar Nicolás II, de Rusia, y el conde Mikhail Nikolayevich Muravyov, su ministro de Asuntos Exteriores, fueron decisivos para iniciar la conferencia. (Imagen de wikimedia del Zar)

Cuando la liquidación judicial se refiera a una persona física que ejerza una actividad profesional independiente, incluida una profesión liberal sujeta a un estatuto legislativo o reglamentario, o cuyo título esté protegido, las ofertas del comprador se notificarán, en su caso, al ordenamiento profesional o a la autoridad competente a la que pertenezca el deudor. En este caso, se acudirá al Tribunal en las mismas condiciones que el Tribunal de Comercio cuando la liquidación judicial se refiera a un comerciante.

La transmisión de una empresa a un comprador mencionada anteriormente es la que tiene lugar en el marco de un procedimiento de salvaguardia en caso de que la empresa se encuentre en estado de suspensión de pagos. Sin embargo, puede tener lugar antes de que se abra un procedimiento colectivo, bien cuando se haya decidido el traspaso de la totalidad o parte de las instalaciones y del personal en el marco de una operación de deslocalización o de un cambio de política comercial o industrial, o bien cuando los gestores de la empresa, conscientes de que la situación financiera puede desembocar en una liquidación, prefieran no esperar a verse obligados por los acreedores y opten por proceder a un traspaso amistoso a un comprador. En este caso, la transferencia se realiza de forma contractual sin intervención judicial.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2024 o antes, y el futuro de esta cuestión):

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Adquisición de empresas como concentración empresarial

Tiene lugar cuando una empresa compra parte del capital social de otra empresa, con la intención de dominarla total o parcialmente. Puede ser mediante la compraventa de sus acciones o participaciones sociales o bien mediante la compraventa de sus activos.

La adquisición o participación en empresas dará lugar a distintos niveles o grados de control según el porcentaje de capital social de la adquirida en su poder y según la manera en que se distribuyen el resto de títulos entre los demás accionistas: grandes paquetes de acciones en manos de muy pocos individuos o un gran número de acciones con escasa participación individual.

Fuente: Iberley

Recursos

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Notas

Véase También

  • Empresas Privadas
  • Empresas Asociadas
  • Empresas de Participacion Estatal
  • Precio de Transferencia a Empresas Vinculadas
  • Transmisión de Empresas
  • Grupo de Empresas
  • Ingreso Global de las Empresas
  • Adquisición de los Derechos
  • Oferta Pública de Adquisición
  • Sociedades Mercantiles
  • Empresa Conjunta
  • Capital social
  • Concentración empresarial
  • Participaciones sociales
  • Accionista
  • Oferta pública de adqusición de valores

Prevención (dificultades empresariales)
Redundancia
Fusión y escisión
Derecho laboral
Ganancia (cláusula de-)

Bibliografía

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